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Fotomultas serán notificadas al correo del dueño del carro

A la hora de refrendar la tarjeta de circulación se deberá facilitar una dirección de correo electrónico para tal fin. El conductor multado tendrá derecho a defensa, pero la autoridad mandará foto o video como prueba de la transgresión

Por Enrique Miranda | Ago 28, 2022- 21:50

Motociclista. Foto EDH / Archivo

Entre las novedades que tiene la nueva Ley de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial es la multa a los infractores impuesta a través de cámaras de videovigilancia que, cuando detecten una infracción, tomarán foto o video de la transgresión.

Con esa prueba, las nuevas autoridades de tránsito podrán imponer la multa a la placa del automotor, la cual le será notificada a través de un correo electrónico que el propietario del automotor estará obligado a brindar a la autoridad competente.

“La Unidad de Procedimientos Legales Tránsito, Transporte y Carga tramitará la infracción registrada, tras cerciorarse que la prueba se obtuvo en apego a la presente Ley, en cumplimiento del debido procedimiento administrativo, garantizando el derecho de defensa. Los equipos de registro de infracciones de los sistemas de seguridad podrán consistir en fotografías u otras formas de reproducción de la imagen y el sonido, tales como: cámaras de video vigilancia, radares fijos o móviles”, determina el artículo 198 de la ley en manos de los diputados.

Sin embargo, la normativa establece un rango mediante el cual se podrá hacer la foto o el video de la infracción cometida, por ejemplo, saltarse un semáforo en rojo.

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“Para constatar las infracciones podrán además utilizarse equipos de registro y detección de infracciones por medio de sistemas de controles automatizados, dichos sistemas deberán ubicarse en las vías públicas que determine la Dirección General de Tránsito, las cuales únicamente podrán señalar las infracciones que se encuentren entre el rango de no menos de sesenta metros de antelación y no más de ciento cincuenta metros de antelación”, especifica el mismo artículo.

Una vez constatada la infracción, las autoridades podrán emitir una esquela impersonal, con los datos de la placa del vehículo usado para cometer la infracción.

La nueva ley establece que el propietario del automotor será el encargado de pagar las infracciones que hayan sido impuestas por este sistema a menos que se logre individualizar la responsabilidad. Foto EDH /Archivo

“Se podrán confeccionar boletas impersonales mediante el sistema establecido en la presente ley, aun cuando el infractor no esté presente, las cuales deberán poseer el registro de la Placa del Vehículo, que sirvió de medio para cometer la infracción y demás datos en cada caso, según corresponda. La reproducción de las boletas, serán consideradas como copias de la reproducción original, debidamente certificadas por la Dirección General de Tránsito”, especifica el artículo 199.

Y acá entra el uso del correo electrónico. “El propietario de un vehículo está obligado, al momento de su matrícula, refrenda o tramite, a proporcionar una dirección de correo electrónico a fin de ser notificado con las citaciones que se detecten por medios electrónicos y/o tecnológicos. La misma obligación tendrán las personas que refrenden su Licencia de Conducir”, establece el mismo artículo.

Para efectos legales, cuando se inscriba un vehículo en el registro público se firmará una declaración jurada que establezca el correo de electrónico para recibir las notificaciones. De igual forma se procederá cuando se refrende la tarjeta de circulación si se trata de un auto ya registrado cuando se apruebe esta nueva ley y se ponga a funcionar el sistema de fotomultas.

La ley establece que el propietario del automotor será el encargado de pagar las infracciones que hayan sido impuestas por este sistema a menos que se logre individualizar la responsabilidad.

El dueño del automotor estará obligará a revisar mensualmente su correo electrónico para verificar la existencia de multas.

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A juicio del diputado Mauricio Linares, de ARENA, cuando se ponga en marcha este sistema al aprobar la nueva ley se debe primero dar suficiente tiempo para hacer una campaña de educación y que los conductores estén familiarizados con el procedimiento.

“Hay que hacer una campaña para trasladarle esto a la población, a nuestra gente. En Estados se usan mucho estas multas y funcionan, pero es parte de la misma educación vial”, dijo el legislador.

Ley vigente

La Ley de Tránsito vigente permite utilizar la tecnología para la imposición de fotomultas, pero su procedimiento no está desarrollado ni tampoco en el reglamento de tránsito vigente, como sí lo especifica esta ley que deberá ser discutida y aprobada por los diputados.

Foto EDH/Archivo

La idea del viceministro de Transporte (VMT), Saúl Castelar, es que el sistema de las “foto multas” comience a funcionar a finales de 2023.

El funcionario dijo que con ese mecanismo podrán colocar a un policía de tránsito en cada esquina las 24 horas del día, todos los días de la semana.

“Vamos a pasar por un periodo de medicina amarga, lo anticipo, que ya a partir del próximo año en aras de tener un espacio vial más seguro, sancionaremos a conductores de manera automática, recibirá la multa cada vez que hace un incumplimiento, llegará vía teléfono celular si tenemos sus datos”, afirmó Castelar en entrevista con TCS el pasado 3 de agosto de 2022 antes de que el anteproyecto se llevara la Asamblea Legislativa.

La actual ley será derogada cuando se apruebe esta nueva, pero en la ley no determina si el gobierno deberá crear un nuevo reglamento para aplicar estas disposiciones o bastará la misma ley para hacerlo.

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