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APLAN multará por publicidad no autorizada en Centro Histórico de San Salvador

A través de un acuerdo de la Junta Directiva se establecieron los tipos de infracciones y las sanciones monetarias a aplicar, que van desde $365 hasta $5,840

Por Susana Peñate | Nov 11, 2023- 14:49

La Calle Rubén Darío está dentro de la zona delimitada de la APLAN. Foto EDH/ Menly González

La Autoridad del Centro Histórico de San Salvador (APLAN) aprobó por medio de los “Lineamientos de rótulos y elementos publicitarios” sanciones monetarias que van desde $365 hasta un máximo de $5,840, sin previa aprobación legislativa, para quienes infrinjan las disposiciones técnicas en cuanto a la colocación de rótulos.

La junta directiva de la APLAN emitió el acuerdo el 18 de octubre de 2023 y fue publicado en la edición del 31 de octubre de 2023 del Diario Oficial, para una vigencia de cinco años.

Estos incluyen las disposiciones técnicas, el procedimiento a seguir y las sanciones, que van de uno ($365) a seis ($2,190) salarios mínimos del sector comercio por cometer infracciones calificadas como leves: Por no contar con el visto bueno para la publicidad proyectada en elementos publicitarios en espacios públicos, o por mantener instalado un rótulo temporal después de la vigencia de su permiso.

Luego, se sancionará de siete ($2,555) a 12 ($4,380) salarios mínimos del sector comercio por cometer infracciones consideradas como graves: Instalar elementos publicitarios diferentes a los solicitados y aprobados por la Autoridad; y por no renovar el permiso correspondiente a los elementos publicitarios instalados.

Y se impondrán sanciones entre 12 ($4,380) y 16 ($5,840) salarios mínimos del sector comercios a quienes cometan infracciones clasificadas como muy graves: Colocar elementos publicitarios en áreas no autorizadas o sin el permiso emitido por la Autoridad, por no retirar el elemento publicitario instalado ilegalmente, por falta de mantenimiento regular del elemento publicitario y si la colocación o el mantenimiento de este daña la propiedad pública o privada, o viola normas de seguridad.

Los lineamientos de la APLAN con la clasificación de infracciones se publicaron en el Diario Oficial el 31 de octubre de 2023.

La APLAN se creó con la ley que fue aprobada el 30 de marzo de 2023 como la entidad responsable de calificar, aprobar y supervisar los proyectos y obras de rehabilitación, restauración, mantenimiento y desarrollo económico-social y urbano del Centro Histórico de San Salvador.

El artículo 36 de la Ley establece que el régimen sancionatorio en relación a las infracciones y sanciones "será conforme a la Ley de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Área Metropolitana de San Salvador y de los Municipios Aledaños", teniendo la competencia sancionatoria para el área delimitada del Centro Histórico capitalino.

Pero en el considerando quinto del acuerdo de la Autoridad se argumenta que según el artículo 40 de la Ley de Creación de la APLAN, “la Autoridad tiene facultad normativa en materias de su competencia”.

Dicho artículo dice que se faculta al Presidente Ejecutivo de la Autoridad a “proponer a la Junta Directiva para su aprobación, la normativa correspondiente en cuanto a organizar, coordinar y evaluar la ejecución de las actividades relacionadas con el Centro Histórico” en materia de Desarrollo Urbano y Vivienda; Desarrollo Económico, Medio Ambiente, Desarrollo Social, Transportes y Vialidad, Turismo, Cultura y Seguridad.

Disposiciones de rótulos

De acuerdo al objetivo de los lineamientos, lo que se busca es “equilibrar los diversos intereses”, tanto públicos como privados, los que incluyen la necesidad de instalar rótulos para identificar lugares dedicados a actividades económicas, sociales y de servicios. “Así como el interés de la Autoridad en promover la seguridad pública, mantener ambientes agradables, salvaguardar y preservar el valor patrimonial y cultural del área”, de acuerdo al artículo uno del acuerdo.

De ahí que se establece que para la sección A del Centro, que comprende el microcentro, la calle Rubén Darío e inmuebles con valor cultural, solo permitirán rótulos con materiales forjados en hierro, madera, metal o acero inoxidable. Se permitirá que los elementos tengan relieve que no exceda de cinco centímetros y no se permitirá rótulos luminosos, pero sí que tengan iluminación directa o indirecta.

También se establecen las dimensiones de los rótulos que estarán adosados a las fachadas de inmuebles comerciales, su colocación y ubicación. En el caso de los colores, se permitirá el color natural del hierro forjado o negro, si utiliza letras los colores aprobados son las paletas Blanco B5W57, Blanco Dover B5WSA10 y Blanco Hueso B5WSA7.

Cabe destacar que no se permitirá que el rótulo tenga propaganda o anuncio publicitarios, ni detalles de productos o servicios ofrecidos, entre otras prohibiciones. Además, se establecen las tarifas específicas para los trámites relacionados con la publicidad.

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