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La nueva Ley de Navegación, retroceso en relación con la tendencia mundial

Creo que ha sido un error nombrar a la Fuerza Naval como Autoridad Portuaria. Lo portuario, a raíz del crecimiento del comercio mundial, la concentración de las líneas navieras y modernización de las empresas portuarias tradicionalmente estatales, se ha convertido en un área que requiere tener conocimientos multidisciplinarios para luego aprender a regularlos

Por Valentín Gutiérrez Arias
Ingeniero

El 14 de marzo escribí un artículo de opinión sobre la Autoridad Marítimo Portuaria (AMP), en el que señalaba que los asuntos relacionados con el transporte marítimo y la actividad portuaria deben ser considerados como prioritarios y estratégicos por el Estado salvadoreño. También señalaba que se observa un mal desempeño de los órganos de dirección de esa institución y la falta de idoneidad de sus miembros.


Ignoraba que el 1º de marzo el Sr. ministro de Defensa había presentado ante la Asamblea Legislativa un proyecto de Decreto que contiene la LEY DE NAVEGACION, el cual recibió el dictamen favorable de la comisión de Defensa y como era de esperar, fue automáticamente aprobado en la plenaria del pasado miércoles 22 de marzo mediante el Decreto Legislativo No. 691. El referido decreto establece en los artículos 224 y 226, que se declara en proceso de disolución la AMP y que se deroga la Ley General Marítimo Portuaria (LGMP) respectivamente; lo cual considero un verdadero retroceso con relación a la promulgación de políticas para modernizar este tipo de entidades y de dar participación a agentes no gubernamentales. que se está impulsando a nivel mundial.

La LGMP es un cuerpo legal moderno, que legisla sobre la mayoría de asuntos relevantes de la actividad marítimo portuaria y dio origen al nacimiento de una entidad reguladora medianamente independiente de los gobiernos de turno, la AMP, una institución colegiada con la participación por mandato de ley del sector no gubernamental relacionado con la temática y las facultades de ingeniería de las universidades legalmente acreditadas en el país. Hasta los primeros 17 años de operación la AMP capacitó y desarrolló recurso humano en los diferentes temas de lo marítimo y lo portuario y los concejos directivos estuvieron participados por representantes con experiencias y currículos acordes a los requerimientos de ley. El deterioro relevante de la entidad inicio con la actual administración al nombrar en los cargos de dirección a personas que no cumplen los requisitos establecidos.


A pesar de que ese deterioro institucional demandaba un giro de timón importante por parte del Estado, la entrada en vigencia de la Ley de Navegación creo que no resuelve la problemática, tanto por su contenido como por la entidad a la cual le han concedido la autoridad, la Fuerza Naval (FN).

La FN es una rama de las Fuerzas Armadas que cumple con importantes funciones de resguardar el mar territorial y creo que lo hace de una buena manera. Todavía recuerdo cuando las capitanías de puerto, una dependencia de la FN, ejercían las labores de recibo y despacho de buques, la mayoría de las veces con representantes que no tenían ninguna preparación y conocimiento de los procedimientos, lo que cambio sustancialmente con la AMP. A nivel mundial la mayoría de países han relevado como autoridades marítimas a las Fuerzas Navales, por considerar sus funciones más apegadas a temas de comercio mundial, marina mercante, conservación del medio ambiente y de resguardo de los intereses en los mares territoriales, que a ejercer fuerza y presencia militar. Solamente algunos países de la región como México y Argentina, mantienen como Autoridades Marítimas a instituciones ligadas a Fuerzas Armadas como la Armada y Prefectura Naval, respectivamente. De manera que nombrar a la FN como autoridad marítima creo que representa un verdadero retroceso.


También creo que ha sido un error nombrar a la Fuerza Naval como Autoridad Portuaria. Lo portuario, a raíz del crecimiento del comercio mundial, la concentración de las líneas navieras y modernización de las empresas portuarias tradicionalmente estatales, se ha convertido en un área que requiere tener conocimientos multidisciplinarios para luego aprender a regularlos: Comercio Exterior y sus regímenes, gestión operativa, costeo de servicios, concesiones, tarifas, mercadeo, legislación portuaria, competencia/competitividad, etc. De manera que la curva de aprendizaje de la nueva autoridad tomara años, mientras que la Gerencia Portuaria de la actual AMP todavía mantiene elementos muy bien capacitados, que han logrado sobrevivir a los despidos de los anteriores gobiernos y el actual.

Para finalizar, creo que, en lugar de crear nueva legislación, debieron dejar vigente la LGMP y aplicarla fielmente en lo relativo a los requerimientos a cumplir por los funcionarios que ocupan los cargos de miembros del Consejo Directivo y director ejecutivo y debieron garantizar estabilidad laboral a las gerencias y técnicos de la AMP independientemente del cambio de gobierno.


Con estas recomendaciones hubiéramos mantenido como país una legislación amplia y moderna y hubiéramos enviado un claro mensaje de seguridad jurídica.


¡¡Lamentablemente se hizo lo contrario!!

Ingeniero/Máster en Gestión Portuaria /Universidad Pontificia Comillas de Madrid, España

KEYWORDS

Fuerza Naval Opinión Puertos

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