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Piropos e insinuaciones, entre las formas de acoso sexual, ¿de cuánto es la pena?

La legislación salvadoreña establece cárcel para este delito, mientras la FGR orienta sobre comportamientos que pueden identificarlo y los pasos para denunciar.

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Resumen del artículo:

La Fiscalía General de la República difundió en 2019 una publicación con diez formas comunes de acoso sexual, entre ellas bromas o insinuaciones de carácter sexual, piropos, tocamientos no deseados, miradas morbosas y gestos sugestivos. El artículo 165 del Código Penal establece que la conducta sexual indeseada que implique frases, tocamiento, señas u otra conducta inequívoca de naturaleza o contenido sexual será sancionada con prisión de tres a cinco años. La publicación de la FGR también incluye indicaciones para denunciar, como identificar al agresor, respaldar la denuncia y acudir a la Fiscalía General o a la Policía Nacional Civil.

Piropos o comentarios inapropiados por aspecto físico, bromas o insinuaciones de carácter sexual y tocamientos innecesarios y no deseados figuran entre las formas de acoso sexual que señala la Fiscalía General de la República (FGR) en una publicación de 2019.

La publicación, detalla “10 formas más comunes de acoso sexual”, señala que algunas situaciones o insinuaciones podrían parecer una broma o algo cotidiano, pero podrían estar marcando algún tipo de acoso.

¿Cuáles son las 10 conductas?

Estas son las conductas incluidas en la publicación de la Fiscalía:

  1. Insultos, bromas o insinuaciones de carácter sexual.
  2. Piropos o comentarios inapropiados por aspecto físico.
  3. Tocamientos innecesarios y no deseados.
  4. Miradas morbosas.
  5. Invitaciones o peticiones acompañadas o no de amenazas.
  6. Expresiones verbales innecesarias.
  7. Mensajes o llamadas telefónicas recurrentes no deseadas.
  8. Comentarios o preguntas incómodas sobre la vida sexual, amorosa o personal.
  9. Chantaje.
  10. Gestos sugestivos.
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Piropos e insinuaciones aparecen en la publicación divulgada por FGR. / Foto Archivo

¿Qué indica la FGR para denunciar el acoso sexual?

Entre las indicaciones incluidas por la FGR para denunciar el acoso sexual está identificar al agresor.

Para denunciar o solicitar información, se puede contactar a la Fiscalía General de la República al 2593-7400 y a la Policía Nacional Civil al 911.

La publicación también indica: “Respalda tu denuncia y acude a la Fiscalía General o a la PNC”.

Además, señala: “Si denuncias directamente en Fiscalía recibirás atención legal y psicológica”.

Acoso sexual se sanciona con prisión de tres a cinco años

El delito de acoso sexual está regulado en el artículo 165 del Código Penal.

“El que realice conducta sexual indeseada por quien la recibe, que implique frases, tocamiento, señas u otra conducta inequívoca de naturaleza o contenido sexual [...] , será sancionado con prisión de 3 a 5 años”, establece el artículo 165.

La disposición menciona frases, tocamiento, señas u otra conducta inequívoca de naturaleza o contenido sexual dentro de la conducta sexual indeseada por quien la recibe.

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Insinuaciones de carácter sexual, piropos y tocamientos no deseados, entre las conductas que la FGR señala como formas de acoso sexual. / Foto IA

Prisión de cuatro a ocho años el acto sexual diverso

El artículo 166 del Código Penal establece que quien realice "mediante engaño, con persona mayor de quince y menor de dieciocho años de edad, cualquier acto sexual diverso del acceso carnal, será sancionado con prisión de cuatro a ocho años”.

El mismo artículo agrega que “El acto sexual diverso realizado con persona menor de dieciséis años, aun con su consentimiento, será sancionado con prisión de ocho a doce años”.

TAGS:  Acoso sexual | Código penal | El Salvador | Fiscalía General | PNC

CATEGORIA:  Noticias | Nacional