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Gasolineras y distribuidores de gas propano podrían enfrentar multas de $500 a $100,000 por incumplir precios y cantidades

Distribuidores de gasolina y gas propano podrían enfrentar multas de $500 a $100,000 por incumplir precios y cantidades

La Asamblea estudia prorrogar por un año una ley que permite sancionar irregularidades en la venta de combustibles y gas licuado. Las multas pueden alcanzar los $100,000.

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Resumen del artículo:

La Comisión de Hacienda de la Asamblea Legislativa emitió un dictamen favorable para prorrogar por un año la Ley Especial Transitoria para Sancionar Infracciones a la Cadena de Comercialización de Productos Derivados del Petróleo. La normativa permite inspeccionar estaciones de servicio y plantas envasadoras de gas licuado, además de sancionar incumplimientos relacionados con precios, cantidad y calidad de los productos. Las multas contempladas van desde $500 hasta $100,000, dependiendo de la infracción. La ley actual vence el 30 de junio y, de aprobarse la prórroga, permanecería vigente hasta el 30 de junio de 2027.

La Comisión de Hacienda de la Asamblea Legislativa emitió un dictamen favorable para extender por un año la vigencia de la Ley Especial Transitoria para Sancionar Infracciones a la Cadena de Comercialización de Productos Derivados del Petróleo.

La normativa permite a las autoridades realizar inspecciones y aplicar sanciones a distribuidores y comercializadores de combustibles y gas licuado de petróleo (GLP) que incumplan disposiciones relacionadas con precios, cantidad y calidad de los productos.

De ser aprobada por el pleno legislativo, la prórroga entraría en vigencia el 1 de julio de 2026 y se mantendría hasta el 30 de junio de 2027.

Nuevos precios del combustible entran en vigencia en todo el país.
La ley contempla multas de hasta $100,000 por infracciones en la comercialización de combustibles y gas.
/ Shutterstock

¿Qué conductas pueden ser sancionadas?

Según lo expuesto durante la discusión de la iniciativa, la ley permite supervisar que las estaciones de servicio y las plantas envasadoras de gas respeten los precios máximos autorizados y comercialicen la cantidad exacta de producto.

Además, contempla sanciones para quienes obstaculicen las inspecciones realizadas por las autoridades o incumplan las disposiciones establecidas en la normativa.

La gerente legal de la Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas (DGEHM), Jaqueline Palacios, explicó que la intención es mantener las facultades de fiscalización y supervisión en la venta de gasolina y cilindros de uso doméstico.

Multas pueden llegar hasta los $100,000

La ley establece diferentes rangos de sanciones económicas dependiendo de la infracción cometida.

Por ejemplo, los distribuidores de GLP o combustibles que impidan las inspecciones o incumplan el precio máximo de venta pueden recibir multas que van desde los $500 hasta los $100,000.

Por otra parte, cuando no se atienda la instrucción de interrumpir la salida de vehículos durante una inspección o se detecte que los cilindros de gas no contienen la cantidad exacta de producto, las sanciones oscilan entre $10,000 y $100,000.

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Las multas contempladas van desde $500 hasta $100,000, dependiendo de la infracción.

Ley vencerá a finales de junio

La legislación vigente fue aprobada con carácter transitorio y su vigencia finaliza el próximo 30 de junio.

La propuesta respaldada por la Comisión de Hacienda busca mantener durante un año más las herramientas legales para inspeccionar y sancionar posibles irregularidades en la cadena de comercialización de productos derivados del petróleo.

La decisión final quedará en manos del pleno legislativo, que deberá votar si aprueba o no la extensión de la normativa.