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"Error legislativo" dejó vigente exoneración de impuestos a la gasolina

El pago del FEFE y del Cotrans habían sido vueltos a cargar desde enero, pero la prórroga a la ley que regula los abusos en el precio del combustible, develó que la suspensión terminaba el 30 de abril.

Por Eugenia Velásquez - Milton Rodríguez | Abr 27, 2023- 21:14

Los incrementos serán efectivos a partir de este martes 6 de febrero. Foto EDH/ Francisco Rubio

Desde enero hasta abril de 2023, estaba vigente en El Salvador la suspensión de dos impuestos que se cargan a cada galón de combustible; sin embargo, la población salvadoreña siguió pagándolos durante estos cuatro meses. Según expertos, esto sucedió por “un error” legislativo, debido al “desorden” existente entre los marcos regulatorios y la realidad, como producto de la incertidumbre jurídica ocasionada por el oficialismo.

En la plenaria del 26 de abril, la Asamblea aprobó ampliar hasta el 29 de julio del presente año, la “Ley especial Transitoria para Sancionar Infracciones a la Comercialización de Productos Derivados del Petróleo”, la cual, de acuerdo a las opiniones de diputados oficialistas, busca evitar abusos en el cobro de impuestos aplicado en la compra de la gasolina y el gas licuado.

Se trata del Decreto Legislativo número 311 que fue emitido el 13 de marzo de 2022, cuya vigencia se estableció por 90 días. Es por eso que el 7 de junio del año pasado se prorrogaron sus efectos hasta el 30 de abril de este año, pero hace dos días la Asamblea le dio 90 días más, hasta el 29 de julio.

Suspende pago de dos impuestos

Tal iniciativa fue aprobada con dispensa de trámite (sin estudio previo) y amplía la vigencia del control de precios de la gasolina y del gas licuado, pero también suspende a la población del pago de los impuestos COTRANS, que sirve para el subsidio de los transportistas y el FEFE, impuesto de guerra, por un total de $0.26 centavos en el costo de cada galón de combustible.

El artículo 2 del decreto prorrogado establece las obligaciones para las personas que se dediquen a las actividades de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo. En el literal “F” estipula que una de estas es: “excluir del precio de venta de los combustibles líquidos automotrices el cargo relativo a la ‘Cuenta Especial de Estabilización y Fomento Económico’, denominado FEFE (…) y la contribución especial para la Estabilización de las Tarifas del Servicio de Transporte Público de Pasajeros de tipo Colectivo y Masivo…”.

Esto último pasó desapercibido por los diputados de Nuevas Ideas, según reveló el jefe de fracción de ARENA, René Portillo Cuadra.

“Vienen los de Nuevas Ideas ahora (26 de abril) y dicen que se prorrogan los efectos del decreto del 13 de marzo de 2022, donde está la ley, sin darse cuenta que en esa ley había ese artículo que suspendía el FEFE y el COTRANS por 90 días. Ellos lo aprobaron sin darse cuenta de eso”, manifestó Portillo Cuadra a El Diario de Hoy.

De acuerdo al legislador de ARENA, esto es de nuevo un error de técnica legislativa, que a lo sumo tendrá que ser rectificado por la Presidencia cuando reciba el decreto legislativo.

Cabe recordar que no es la primera vez que esto sucede, pues hace unas semanas, los diputados oficialistas autorizaron hacer reformas electorales un año antes de la elección, tomando como base un decreto legislativo distinto al que contenía la prohibición.

Lea además: Combustibles vuelven a subir y superan hasta en $0.40 a los precios fijados durante el 2022

Ahora, con esta nueva ampliación del decreto 311, se ha develado que un nuevo error de “técnica legislativa” permite identificar que el yerro viene desde diciembre del año pasado, es decir, que durante los últimos cuatro meses de este año, pese a estar exentos tales impuestos, los salvadoreños pagaron $0.26 por cada galón de gasolina.

Este monto sale al sumar los $0.10 que se cargan por cada galón de gasolina en concepto de Contribución Especial para la Estabilización de las Tarifas del Servicio de Transporte Público de Pasajeros de Tipo Colectivo y Masivo (Cotrans), más los $0.16 centavos que se cargan para la Cuenta Especial de Estabilización y Fomento Económico (FEFE) o “impuesto de guerra”.

Al respecto, el abogado constitucionalista, Jonathan Sisco, explicó a El Diario de Hoy que “la Asamblea Legislativa tiene la costumbre de aprobar las leyes sin ninguna discusión” y que al analizar el decreto aprobado este miércoles es importante señalar que en junio de 2022 se aprobó una reforma a este.

Explicó que con tal enmienda se modificó el artículo 6 de la siguiente manera: “El presente Decreto es de orden público y entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial y sus efectos durarán hasta el treinta de abril del dos mil veintitrés”.

Los tributos no se debían pagar

El experto indicó que con esa reforma no queda dudas que el impuesto no se debía pagar y las autoridades debían ejercer vigilancia para evitar cobros ilegales de los tributos que fueron “suspendidos” o “excluidos del precio de venta”.

Ante esto, Sisco indicó que según los principios del Derecho Tributario, se debe poner tasa cero, para que en realidad tengan efecto las reformas, pues no hacer esto permite que los agentes económicos puedan incumplir la ley, si no se ejerce la fiscalización respectiva.

Además, manifestó que se debe garantizar que las reformas beneficien a la población en la adquisición de bienes o servicios. Dice que la Asamblea tenía que modificar temporalmente la tasa de los tributos o el monto tasarlo a $0.00, ya que de esta forma se garantiza que las empresas cumplan.

Por otra parte, el abogado consideró que cuando se realizan reformas “sin discusión”, las empresas, los empresarios y la población “no tienen el tiempo para conocer los cambios legales y esto dificulta que se puedan cumplir”. Por lo tanto, el especialista expresó que la Asamblea “debería actuar de forma transparente” y no someter a la población a inseguridad jurídica, “aunque tengan la buena intención, deben hacer bien las cosas”, recomendó.

Cambios legales “a la carrera”

Esto, según el jurista, para no afectar la actividad económica, ni el cumplimiento de los procedimientos y que esto pueda beneficiar a la población, porque al aprobar leyes y reformas a la carrera, no se garantiza que la ley se cumpla, si la población ni siquiera conoce los cambios legales efectuados en madrugones o a la carrera.

Por su parte, la economista Tatiana Marroquín opinó que quizá en este periodo (enero a abril 2023) se seguía aplicando en términos prácticos la exclusión al pago de estos impuestos, pero no tenía base legal. A juicio de la experta, “esto refleja un desorden entre los marcos legales y la realidad, y abona a la incertidumbre jurídica”.

El economista Rafael Lemus destacó que la finalidad del decreto es extender estas consideraciones sobre el FEFE y el Cotrans para que no se apliquen a la tarifa hasta finales de julio. “Eso tiene el efecto de que los precios de la gasolina se reducen $0.26 centavos, el caso del diesel solo sería $0.10 centavos”, expresó.

Explicó que ese impacto es importante debido a que ha estado subiendo el precio de la gasolina en las últimas quincenas, pero consideró que hubiese sido mejor “si se afecta de manera más importante” el diésel, porque ese es el más que se usa para toda la cadena de movilización de bienes.

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