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Inmuebles de hasta $8,000 serán transferidos a FONAVIPO para familias de estos lugares

El decreto incluye inmuebles ubicados en los departamentos de Sonsonate, Santa Ana, San Salvador, entre otros.

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Por Daniela Alegría Umanzor
Publicado el 20 de mayo de 2026

 

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La Asamblea Legislativa aprobó la transferencia de 101 inmuebles a Fonavipo para que puedan ser destinados a familias con necesidad de vivienda o a instituciones de utilidad pública. Las propiedades están ubicadas en Sonsonate, Santa Ana, San Vicente y San Salvador, con valores que van desde los $3,000 hasta los $129,000.

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La Asamblea Legislativa aprobó este miércoles, con 59 votos a favor, disposiciones especiales para transferir 101 inmuebles del Fondo Social para la Vivienda al Fondo Nacional de Vivienda Popular (FONAVIPO), para que puedan ser entregados a familias con necesidad de vivienda o destinados a instituciones de utilidad pública en Sonsonate, Santa Ana, San Vicente y San Salvador.

La iniciativa fue presentada por el presidente Nayib Bukele, por medio de la ministra de Vivienda, Michelle Sol, y fue aprobada con dispensa de trámite durante la sesión plenaria.

De acuerdo con el decreto, FONAVIPO podrá disponer de los inmuebles mediante compraventa, donación, comodato, arrendamiento simple, con o sin promesa de venta, o derecho de habitación a título gratuito.

Las propiedades incluidas en la transferencia están ubicadas en distintos municipios, colonias, urbanizaciones y lotificaciones de los cuatro departamentos mencionados.

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Resultado de la votación legislativa de la pieza 1A, aprobada con 59 votos a favor y ninguno en contra. Foto Asamblea Legislativa

Valores y extensiones de los inmuebles

Los inmuebles tienen valores que van desde los $3,000 hasta los $129,000, según el decreto aprobado. Entre los de menor valor se encuentra un lote en la Lotificación El Tikal, en Apopa, con una extensión de 56.08 metros cuadrados y valorado en $3,000.

El valor más alto corresponde a tres lotes ubicados en la lotificación San Emilio II, en Sonsonate. Cada uno tiene 240 metros cuadrados y está valorado en $129,000. Otro inmueble de mayor extensión identificado está ubicado en el cantón San Isidro, Tecoluca, San Vicente, con 21,000 metros cuadrados y un valor de $21,500.

En San Salvador, el decreto incluye inmuebles en zonas como Valle del Sol y El Tikal, en Apopa; Ciudad Futura, en Cuscatancingo; Lotificación El Tránsito, en Ciudad Delgado; y San Luis Mariona, en Cuscatancingo.

Ubicación de las propiedades

En Sonsonate se mencionan inmuebles en residencial La Fortuna, Santa Eugenia Altos 1 y lotificación San Emilio II.

En Santa Ana, las propiedades incluyen ubicaciones como Urbanización Las Américas, en Metapán; cantón Loma Alta, lotificación Panamá; condominio residencial San Lorenzo; residencial Bella Vista 1; San Juan III, en San Sebastián Salitrillo; y Urbanización Las Américas II.

En San Vicente, el decreto contempla inmuebles en el cantón San Isidro y en la colonia Las Pampas, en Tecoluca, además de propiedades ubicadas en el cantón El Carao.

En San Salvador, se incluyen inmuebles en Apopa, Ayutuxtepeque, Ciudad Delgado y Cuscatancingo, entre otros puntos detallados en el listado de propiedades.

Criterios para la asignación

El decreto establece que Fonavipo deberá priorizar a las familias que actualmente ocupan los inmuebles, cuando aplique. También podrá beneficiar a familias que cumplan con los criterios de los programas habitacionales que se desarrollen para este proceso.

Los beneficiarios que reciban inmuebles donados o subsidios no podrán transferirlos durante un plazo de 20 años, excepto si la transferencia se realiza a favor de Fonavipo para que el inmueble sea asignado a otra familia.

Cuando la familia esté conformada por cónyuges, la escritura deberá quedar a nombre de ambos en proindivisión o del cónyuge que viva con los hijos, según lo establecido en las disposiciones aprobadas.

Michelle Martha Sol, ministra
Michelle Martha Sol, ministra de Vivienda | cortesía.

Procedimiento posterior

Con la aprobación del decreto, Fonavipo queda autorizado para realizar los procedimientos correspondientes relacionados con la transferencia y posterior entrega de los inmuebles.

La aplicación de las modalidades previstas dependerá de cada caso y de los criterios definidos en los programas habitacionales correspondientes.

La medida también permite que algunos inmuebles puedan ser utilizados por instituciones de utilidad pública, conforme a lo establecido en el decreto.

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Vista general del Salón Azul durante una sesión plenaria de la Asamblea Legislativa. Foto Asamblea Legislativa
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