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Ley del voto exterior no regula los periodos de campaña electoral

La votación por internet durará 30 días y comenzará un mes antes de elección. En ese mes, los compatriotas en el exterior van a seguir recibiendo propaganda, por lo que no se cumplirá el silencio electoral.

Por Milton Rodríguez | Nov 17, 2022- 21:59

Algunos expertos han considerado que tapizar diversos puntos del país con afiches de la DOM que coinciden con los colores de Nuevas Ideas es campaña anticipada. Foto EDH / Archivo

Según expertos en derecho electoral, la Ley de Voto en el Exterior tiene múltiples deficiencias que ocasionarán complicaciones al Tribunal Supremo Electoral (TSE). Una de ella es que se afectará el periodo de la campaña para las elecciones y se romperá el silencio electoral (periodo inmediatamente anterior a las elecciones donde no se puede hacer campaña) para los salvadoreños en el exterior.

Esto se debe a que el oficialismo ha establecido que la votación remota por internet será continua y tendrá una duración de 30 días calendario, iniciando un mes antes del día establecido por el TSE y terminará el mismo día de la elección en el país.

Es decir que la diáspora tendrá un mes para ejercer el voto, tiempo en el que seguirá habiendo campaña. Para ellos, no habrá un periodo de silencio y reflexión electoral, como sí lo hay para el resto de electores los últimos tres días antes de los comicios.

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El sufragio electrónico presencial para la diáspora cuyo domicilio sigue en El Salvador iniciará a las 7:00 a. m. y finalizará a las 5:00 p. m. del día que determine el TSE.

La ley del voto exterior que inició su vigencia el 16 de noviembre mes define que la votación para la diáspora con domicilio aún en El Salvador será electrónica presencial en consulados y otros centros de votación. Para quienes dirección en el exterior, el voto será por internet.

“Es una ley con muchas deficiencias”

Expertos en temas electorales advierten que esto ocasionará conflictos en relación al periodo permitido para hacer campaña.

Ruth Eleonora López señala que la ley que se ha aprobado tiene “muchas deficiencias” y que justamente una de ellas se da relación a la “falta de coordinación de los tiempos” que ya están previstos en la normativa existente (Constitución de la República y Código Electoral).

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“Esto provocará un problema para el TSE que debe de procurar un proceso electoral con equidad en la contienda que es un elemento necesario para hablar de un proceso electoral democrático”, enfatizó.

Añadió: “Hay que agregar que además de la incongruencia que existe en cuanto a los tiempos de la propaganda electoral que debe ser resuelto de alguna forma, también existe una contradicción con las prácticas que normalmente se dan en voto desde el exterior o en el extranjero”.

La experta explicó que lo normal, por las características de cada forma de votar, es que la votación presencial en el exterior tenga una duración más prolongada para permitir más tiempo a los electores, mientras que el voto electrónico al ser más accesible por su forma podría hacerse perfectamente el propio día de la elección.

“(Un día) es un tiempo suficiente para que los votantes puedan conectarse y ejercer su sufragio”, consideró al plantear que es injustificada técnicamente tal decisión.

“Incompetencia y desconocimiento”

Sofía Vaquerano, quien pertenece a la Junta de Vigilancia Electoral, coincide con López y añade que hubo “incompetencia y desconocimiento” al crear la ley.

Además, explicó que el Código Electoral es claro en cuanto al periodo de campaña habilitado: este establece cuatro meses para la presidencial, del 03 de octubre 2023 al 31 de enero 2024 y dos meses para Asamblea Legislativa del 03 de diciembre 2023 al 31 de enero 2024. Estas son las dos elecciones que se realizarán en el exterior.

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“Es importante reiterar que no se hubiera cometido este tipo de errores en la ley si esta hubiese sido creada por gente con conocimiento y experticia en temas electorales”, apuntó y lamentó aún más que el TSE no se pronunciara sobre este tipo de errores de fondo que, dice, “perjudican el proceso electoral y demuestran realmente la condición actual de ese Organismo”.

“Es un problema que tendrán que resolver los Magistrados del Tribunal, pues habrá un conflicto sobre el periodo en el que en el exterior no podrá hacerse campaña e internamente sí, siendo esto en contra de la ley y sabiendo que toda la comunicación y propaganda al interior del país tiene efectos a nivel del exterior, y por supuesto que bajo esa premisa romperá el silencio electoral”.

Sofía Vaquerano, experta en elecciones

Un experto, que prefirió hablar bajo condición de anonimato, planteó que “tal como está la ley se entendería que, al no haber nada estipulado que lo prohiba, los votantes por Internet votarán bajo dos campañas que les atañe desarrollándose: la de presidente (desde 4 meses antes de la elección) y la de diputados (2 meses previos)”, expuso.

Entonces, para ellos no existiría el silencio electoral que se da desde tres días antes y el día de la elección, explicó la fuente, aunque explicó que eso es así donde sea que hay voto anticipado.

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Carlos Araujo, experto en materia electoral, declaró que esto sigue sin regularse en esta nueva ley y que lo ideal hubiera sido que se habilitara el voto por internet a todas los salvadoreños que residen en el extranjero pero por un periodo más corto.

“Yo no le veo mucho sentido a que si vas a votar por internet te estén dando 30 días de plazo, yo no lo hubiera hecho así porque abrir un sistema electrónico de votación durante tanto tiempo es sujeto de hackeo o da menos garantías”, manifestó.

Por su parte, el director ejecutivo de Acción Ciudadana, Eduardo Escobar, apuntó que con tal normativa se podría afectar el silencio electoral.

“En ese mes, los compatriotas en el exterior van a seguir recibiendo propaganda y la Constitución y el Código Electoral plantean que tres días antes de las elecciones ya debe de haber silencio electoral, pero eso no lo van a tener los compatriotas en el exterior”, concluyó Escobar.

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