EPAPER Puente de Baltimore | Precios de la gasolina | Eclipse parcial solar | Selecta

El lado B de la historia

Nadie se ha puesto a pensar -o simplemente no le importa- lo que va a pasar con esos 67,000 capturados ¿Cómo se les va a juzgar? ¿En qué momento se presentarán pruebas en su contra? ¿Cómo van a poder defenderse? ¿Cómo hará el Órgano Judicial para llevar a cabo miles y miles de audiencias en las que se garantice el derecho de contradicción y defensa?

Por Maximiliano Mojica
Abogado, máster en leyes

En la década de los Setenta, las disqueras idearon un método para promover las ventas de los hits de los artistas musicales, lanzaron el disco de cuarenta y cinco revoluciones que sólo tenía dos canciones: la de mayor éxito estaba en el lado “A”, mientras que una canción del mismo artista, no tan popular, se escuchaba en el lado “B”.


En política pasa algo similar. Cuando algo es tremendamente popular, el político lo ejecuta, sin dudarlo, con tal de complacer a su público. ¿Se detienen a analizar las consecuencias de sus decisiones? Raramente sucede. Las consecuencias -el lado B de la historia-, que muchas veces ocurren a mediano o largo plazo, le son irrelevantes: que lo resuelva el siguiente. Después de mí, el apocalipsis.


Actualmente, uno de los temas que más satisfecho tiene a la ciudadanía es el manejo de la seguridad ciudadana, la cual tiene diferentes aristas, la principal: las masivas capturas de personas, supuestamente involucradas en actividades delictivas. Digo “supuestamente”, dado que, hoy por hoy, por la naturaleza misma del régimen de excepción, miles de ellas aún no han sido oídas y vencidas en juicio en el que se determine su culpabilidad.


Me he tomado la tarea de conversar con diversos ciudadanos sobre el tema: sorbeteros en la calle, uberistas, estudiantes, pequeños comerciantes, empleados de diferentes niveles académicos y administrativos, así como con empresarios, pequeños, medianos y grandes, y todos ellos coinciden en algo: están satisfechos por los efectos inmediatos generados por el régimen de excepción.


“Es que se siente la seguridad”. “Ya no pago renta”. “Puedo entrar y salir del pasaje o ir al parque, sin miedo”. ¿Cómo se puede negar la efectividad de una medida cuando el pueblo en general se expresa de esa manera? Resulta evidente que las maras criminales se han replegado, han migrado a los rincones más recónditos del país o han escapado por puntos ciegos. Lo cierto es que su presencia ha disminuido sensiblemente en vastas áreas de nuestro territorio, lo cual genera un efecto más que beneficioso para nuestras comunidades.

Lo que nadie parece querer ver o tener el alcance de comprender es que un régimen de excepción -por la misma etimología del término-, no puede convertirse en permanente. Por definición, las garantías constitucionales de los ciudadanos no pueden ser abolidas por siempre. No se puede desarrollar una vida en orden y civilizada, cuando nos quitan a todos -no solo a los criminales- el derecho a que nos informen porque nos capturan, que nos remitan a un juez setenta y dos horas después de que ocurra, que nos nombren un abogado defensor, que nos lean los cargos y presenten las pruebas en nuestra contra, que -en caso de que no exista un peligro de fuga-, seamos juzgados en libertad, y así, un largo etcétera de derechos que, hoy por hoy, han sido suspendidos.


Aparentemente, nadie se ha puesto a pensar -o simplemente no le importa- lo que va a pasar con esos 67,000 capturados ¿Cómo se les va a juzgar? ¿En qué momento se presentarán pruebas en su contra? ¿Cómo van a poder defenderse? ¿Cómo hará el Órgano Judicial para llevar a cabo miles y miles de audiencias en las que se garantice el derecho de contradicción y defensa?

En el mismo momento en que deje de prorrogarse la vigencia del régimen de excepción y que a todos los detenidos se les regresen sus derechos constitucionales, deberán ser juzgados de forma individualizada. Si ya existe “mora judicial”, si sabemos que los fiscales y defensores públicos ya estaban desbordados con los casos que ya existían antes de la vigencia del régimen, ¿cómo harán para llevar, adecuadamente y con atención, cada uno de los nuevos casos asignados?


Supongamos por un momento que todos los capturados son, eventualmente, declarados culpables. Sabemos que nuestra Constitución prohíbe la prisión perpetua, por lo que la pena máxima que un reo debe purgar -independientemente al delito cometido- es la de treinta años. Las edades de la mayoría de los capturados bajo el régimen oscilan entre los veinte y los treinta años… saldrán libres entre los cincuenta y sesenta. Y como todos han sido capturados y juzgados más o menos al mismo tiempo, en el 2050 vamos a tener 60,000 exconvictos en la calle, alcanzando casi o viviendo ya plenamente en la tercera edad, ¿saldrán a hacer qué?

Un componente básico de la justicia penal es la reeducación del delincuente para reintegrarlo como individuo productivo en la sociedad ¿está el Estado salvadoreño pensando en su reeducación? No veo por ninguna parte en la propaganda oficial que se esté pensando ejecutar este componente tan propio de la justicia penal.
Ese es el Lado B de la historia. Igual que en los discos cuarenta y cinco que oíamos en los setenta, se trata de la canción feíta, de aquella que a la gente no le gusta mucho hablar.


Abogado, Master en leyes/@Max Mojica

KEYWORDS

Estado De Excepción Opinión Regimen De Excepción

Patrocinado por Taboola

Inicio de sesión

Inicia sesión con tus redes sociales o ingresa tu correo electrónico.

Iniciar sesión

Hola,

Bienvenido a elsalvador.com, nos alegra que estés de nuevo vistándonos

Utilizamos cookies para asegurarte la mejor experiencia
Cookies y política de privacidad