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El Código Penal también contempla la privación del derecho de conducir o de obtener licencia por el mismo período de la pena impuesta.

Carreras clandestinas en El Salvador: multa y penas de prisión

El listado de infracciones compartido por Sertracen establece una multa de $150; el Código Penal contempla penas de dos a cinco años de cárcel.

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Resumen del artículo:

Las carreras clandestinas en El Salvador están reguladas como infracciones de tránsito y como delito. Según el listado de infracciones compartido por Sertracen, utilizar la vía pública para competencias automovilísticas sin autorización, código T109, es una falta muy grave sancionada con $150. Disputarse la vía con otro vehículo, código T072, también recibe una multa de $150. El artículo 147-E del Código Penal considera ambas conductas como conducción peligrosa cuando ponen en riesgo la vida o integridad de las personas. La pena es de dos a cinco años de prisión, y puede aumentar si interviene transporte público, carga, lesiones o muerte.

Utilizar la vía pública para competencias automovilísticas sin autorización está clasificado como una infracción muy grave en El Salvador, según el listado de infracciones compartido por Sertracen.

La conducta aparece bajo el código T109 y establece una multa de $150. La sanción se aplica a la licencia de conducir y el registro no indica decomiso o remisión.

El mismo listado incluye la infracción T072, correspondiente a “disputarse la vía con otro vehículo”. Esta conducta también está clasificada como muy grave, tiene una multa de $150 y se aplica a la licencia de conducir.

Qué establece el Código Penal sobre las competencias de velocidad

El artículo 147-E del Código Penal regula la conducción peligrosa de vehículos automotores. La disposición establece:

“El que mediante conducción peligrosa de vehículo de motor transgrediere las normas de seguridad vial, poniendo en peligro la vida o la integridad física de las personas, será sancionado con pena de prisión de dos a cinco años”.

El mismo artículo define como conducción peligrosa “el disputar la vía entre vehículos o realizar competencias de velocidad en la vía pública, sin previo permiso de la autoridad competente”.

La disposición también incluye dentro de esta conducta manejar un vehículo de motor después de consumir bebidas alcohólicas, drogas o cualquier tipo de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o psicoactivas.

Las competencias automovilísticas sin autorización en la vía pública están clasificadas como una infracción muy grave.
Las competencias automovilísticas sin autorización en la vía pública están clasificadas como una infracción muy grave. Foto: IA

Penas en transporte público o de carga

El artículo 147-E establece una pena de cinco a diez años de prisión cuando la conducción peligrosa involucra un vehículo de transporte público de pasajeros o de carga.

Cuando como consecuencia de esta conducta se cause un homicidio culposo o lesiones culposas muy graves, el Código Penal indica que la pena puede incrementarse hasta un máximo de diez años en los casos descritos para vehículos de motor.

Para los casos que involucren transporte público de pasajeros o de carga, la pena puede aumentar hasta un máximo de quince años.

La norma agrega que también procederá la privación del derecho de conducir o de obtener la licencia respectiva durante el mismo período de la pena impuesta.

Multas incluidas en el listado de Sertracen

Las dos infracciones relacionadas con competencias o disputas entre vehículos que aparecen en el listado compartido por Sertracen son:

T109: utilizar la vía pública para competencias automovilísticas sin autorización. La multa es de $150.

T072: disputarse la vía con otro vehículo. La sanción también es de $150.

Por su parte, el Código Penal establece prisión cuando la conducción peligrosa transgrede las normas de seguridad vial y pone en peligro la vida o la integridad física de las personas.