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Nuevos concejos deberán decidir continuidad de las ordenanzas en los distritos

Con las elecciones de las autoridades locales del 3 de marzo se hizo efectiva la ley que redujo los municipios de 262 a 44, la cual establece algunas disposiciones que deberán seguir en la nueva administración municipal.

Por Susana Peñate | Mar 15, 2024- 21:04

El gobierno pasó más de un año sin pagar el FODES a las alcaldías. Foto: Archivo

¿Qué pasará con las ordenanzas municipales existentes con los nuevos municipios? La continuidad o no de las ordenanzas y acuerdos municipales que fueron emitidos por los anteriores 262 municipios, convertidos en distritos con la Ley Especial de Reestructuración Municipal, dependerá de los nuevos concejos municipales que se instalen a partir del 1 de mayo de 2024.

Con las elecciones de las autoridades locales del 3 de marzo se hizo efectiva la ley que redujo los municipios de 262 a 44, la cual establece algunas disposiciones que deberán seguir en la nueva administración municipal.

En el único párrafo del artículo 8 de dicha ley se establece la aplicación de la legislación municipal. “Las Leyes de impuestos municipales de cada municipio, así como sus respectivas ordenanzas municipales aprobadas por los concejos municipales anteriores a esta ley y la legislación general y particular de cada municipio, continuarán en vigencia, hasta que la Asamblea Legislativa y los municipios agrupantes las ratifiquen, reformen o aprueben nuevas”, dice el artículo.

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En el primero de los casos, la Constitución de la República otorga la iniciativa de ley a los concejos municipales en materia de impuestos municipales; pero estos deberán ser aprobados por la Asamblea Legislativa.

Lo cual se retoma en la Ley General Tributaria Municipal, en el artículo 7 que dice: “Compete a la Asamblea Legislativa, crear, modificar o derogar Impuestos Municipales, a propuesta de los Concejos Municipales, mediante la emisión del decreto legislativo correspondiente”.

También el Código Municipal retoma lo establecido en la Carta Magna respecto a la autonomía municipal, la cual abarca la creación, modificación y supresión de tasas por servicios y contribuciones públicas, para la realización de obras determinadas dentro de los límites que la ley.

Desafíos para municipios

El especialista en gestión municipal, Andrés Espinoza, plantea que es un desafío para los nuevos municipios el tratar de homologar las disposiciones particulares de cada distrito. “Es evidente que estamos en terreno total y absolutamente desconocido. Estamos en una situación sui géneris”, expresó.

Considera que la Ley de Reestructuración debió prever los escenarios que se pueden encontrar los municipios, pero al no considerarlos significaría que los concejos municipales tendrán la responsabilidad de “crear procedimientos nuevos” para administrar e integrar los anteriores municipios en un solo aparato administrativo.

“Hasta el día de hoy, las ordenanzas en general se parecen mucho todas, ¿dónde es que está la diferencia? Primero, en la naturaleza de los municipios, no es lo mismo un puerto de La Libertad que tiene toda una industria pesquera que Panchimalco que tiene una industria más artesanal y folclórica. Esas realidades se acomodarán en una región, según su especificidad”, agregó.

Señaló que el reto y el problema con homologar las ordenanzas podría afectar a los habitantes, por ejemplo las tasas por servicios como el de recolección de desechos, las cuales varía en cada zona y es deficitario en general.

“Eso nos plantea una dificultad técnica, si no podemos recoger la basura en un solo municipio, vuelvo al tema de San Salvador que hereda el problema histórico de un municipio en temas de basura que es Mejicanos. El reto es muy grande”, sostuvo.

Andrés Espinoza


De igual forma, cambiar o no las leyes de impuestos municipales implicaría dificultades. “Si no tocan nada, el municipio (distrito) que tiene más ingresos, sin duda, va a subsidiar a los que tienen menos ingresos. Eso tampoco es justo o correcto”, comentó.

Al contrario, subir las tasas también generaría una situación de injusticia para los distritos donde habitan familias con menos ingresos. “Son de los terrenos desconocidos que no se previeron en la ley y ahí el reto es grande, muy grande”, expuso Espinoza.

La ley establece un proceso de transición entre las gestiones que terminan su periodo y los nuevos concejos municipales que resultaron electos el 3 de marzo, que incluye aspectos financieros de las alcaldías, para lo cual se emitieron lineamientos por parte del Ministerio de Hacienda, según indicó Alejandro Nóchez, alcalde de Ayutuxtepeque y quien se integraría al nuevo concejo municipal de San Salvador Centro. “Ya la recibimos, hace más o menos unos 15 días o 22 días”, expresó.

Sobre el abordaje de las ordenanzas municipales Nóchez dijo que primero se tendría que definir la metodología de si se unificarán o no. “Eso todavía no es algo que esté definido, porque en el decreto que se aprobó que se convirtió en ley se dice que cada uno de los que van a ser distritos van a tener sus propias ordenanzas”, dijo.

Adelantó que en Ayutuxtepeque ya están trabajando en la preparación para la transición para la agrupación municipal.

Dispensación de multas y recargos


La dispensa de pago de multas e intereses por moras en el pago de tasas municipales es una de las ordenanzas o disposiciones bastante común en las municipalidades y algunas las emitieron al finalizar el 2023 y en los primeros meses de este 2024, con plazos que finalizan con los periodos de los concejos municipales y otras se extienden un poco hacia el nuevo periodo de gestión.

Una es la ordenanza transitoria de condonación de multas e intereses moratorios de tributos del municipio de Antiguo Cuscatlán, ahora distrito del municipio de La Libertad Este. Fue aprobada el 14 de febrero de 2024, su vigencia se estableció desde esa fecha hasta el 31 de mayo, es decir, abarca 30 días adicionales de la nueva gestión del concejo municipal que estará liderado por Milagro Navas.

La alcaldía de Ereguayquín, departamento de Usulután, aprobó el 6 de diciembre de 2023 una ordenanza transitoria de exención de intereses y multas provenientes de deudas por tasas e impuestos a favor del municipio, cuyo plazo finaliza el 30 de abril de 2024, fecha en que termina funciones el concejo municipal electo en 2021.

También la alcaldía de Ciudad Delgado, distrito de San Salvador Centro, emitió el 29 de diciembre de 2023 la ordenanza transitoria para el pago de tasas municipales con dispensa de multas e intereses moratorios, cuyo plazo de vigencia finaliza el 30 de abril de 2024, se publicó en el Diario Oficial hasta el 22 de enero de este año.

En esa misma fecha termina la vigencia de las ordenanzas de dispensa de multas e intereses de las alcaldías de Santa Cruz Michapa, Juayúa y Chalatenango.

Otras municipalidades establecieron plazos diferentes en las ordenanzas de dispensación de multas e intereses, como la de Villa San Agustín, del departamento de Usulután, la cual concedió 60 días hábiles. Su vigencia inició en febrero y terminaría en la segunda mitad del mes de abril.

De tres meses fue el plazo de duración establecido por la alcaldía de Soyapango para su ordenanza transitoria de intereses moratorios y multas, la cual se acordó el 26 de enero de 2024 y se publicó en el Diario Oficial en la edición del 9 de febrero, por lo que terminaría hasta mediados de mayo.

La ordenanza transitoria del concejo municipal de Sonzacate, ahora un distrito de Sonsonate Centro, es por un periodo de 90 días calendario.

San Pablo Tacachico, La Libertad, aprobó el 7 de diciembre de 2023 la ordenanza transitoria de exención de intereses y multas por un periodo de 90 días calendario, y ya que se publicó hasta el 5 de febrero, ese plazo finalizaría hasta mediados de mayo. La alcaldía de San Rafael Cedros también aprobó un plazo de dispensa de 90 días calendario, la ordenanza se aprobó el 23 de enero de 2024 y se publicó el 6 de febrero.

Otras que aprobaron ordenanzas de dispensa de multas e intereses por tres son las alcaldías de San Sebastián Salitrillo, Ciudad Colón y San Pedro Nonualco.

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