Fallo
pendiente
Instalan audiencia
caso jesuitas
La audiencia inicial estuvo llena de
acusaciones y aclaraciones, entre los abogados
de los acusados y acusadores, que giraban sobre
si el caso estaba amnistiado o si la
persecución penal por el múltiple
asesinato se había extinguido
El Diario de
Hoy
La
juez 3a. de Paz, Ana América
Rodríguez, instaló la audiencia
inicial en la que se acusa al ex presidente
Alfredo Cristiani y a un grupo de ex-altos jefes
militares de ser los autores intelectuales de la
muerte de seis jesuitas y dos
domésticas.
La Compañía de Jesús
sostiene que Cristiani y los generales
René Emilio Ponce, Rafael Humberto
Larios, Juan Rafael Bustillo y los coroneles
Francisco Elena Fuentes e Inocente Orlando
Montano tienen responsabilidad en el hecho.
La semana pasada, el fiscal de la Unidad
Especial, Salvador Ruiz, se presentó al
tribunal para pedir que esta instancia
sobreseyera o exonerara de forma definitiva a
los acusados por dos argumentos principales: el
caso había sido amnistiado y la
acción penal o persecución del
delito había extinguido porque el
asesinato cometió hace más de 10
años, como observa la ley, es decir, el
16 de noviembre de 1989.
EL DIARIO DE HOY planteó que
difícilmente la juez Rodríguez
podría ordenar la apertura de un proceso
penal contra Cristiani cuando la Fiscalía
(que es la instancia que persigue el delito) no
le presentara prueba, evidencia o indicio alguno
para abrir el proceso.
La audiencia terminó ayer a las 4:00
p.m., y se había centrado precisamente en
estos puntos relativos a si el caso gozaba de
amnistía o si había prescrito, es
decir, que había terminado el plazo
judicial para abrirlos.
Antes, por la mañana, la
atención se concentró en una
posición de los defensores que pidieron
que se rechazara al abogado Pedro Cruz como
querellante de la Compañía de
Jesús porque, alegaron, se había
acreditado de manera extemporánea.
La juez anuló la petición y el
proceso continuó hasta la noche.
Los jesuitas debieron presentar su propio
abogado acusador en vista de que la
Fiscalía no apoyó la
petición de reabrir el caso.
Última Carta
El abogado Pedro Cruz dijo que en caso de
sufrir un revés judicial,
presentarán una apelación al
fallo, pues a su criterio el caso jesuitas no
goza de amnistía y tampoco ha prescrito,
como afirman los defensores.
Si bien la Corte Suprema declaró
constitucional la Ley de Aministía, se
plantearon dos excepciones que son las que
encajan en este caso, asegura Cruz.
La primera excepción, la del
Artículo 244, esa que el perdón no
aplica a los que sean funcionarios civiles y
militares durante el período presidencial
en que se de la amnistía. El otro, que no
se apliquen a delitos que violen la
Constitución, en este caso, el derecho a
la vida.
Sostiene Cruz que el delito no tiene
prescripción, pues la muerte de los
jesuitas se considera un delito de guerra y no
un hecho común, como lo sostiene la
defensa.