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¿Es permitido construir postes u objetos en las aceras?

Colocar estructuras u objetos en una acera puede parecer una decisión menor, pero la ordenanza contempla medidas cuando afecta la libre circulación.

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Resumen del artículo:

El artículo 50 de la Ordenanza para la Convivencia Ciudadana de San Salvador Centro establece sanciones para quienes impidan la libre circulación en la vía pública, espacios públicos o ciclovías. La disposición también aplica a quienes coloquen obstáculos o usen estos lugares como parqueos privados. Según Prensa de San Salvador Centro, agentes del CAM San Salvador y personal de la Zona 3 retiraron 19 obstáculos instalados sin autorización en espacios públicos del Paseo General Escalón. La multa por estas acciones puede oscilar entre $51 y $900, de acuerdo con el texto de la ordenanza municipal.

Como parte del Plan San Salvador Centro Ordenado y Seguro, agentes del CAM San Salvador y personal de la Zona 3 retiraron 19 obstáculos instalados sin autorización en espacios públicos del Paseo General Escalón, según informó Prensa de San Salvador Centro.

La acción tuvo como objetivo fortalecer el orden y la libre circulación peatonal, de acuerdo con Prensa de San Salvador Centro.

Multas por obstaculizar la vía pública

La Ordenanza para la Convivencia Ciudadana de San Salvador Centro establece sanciones para quienes impidan o dificulten la libre circulación en la vía pública o en espacios públicos, siempre que no estén amparados en un derecho o garantía constitucional.

La disposición incluye la circulación de peatones, bicicletas, escúteres, vehículos u otros medios de transporte que promuevan la movilidad sostenible. El artículo 50 también señala que será sancionada la persona que coloque cualquier tipo de obstáculos o haga de la vía pública o de los espacios públicos parqueos privados. La multa puede oscilar desde los $51 hasta los $900.

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CAM retiró objetos en aceras para liberar circulación en Escalón. / Foto cortesía Prensa San Salvador Centro

De acuerdo con el artículo 50, la ordenanza sanciona a quienes impidan o dificulten la libre circulación, coloquen obstáculos o usen como parqueo privado:

  • La vía pública.
  • Los espacios públicos.
  • Las ciclovías.

Carga, descarga y comercio en espacios públicos

La misma sanción se aplicará a quien realice carga y descarga de mercancías fuera de las horas y lugares autorizados para tal efecto, de acuerdo con la ordenanza.

La ordenanza también indica que se procederá de la misma forma en los casos de comercio en el espacio público que no cuente con autorización para ejercer la actividad comercial y que tenga estructuras, bienes muebles o mercadería que impida u obstaculice el paso peatonal o vehicular.

El articulo añade que la sanción también aplica cuando una persona con autorización para ejercer el comercio en el espacio público exceda el espacio asignado y obstaculice el libre paso peatonal o vehicular.

San Salvador Centro prohíbe obstáculos que dificulten el paso ciudadano. / Foto cortesía Prensa San Salvador Centro