¿Apartan parqueos con objetos? Multas y cómo denunciar
La ordenanza establece multas para quienes coloquen cualquier tipo de obstáculos o hagan de la vía pública o de los espacios públicos parqueos privados.
Apartar parqueos con objetos o convertir la vía pública en parqueo privado puede ser sancionado, de acuerdo con el artículo 50 de la Ordenanza para la Convivencia Ciudadana de San Salvador Centro. La disposición se refiere a quienes impidan o dificulten la libre circulación en la vía pública o en espacios públicos.
La ordenanza establece multas para quienes coloquen cualquier tipo de obstáculos o hagan de la vía pública o de los espacios públicos parqueos privados. La norma también incluye las ciclovías dentro de los espacios donde no se debe impedir la circulación.
¿Qué pasa si alguien aparta parqueo con objetos?
El artículo 50 señala que será sancionado quien “impida o dificulte, la libre circulación en la vía pública o espacio público, incluidas las ciclovías de peatones, bicicletas, escúteres, vehículos u otros medios de transporte que promuevan la movilidad sostenible por cualquier causa”.
La misma disposición agrega que también se sancionará a quien “coloque cualquier tipo de obstáculos o haga de la vía pública o espacios públicos parqueos privados, incluidas las ciclovías”. En esos casos, la multa puede oscilar desde $51 hasta $900 de los Estados Unidos de América.

Multa también aplica por carga y descarga no autorizada
La Ordenanza para la Convivencia Ciudadana también contempla la misma sanción para quienes realicen carga y descarga de mercancías fuera de las horas y lugares autorizados para tal efecto.
La disposición establece que realizar carga y descarga fuera de esos parámetros será sancionado de la misma forma.
Comercio en aceras y obstáculos al paso
El artículo 50 también menciona casos relacionados con el comercio en el espacio público. La ordenanza indica que se procederá de la misma forma cuando personas no autorizadas para ejercer la actividad comercial tengan estructuras, bienes muebles o mercadería que impidan u obstaculicen el paso peatonal o vehicular.
La disposición también aplica a quienes, aun teniendo autorización para ejercer el comercio en el espacio público, excedan el espacio asignado y obstaculicen el libre paso peatonal o vehicular. En esos casos, la ordenanza establece que se impondrá la misma sanción contemplada en el artículo.

¿Cómo denunciar obstáculos en la vía pública?
Los ciudadanos también pueden reportar obstáculos que restrinjan el libre tránsito peatonal o vehicular en San Salvador Centro. De acuerdo con la información proporcionada, los afectados deben presentar una solicitud escrita con detalles del caso ante la unidad de denuncias de la alcaldía.
La solicitud debe incluir la dirección exacta donde se encuentra el obstáculo, quién lo instaló, si se conoce, y a quiénes afecta directamente. También se recomienda que, si existe una directiva comunitaria, sea esta la que presente la denuncia; si no hay organización formal, el documento debe estar firmado por la mayoría de personas afectadas.

Una vez recibida la solicitud, la Alcaldía de San Salvador Centro realiza una verificación en el lugar para constatar si el obstáculo cumple o no con la normativa. En caso de detectar incumplimientos, la municipalidad puede proceder con el retiro del obstáculo mediante las unidades correspondientes, en coordinación con el Cuerpo de Agentes Metropolitanos, CAM.
Además de la denuncia escrita, los ciudadanos pueden comunicarse al 2204-6800, número del CAM San Salvador, para reportes relacionados con obstaculización de calles, abandono de vehículos, cobros ilegales por parqueos y otros incumplimientos a las ordenanzas municipales.
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