CAM sanciona a comerciante por tirar basura en lugar no autorizado ¿de cuánto es la multa?
La Ordenanza para la Convivencia Ciudadana de San Salvador Centro contempla sanciones más altas cuando las infracciones se cometen cerca de centros educativos, centros de salud, carreteras o alcantarillas.
Por
Kelly Hernández
Publicado el 20 de mayo de 2026
Agentes del Cuerpo de Agentes Metropolitanos (CAM) de San Salvador atendieron una denuncia ciudadana relacionada con la disposición de basura en lugares no autorizados sobre la calle San Antonio Abad, en el reparto 2 de Abril. Durante la intervención, las autoridades advirtieron a un comerciante sobre el incumplimiento de la Ordenanza para la Convivencia Ciudadana de San Salvador Centro. La normativa municipal establece multas para quienes boten desechos en la vía pública y contempla sanciones más altas cuando las infracciones ocurren cerca de centros educativos, centros de salud, ríos, quebradas, alcantarillas o zonas protegidas, así como en casos que afecten el medio ambiente.
El Cuerpo de Agentes Metropolitanos (CAM) de San Salvador atendió este 20 de mayo una denuncia ciudadana y advirtió a un comerciante por botar basura en lugares no autorizados sobre la calle San Antonio Abad, en el reparto 2 de Abril.
De acuerdo con Prensa San Salvador Centro, la intervención se realizó tras un reporte relacionado con la disposición de desechos en la zona.
Las autoridades señalaron que, en caso de incumplir la ordenanza, se impondrán sanciones al propietario del establecimiento con base en la Ordenanza para la Convivencia Ciudadana.
Multas por botar basura en lugares no autorizados
De acuerdo con el artículo 86 de la Ordenanza para la Convivencia Ciudadana de San Salvador Centro, las multas por botar basura o desperdicios en sitios no autorizados oscilan entre $51 y $900 para personas naturales.En el caso de personas jurídicas o instituciones, las sanciones económicas pueden variar entre $900 y $2,200, según lo establecido en la normativa municipal vigente.

La ordenanza también contempla sanciones más altas cuando las infracciones se cometen en lugares o condiciones específicas, entre ellas:
- Cerca de centros educativos
- Centros de salud
- Zonas protegidas o de patrimonio histórico
- Carreteras
- Alcantarillas
- Ríos
- Quebradas
- Si pone en riesgo el medio ambiente
- Afecte el funcionamiento del sistema de acueductos y alcantarillados
En estos casos, la multa puede alcanzar el equivalente a ocho salarios mínimos del sector comercio, es decir, $3,270.40, independientemente de que la infracción sea cometida por una persona natural, jurídica o una institución pública.

