Exportar café será más rápido, estos son los nuevos tiempos
La Asamblea Legislativa aprobó cambios a la ley del café que reducen plazos de exportación y modifican requisitos en la cadena productiva.
Por
Juan Martínez
Publicado el 15 de abril de 2026
La Asamblea Legislativa aprobó reformas a la Ley Especial del Café que modifican plazos y requisitos para la exportación del grano. Entre los cambios, se reduce de cinco a tres días el tiempo para emitir permisos de exportación y se amplía a 10 días el plazo para reportar contratos al Instituto Salvadoreño del Café. También se establece una vigencia de 60 días para los permisos. La reforma incluye nuevas obligaciones para actores de la cadena productiva y la incorporación de infracciones. Los cambios retoman una propuesta previamente avalada en comisión y forman parte del proceso legislativo para actualizar la normativa vigente.
La Asamblea Legislativa aprobó, con 57 votos, reformas a la Ley Especial para la Comercialización, Registro y Protección de la Propiedad del Café, que modifican plazos y requisitos vinculados a la exportación del grano.
Los cambios retoman una propuesta que previamente había sido avalada en la Comisión de Salud, Agricultura y Medio Ambiente y que planteaba ajustes en los tiempos de permisos y reportes dentro de la cadena productiva.
Entre las modificaciones, se reduce el plazo para la emisión de permisos de exportación. Según el nuevo esquema, estos deberán otorgarse en un máximo de tres días, cuando anteriormente el tiempo podía extenderse hasta cinco días hábiles tras la firma del contrato.

Cambios en plazos y permisos
Además de la reducción en el tiempo de emisión de permisos, la reforma establece nuevos plazos para otros procesos.
Los exportadores tendrán ahora 10 días hábiles para informar al Instituto Salvadoreño del Café (ISC) sobre los contratos de venta al exterior, en lugar de los tres días que se exigían anteriormente.
También se fija una vigencia de 60 días hábiles para los permisos de exportación, con la posibilidad de renovación.
Nuevas obligaciones en la cadena del café
Las reformas incorporan cambios para distintos actores del sector cafetalero.
Entre ellos, los semilleristas y viveristas deberán registrarse ante el ISC, ya que no estaban incluidos en la normativa aprobada en marzo de 2024.
Asimismo, beneficiadores, pergamineros, intermediarios y exportadores tendrán la obligación de informar sobre los ingresos de café de terceros destinados a procesamiento como parte de servicios contratados.

Incorporación de nuevas infracciones
La normativa también añade nuevas clasificaciones de faltas.
Se considerará como falta grave realizar actividades de procesamiento de café en diferentes estados sin estar acreditado ante el ISC.
Además, se catalogará como falta muy grave la compra o venta de café cuando se realice con registros vencidos.
Parte del proceso legislativo
La aprobación en el pleno da continuidad al proceso iniciado en comisión, donde se planteó que los cambios buscaban actualizar artículos considerados desfasados y ajustar los procedimientos de comercialización del café.
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