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Las penas dependen del delito establecido tras investigar cada accidente. Foto de Archivo

Nuevas penas por conducción peligrosa no avanzan en la Asamblea, ¿qué está pasando?

Las reformas para endurecer las penas por conducción peligrosa siguen pendientes en la Asamblea. Conocé qué sanciones y controles se proponen.

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Resumen del artículo:

La Asamblea Legislativa mantiene pendiente la aprobación de tres reformas relacionadas con la conducción peligrosa en El Salvador. Las propuestas, dictaminadas favorablemente el 20 de octubre de 2026, contemplan aumentar las sanciones cuando ocurran lesiones o muertes, restringir la conciliación en determinados procesos penales y ampliar los controles sobre vehículos de transporte colectivo y de carga. Aunque las iniciativas cuentan con dictámenes favorables, no han sido incorporadas en las agendas de las últimas tres sesiones plenarias, por lo que las nuevas disposiciones todavía no entran en vigor.

La propuesta del Ejecutivo para endurecer las penas por el delito de conducción peligrosa continúa sin avanzar en la Asamblea Legislativa de El Salvador, luego de que las reformas no fueran incluidas en las agendas de las últimas tres sesiones plenarias. La iniciativa busca modificar las sanciones penales aplicables a quienes cometan este delito, pero todavía no cuenta con aprobación legislativa.

La ausencia del proyecto en las agendas significa que las modificaciones propuestas aún no han sido sometidas a votación durante esas sesiones. Por tanto, las penas contempladas en la legislación vigente continúan siendo las aplicables.

Aunque la iniciativa plantea un endurecimiento de las sanciones, su falta de inclusión en las sesiones plenarias no equivale, por sí sola, a un rechazo definitivo. Para establecer su situación legislativa es necesario conocer el estado del expediente y las decisiones adoptadas por la comisión correspondiente.

Para los conductores, la diferencia es importante: una reforma presentada ante la Asamblea no modifica automáticamente las penas. Los cambios deben completar el procedimiento legislativo correspondiente antes de entrar en vigor.

Comisión de Seguridad Nacional y Justicia emitió tres dictámenes favorables para reformar el Código
Comisión de Seguridad Nacional y Justicia emitió tres dictámenes favorables para reformar el Código

¿Qué cambios contempla la propuesta?

El 20 de octubre de 2026, la Comisión de Seguridad Nacional y Justicia emitió tres dictámenes favorables para reformar el Código Penal, el Código Procesal Penal y la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, según informó oficialmente la Asamblea Legislativa.

Uno de los cambios propuestos consiste en ampliar las conductas consideradas conducción peligrosa, incluyendo manejar con cualquier concentración de alcohol en la sangre o el aire espirado y conducir vehículos de transporte colectivo o de carga sin la licencia correspondiente.

La iniciativa también contempla penas de hasta 10 años de prisión cuando la conducción peligrosa ocasione lesiones culposas u homicidio culposo con vehículos particulares. En el caso del transporte colectivo o de carga, las sanciones podrían alcanzar los 15 años, de acuerdo con las circunstancias establecidas en la propuesta.

Otra modificación permitiría sancionar con penas de cinco a 10 años de cárcel a quienes faciliten vehículos de transporte colectivo o de carga, de ocho toneladas o más en el caso de estos últimos, a personas que no cuenten con la documentación requerida para conducirlos.

2,311 personas detenidas por conducción peligrosa en 2024, de acuerdo al Observatorio Nacional de Seguridad Vial. Foto Archivo / VMT

¿Qué pasaría con los accidentes que dejan víctimas?

El paquete de reformas también plantea modificaciones en los procedimientos judiciales relacionados con accidentes de tránsito que ocasionen lesiones o fallecimientos.

Una de las propuestas permitiría que la Fiscalía General de la República inicie la persecución penal por lesiones culposas ocasionadas mediante la conducción de un vehículo, sin necesidad de que la víctima presente una solicitud para proceder.

Además, se busca impedir la conciliación y la mediación en casos de homicidio culposo y lesiones culposas derivados de conducción peligrosa. Estas restricciones también alcanzarían determinados casos relacionados con la entrega de vehículos de transporte público o de carga a personas sin licencia adecuada.

Las disposiciones forman parte de los dictámenes favorables emitidos por la comisión legislativa. Sin embargo, su aplicación depende de que las reformas sean aprobadas y entren en vigor.

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Ley de Transporte Terrestre para endurecer las sanciones por conducción peligrosa. / Foto cortesía Cruz Verde

¿Qué otros controles podrían aplicarse a los vehículos?

Las reformas también contemplan ampliar las facultades de los inspectores y gestores del Viceministerio de Transporte (VMT) para intervenir ante determinadas irregularidades.

Entre las nuevas causas propuestas para retirar vehículos de circulación se encuentran los neumáticos desgastados y las luces defectuosas que comprometan la seguridad vial, específicamente en unidades del transporte colectivo y vehículos de carga de ocho toneladas o más.

También se incluyen situaciones relacionadas con placas falsas o ajenas, modificaciones no autorizadas en vehículos de carga y el transporte de materiales peligrosos sin cumplir los requisitos correspondientes.

La propuesta permitiría, además, que el VMT habilite y administre instalaciones propias para efectuar revisiones técnicas vehiculares, un servicio por el que los usuarios tendrían que pagar.

Conducción peligrosa dejó más personas detenidas, según balance preliminar de Protección Civil.

¿Qué deben tener en cuenta los conductores?

Mientras las nuevas disposiciones continúen pendientes de aprobación, los conductores deben cumplir las prohibiciones y sanciones que ya establece la legislación salvadoreña.

El artículo 147-E del Código Penal regula el delito de conducción peligrosa, que incluye conductas como disputar la vía, realizar competencias de velocidad no autorizadas y manejar bajo los efectos del alcohol o las drogas.

La Asamblea Legislativa informó que las reformas aprobadas en diciembre de 2024 establecieron penas de dos a cinco años de prisión para la conducción peligrosa en vehículos particulares y de cinco a 10 años para el transporte colectivo o de carga. Estas sanciones son distintas de los incrementos adicionales planteados en octubre de 2026.

Por ahora, los tres dictámenes favorables emitidos el 20 de octubre constituyen el avance legislativo documentado en las fuentes oficiales consultadas. No se identificó en ellas una fecha confirmada para la votación del nuevo paquete de reformas.

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