¿Se tiene que pedir permiso para talar un árbol?
Talar un árbol sin permiso en San Salvador Centro puede costar hasta $1,000 por ejemplar. La ordenanza municipal define cuándo aplica la tala autorizada.
Por
Kelly Hernandez
Publicado el 14 de mayo de 2026
La alcaldía de San Salvador Centro regula mediante ordenanza los casos en los que puede autorizarse la poda o tala de árboles en espacios públicos y privados. La normativa establece que los trabajos deben contar con permiso municipal previo y define criterios relacionados con riesgos a personas, daños a infraestructura, enfermedades en los árboles y proyectos urbanísticos. Además, contempla multas por tala no autorizada que van desde dos hasta ocho salarios mínimos por cada ejemplar afectado, dependiendo de la gravedad de la infracción. La regulación también obliga a compensaciones ambientales y reforestación cuando se autoriza o ejecuta la tala de especies arbóreas dentro del municipio.
La Ordenanza Reguladora para la Protección del Patrimonio Arbóreo establece que la tala de árboles y arbustos ubicados en espacios privados solo podrá realizarse con un permiso municipal previamente autorizado y debidamente motivado.
Entre los criterios establecidos en el articulo 15 se encuentran:
- Cuando el árbol padezca una enfermedad fatal que pueda afectar a otros ejemplares arbóreos.
- Cuando sus raíces o follaje ocasionen daño en los servicios públicos o privados de determinada infraestructura urbana, instalaciones aéreas y del subsuelo o lugar habitado.
- Cuando levante el nivel de la acera, calle o alguna porción de inmueble que contenga construcción mixta.
- Cuando sean nocivas para otras especies o ejemplares a su alrededor y que se encuentre clasificada como no permitida para la siembra en ese lugar.

Riesgo para personas o infraestructura
La normativa municipal de San Salvador Centro también señala que la tala podrá autorizarse cuando el árbol represente un peligro inminente para peatones, automovilistas o infraestructura pública y privada.
Otro de los escenarios permitidos con previa autorización incluye para proyectos urbanos o viales de carácter municipal o nacional, siempre que cumplan con todos los requisitos técnicos y legales establecidos por la alcaldía. En estos casos, los proyectos deben seguir los procedimientos definidos dentro de la ordenanza para obtener los permisos correspondientes.
Otro de los escenarios incluidos son los proyectos enmarcados dentro de un Microplán de Ordenamiento Territorial. La regulación señala que deberá detallarse el tratamiento o la compensación ambiental correspondiente, la cual no podrá ser menor a lo establecido en la misma ordenanza.
Tala en espacios públicos
La normativa municipal señala además que, cuando se trate de árboles ubicados en espacios públicos y se pretendan desarrollar proyectos constructivos, urbanísticos o de interés privado, será obligatorio tramitar el permiso correspondiente y cancelar la tasa establecida según el tipo de madera respectivo.
Con estas disposiciones, la ordenanza regula los casos específicos en los que puede autorizarse la tala de árboles dentro del distrito de San Salvador Centro y establece procedimientos obligatorios tanto para particulares como para proyectos públicos y privados.
Multas establecidas
La disposición advierte que podrá imponerse una multa por cada ejemplar arbóreo cuando la tala sea realizada por particulares sin autorización municipal.
El artículo 33 de la ordenanza clasifica como infracción leve la tala no autorizada de arbustos o arecáceas. Por este tipo de falta, el artículo 33-A establece una sanción de dos salarios mínimos vigentes del sector comercio y servicios, equivalente a $817.60 por ejemplar.

Por su parte, la ordenanza considera como infracción grave efectuar tala no autorizada en espacios públicos o privados de uno o varios árboles de madera dura o blanda. En estos casos, la sanción establecida es de cuatro salarios mínimos mensuales vigentes del sector comercio y servicios por cada ejemplar arbóreo afectado, equivalente actualmente a $1,635.20.
