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Retiran bidones usados para apartar parqueos en Flor Blanca: estas son las multas

Reservar áreas de uso común para vehículos particulares es una conducta incluida entre las infracciones contempladas por la Ordenanza para la Convivencia Ciudadana.

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Resumen del artículo:

Apartar espacios de estacionamiento en la vía pública puede derivar en sanciones económicas en San Salvador Centro. En la colonia Flor Blanca, personal del Cuerpo de Agentes Metropolitanos (CAM) retiró cuatro bidones plásticos que eran utilizados para reservar lugares para vehículos, tras una denuncia ciudadana, según informó Prensa San Salvador Centro. La Ordenanza para la Convivencia Ciudadana establece multas de entre $51 y $900 para quienes impidan o dificulten la libre circulación en calles, aceras y espacios públicos. La normativa también sanciona la colocación de obstáculos y el uso de espacios públicos como parqueos privados.

El Cuerpo de Agentes Metropolitanos (CAM) de San Salvador retiró cuatro bidones de plásticos utilizados para apartar espacios de estacionamiento en la colonia Flor Blanca, sobre la 12.ª Calle Poniente entre la 29.ª y la 35.ª Avenida Sur. La intervención se realizó tras una denuncia ciudadana.

Según informó Prensa San Salvador Centro, los objetos eran utilizados para reservar espacios de estacionamiento y obstruían el libre uso de la vía pública. El retiro fue efectuado durante una inspección realizada por personal del CAM en la zona.

¿Qué conductas pueden ser multadas?

De acuerdo con la Ordenanza para la Convivencia Ciudadana de San Salvador Centro, las personas que impidan o dificulten la libre circulación en calles, aceras y espacios públicos pueden recibir multas que van desde $51 hasta $900.

Agentes del CAM-bidones de plásticos
La ordenanza sanciona obstáculos que afecten libre circulación. / Foto: Prensa San Salvador Centro

La normativa también contempla sanciones para quienes conviertan espacios públicos en parqueos privados o coloquen obstáculos que afecten el paso peatonal y vehicular. Estas disposiciones están contenidas en el artículo 50 de la ordenanza municipal.

¿Quiénes pueden ser sancionados?

Según la ordenanza, la medida aplica para peatones, bicicletas, escúteres, vehículos y otros medios de transporte vinculados a la movilidad sostenible. El documento establece que será sancionada cualquier persona que, “sin estar amparado en un derecho o garantía constitucional”, impida o dificulte la libre circulación en la vía pública o en espacios públicos.

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La Ordenanza establece multas para quienes obstaculicen la libre circulación en calles, aceras, ciclovías y espacios públicos. / Foto IA

La disposición incluye las ciclovías y cualquier otro espacio destinado al tránsito. Además, el artículo contempla sanciones para quienes coloquen obstáculos en la vía pública o hagan uso de calles y espacios públicos como parqueos privados.

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La Ordenanza para la Convivencia Ciudadana de San Salvador Centro contempla sanciones para quienes utilicen calles y espacios públicos como parqueos privados. / Foto IA