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Cómo solicitar el apoyo para gastos funerarios de un pensionado en El Salvador

Familiares de pensionados fallecidos pueden acceder a un beneficio económico para cubrir gastos funerarios. Estos son los requisitos, quiénes pueden pedirlo y el plazo que no podés dejar pasar.

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Por Leidy Puente
Publicado el 22 de abril de 2026

 

TU RESUMEN

Si un familiar pensionado fallece en El Salvador, podés solicitar un beneficio económico para cubrir gastos funerarios. Este apoyo está dirigido a cónyuge, hijos, padres, conviviente, tutor o cuidador previamente registrado. El trámite debe realizarse de forma personal y presencial en el ISP, dentro de un plazo máximo de 60 días desde el fallecimiento. Para gestionarlo necesitás presentar DUI, partida de defunción, documento que compruebe el parentesco y factura de los gastos funerarios. El proceso es gratuito y, si llevás todos los requisitos completos, puede resolverse el mismo día en los centros de atención.

La muerte de un familiar implica no solo un impacto emocional, sino también una serie de gastos inmediatos que pueden complicar la economía del hogar. En El Salvador, existe un apoyo económico para gastos funerarios dirigido a beneficiarios de pensionados fallecidos, el cual puede ayudar a cubrir parte de estos costos.

Este beneficio aplica para casos de personas que recibían pensión por vejez, invalidez o sobrevivencia (viudez), ya sea a través del Instituto Salvadoreño de Pensiones (ISP), la Unidad de Pensiones del ISSS (UPISSS) o una AFP.

Sin embargo, no es automático. Para poder recibirlo, es necesario cumplir ciertos requisitos y hacer el trámite dentro del tiempo establecido.

Precio de funeral en El Salvador
Cómo solicitar el apoyo para gastos funerarios de un pensionado en El Salvador. Foto/ Freepik

¿Quiénes pueden solicitar el apoyo?

No cualquier familiar puede acceder a este beneficio. Está dirigido a beneficiarios directos, entre ellos: cónyuge, hijos, padres, conviviente o compañero de vida, tutor o cuidador.

Cada uno debe demostrar su relación con el fallecido mediante documentos. Por ejemplo, el cónyuge debe presentar la partida de matrimonio, los hijos su partida de nacimiento y los convivientes deben comprobar la relación con un hijo en común o una declaratoria judicial.

En el caso de tutores y cuidadores, hay una condición clave, deben haber estado registrados previamente en el ISP y ese registro debe tener al menos 180 días antes del fallecimiento.

El Cementerio La Bermeja mantendrá atención en horarios restringidos para inhumaciones durante todo el período festivo, del 22 de diciembre al 4 de enero.
El Cementerio La Bermeja. / Foto cortesía Alcaldía de San Salvador.

El plazo

Uno de los puntos que más pasa desapercibido es el tiempo. El trámite debe realizarse en un máximo de 60 días continuos desde la fecha del fallecimiento.

Si no se solicita dentro de ese período, el beneficiario pierde el derecho al apoyo económico, aunque cumpla con todos los demás requisitos. Para hacer el trámite, es necesario presentar:

  • DUI del beneficiario
  • Partida de defunción del fallecido
  • Documento que compruebe el parentesco o relación
  • Factura de gastos funerarios, esta factura debe incluir datos como el nombre del fallecido, del beneficiario y la fecha del deceso.

De acuerdo con el ISP, todos los documentos deben estar en buen estado: legibles, vigentes y sin tachaduras. Si no se presentan originales, deben ser copias certificadas. En caso de documentos emitidos en el extranjero, deben estar apostillados y traducidos al español.

Condiciones

Sin embargo, hay casos en los que no se puede acceder al beneficio. Por ejemplo, si el fallecido o el beneficiario pertenece a regímenes especiales como: IPSFA, ISBM o INABVE.

A la vez, el proceso debe realizarse de forma presencial en los centros de atención del ISP, es un trámite personal y el servicio es gratuito.

El horario de atención es de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. Si llevás todos los documentos completos, el trámite puede resolverse en aproximadamente 30 minutos.

Si tenés dudas o querés más información, podés comunicarte al Call Center: 2560-9200, al WhatsApp: 7768-0555 o al correo: gastosfunerarios@isp.gob.sv.

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