Tras ordenar proceso civil contra Saca diputados oficialistas acuerdan perseguir delitos ya vencidos

El abogado Eduardo Escobar, de Acción Ciudadana, dice que no basta darle carácter de orden público a la ley para ser retroactiva; tiene un extra que la Constitución le puso para ser efectiva en materia penal y es que debe favorecer al reo.

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La comisión de Legislación de la Asamblea emitió dictamen favorable para reformar el Art. 32 del Código Procesal Penal. Foto: Twitter / @AsambleaSV

Por Eugenia Velásquez

2021-09-01 5:12:47

Los diputados de la bancada oficialista votaron por reformar el Art. 32 del Código Procesal Penal para que los delitos de corrupción no prescriban y, además, le dieron carácter de orden público para que éstos sean procesados penalmente de forma retroactiva.

Sin embargo, Eduardo Escobar, director de Acción Ciudadana, manifestó que no basta en darle carácter de orden público a la ley, ya que la Constitución expresa tácitamente que en materia penal la retroactividad debe ser favorable al reo.

Ayer, horas antes que los diputados oficialistas avalaron perseguir casos vencidos, el Juzgado Segundo de Instrucción de San Salvador ordenó a la Fiscalía seguir con el proceso civil en contra del expresidente Elías Antonio Saca, Juan Tennant Wright y Gerardo Antonio Kriete Balzareti, acusados de desvío de fondos provenientes de la cooperación de China Taiwán.

“De acuerdo a las pruebas ofertadas por @FGR_SV y a la resolución de la sede judicial, los imputados cometieron el delito de lavado de dinero y activos, ya que ellos tuvieron conocimiento que el dinero procedía del donativo realizado por Taiwán”, tuiteó la Fiscalía en su cuenta oficial.

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Con respecto a procesar los delitos de forma retroactiva, Escobar aclaró: “Hay un candado extra para aplicar retroactivamente la Ley Penal. La Constitución nos muestra que, si bien es de orden público lo penal, pero también debe de cumplir otros requisitos para ser retroactiva y es que tiene que favorecer al reo”.

Este seguro extra que el constituyente dejó en la ley primaria es para cuidar los derechos fundamentales de las personas, a su libertad individual y el resto de derechos a la vida, el patrimonio de las víctimas, explicó Escobar.

Humberto Sáenz, presidente de Acción Ciudadana, coincide con Escobar en que además de que no puede ser retroactiva porque no favorece al reo, no es la Asamblea la facultada para decir que una normativa es de orden público. Esa potestad es de la Corte Suprema de Justicia, señaló.

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Eduardo Escobar, director ejecutivo de Acción Ciudadana dice que no basta darle carácter de orden público a la ley para ser retroactiva. Fotos: Twitter / @AsambleaSV

“Yo vaticino que pueden haber algunas demandas de inconstitucionalidad con este decreto o incluso me atrevo a especular que los jueces no van a declarar aplicable esta reforma, porque los jueces tienen esa potestad”, aseveró Sáenz.

Las reformas que fueron leídas en la comisión dan cuenta que los delitos que no prescribirán son: tortura, actos de terrorismo, secuestro, genocidio, violación de las leyes o costumbres de guerra, desaparición forzada de personas, delitos cometidos en contra de la libertad sexual de menores o incapaz, peculado, peculado por culpa, cohecho propio, cohecho impropio, malversación de fondos, enriquecimiento ilícito, negociaciones ilícitas, cohecho activo, soborno transnacional, tráfico de influencias, concusión, exacción, entre otros.

Los diputados incorporaron un inciso cuarto en el Artículo 32 para que estos delitos se consideren de orden público debiendo aplicarse así a los procesos futuros independientemente de la fecha en que se hayan cometido los hechos.

“Los delitos de corrupción pueden considerarse delitos de lesa humanidad porque vulneran lo que establece la Constitución en los artículos 1 y 2 de los derechos fundamentales”, expresó la diputada Pineda.

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Antes de tomar la decisión, los diputados de ARENA, René Portillo Cuadra; y del FMLN; Dina Argueta, cuestionaron que el dictamen favorable que estaban por emitir tiene vicios de “ilegalidad”, dado que la convocatoria para la reunión de la comisión de Legislación fue enviada este mismo miércoles a los diputados a eso de las 11 de la mañana, sobrepasando la convocatoria oficial que hizo el presidente de la Asamblea, Ernesto Castro, de que la reunión de la Comisión sería el próximo lunes a las 2:30 de la tarde.

“La Presidencia de una comisión ordinaria solo puede convocar a una reunión de manera extraordinaria después de la fecha que ha sido convocada por el presidente de la Asamblea. Si el presidente convocó para el lunes se puede convocar ese mismo día o hasta el martes para una nueva convocatoria”, refutó Portillo Cuadra al tiempo que se levantó de la mesa de discusión.

“Está viciada de nulidad. No puedo usurpar funciones que el presidente (de la Asamblea) no ha otorgado a esta comisión, paso a retirarme y estaré en mi oficina laborando”, añadió.

Argueta por su parte explicó que no es la primera vez que la comisión hace lo mismo, argumentando que la convocatoria para la comisión se la hicieron llegar hasta las 10 y media de la mañana de este miércoles.

Los diputados de la Comisión de Legislación aprobaron el dictamen favorable por unanimidad. Foto: Cortesía / Asamblea Legislativa.

“El presidente convocó de manera oficial para el día lunes a las dos y media de la tarde ¿a qué convocatoria hacemos caso? ¿a la oficial del presidente de la Asamblea o a una que ha llegado a las 10 y media anunciando la reanudación de la comisión?”, preguntó Argueta.

Señaló que la Asamblea no está respetando los procesos internos y que a pesar que está a favor del combate a la corrupción optaba por levantarse también de la mesa debido a “serios vicios de inconstitucionalidad, no podemos ser parte de este proceso que no solo violenta la labor de la Asamblea, sino que la ley, el dictamen que salga aquí mismo de esta comisión carecerá de legalidad. Yo también paso a retirarse en ese sentido”, afirmó Argueta.

Al respecto, la Comisión de Legislación, presidida por la diputada Marcela Pineda, de Nuevas Ideas, tomó la decisión de sancionar administrativamente a Portillo Cuadra y a Argueta con descuento a sus salarios, de acuerdo al Artículo 19 del Reglamento Interno de la Asamblea, argumentó la parlamentaria.

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