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Posibles rechazos para los refugiados salvadoreños

Ahora el gobierno mantiene un discurso sistemático, estructurado y con alta difusión internacional para sostener que ha desarticulado a las pandillas. Eso supone reconocer que el Estado salvadoreño ahora sí puede proteger a los ciudadanos de la violencia de esos grupos. Por eso, es probable que uno de los efectos que esto provoque (o ya este causando) es la revisión de las calificaciones de refugiado que previamente se otorgaron a salvadoreños bajo el motivo de violencia de pandillas, o el rechazo de las aplicaciones que estén en curso.

Por Daniel Olmedo |

Las autoridades salvadoreñas defienden un cambio en la seguridad del país. Una fórmula que el discurso oficial suele repetir es que El Salvador ahora es “el país más seguro del hemisferio después de Canadá”.

El Global Organized Crime Index –de Global Initiative– contiene un índice de criminalidad. En 2023 El Salvador obtuvo una calificación de 5.92. Entre otros países del hemisferio que obtuvieron mejor calificación están Nicaragua (5.7), Estados Unidos (5.7), Costa Rica (5.5) y Argentina (5.0).

En todo caso, el hecho es que el gobierno divulga intensamente a nivel internacional que en El Salvador existe una mejora significativa en la seguridad, y que es resultado de la desarticulación de las pandillas. El propósito de estas líneas es señalar el posible impacto que ese discurso oficial puede provocar para los refugiados salvadoreños.

El refugio es la protección que otorga un Estado a un extranjero que tiene fundados temores de ser perseguido por determinados motivos, y que no puede ser protegido en su país de origen. El refugio no es una vía de emigración, sino un mecanismo de protección. Por eso la existencia de ese riesgo individual para el beneficiado es condición indispensable para que se otorgue y permanezca el estatus de refugiado. Cuando las condiciones de riesgo han desaparecido, corresponde entonces la terminación del estatus de refugiado.

La Immigration and National Act de los EE.UU. dice en el Artículo 1158: “El asilo otorgado bajo la subsección (b) no otorga el derecho a estar permanentemente en los Estados Unidos, y debe terminarse si el Fiscal General determina que: A) El extranjero no reúne más las condiciones descritas en la subsección (b) (1) debido a un cambio fundamental en las circunstancias”.

En la Unión Europea ,el Artículo 11.1 de la Directiva 2011/95 dice: “Los nacionales de terceros países y los apátridas dejarán de ser refugiados en caso de que: e) ya no puedan continuar negándose a acogerse a la protección del país de su nacionalidad por haber desaparecido las circunstancias en virtud de las cuales fueron reconocidos como refugiados”.

Disposiciones similares existen respecto a quienes mantienen sus solicitudes en trámite. Si desaparecen las circunstancias que invocaron como causa de riesgo de persecución, entonces corresponderá rechazar la aplicación.

La huida de centroamericanos de sus países de origen puede tener muchas razones. En varios casos el motivo es la inseguridad. Y aunque es sumamente difícil que esta causa se reconozca para otorgar la protección internacional, es la que se invoca por muchos para solicitarla a Estados extranjeros.

En el caso Crespin-Valladares v. Holder la Board of Immigration Appeals (BIA) aseveró que el aplicante (que invocaba persecución por la MS-13) podía ser protegido por el Estado salvadoreño y que entonces debía negarse su solicitud de protección en los EE.UU. La autoridad se basaba en reportes del Departamento de Estado que señalaba los esfuezos del gobierno en luchar contra la violencia de las pandillas. La corte de apelaciones rechazó el argumento de la BIA porque consideró que “se ha demostrado que los intentos del gobierno de El Salvador en controlar a las pandillas han sido insuficientes”. Eso fue en 2015.

Ahora el gobierno mantiene un discurso sistemático, estructurado y con alta difusión internacional para sostener que ha desarticulado a las pandillas. Eso supone reconocer que el Estado salvadoreño ahora sí puede proteger a los ciudadanos de la violencia de esos grupos. Por eso, es probable que uno de los efectos que esto provoque (o ya este causando) es la revisión de las calificaciones de refugiado que previamente se otorgaron a salvadoreños bajo el motivo de violencia de pandillas, o el rechazo de las aplicaciones que estén en curso.

Abogado.

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