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La ley del más fuerte

Es lamentable, y hasta perverso,lo que han aprobado; en los procesos penales no se pueden cambiar las reglas del juego en el camino, de manera antojadiza, porque se pierde la seguridad jurídica

Por Mauricio Ernesto Vargas

Como actor en las transformaciones políticas de 1992 de nuestro país, quiero unirme a las voces, organizaciones, nacionales e internacionales que expresan dudas y preocupaciones respecto a las reformas aprobadas durante el régimen de excepción.


No tengo ninguna duda, como conocedor de las materias de seguridad nacional, combate a la violencia y la criminología, de que lo que se está haciendo no ataca el problema estructural. No se nos dice cuál es el camino de la política pública de seguridad en materia de prevención, rehabilitación, reinserción y reintegración. No debemos aceptar conceptos falsos, sin principio de realidad; ni podemos dejar de ver por ineludibles, los efectos, económicos, sociales y políticos; el esfuerzo de normalizar la vida de los salvadoreños requiere de una profunda planificación, con visión estratégica. Todas las reformas desde la aprobación del régimen de excepción debilitan las garantías procesales. No es un problema solo de regímenes de excepción, y de encarcelar y es posible hacerlo: desde el Estado de Derecho, la justicia. Sin necesidad de destruir la seguridad jurídica, el Estado de Derecho, el debido proceso, sin concentrar el poder público y sin deteriorar la democracia. Estamos de acuerdo con leyes rigurosas, que castiguen a los delincuentes, pero que protejan a los inocentes, darle a cada uno lo que le corresponde.


Te lo explico:
El 26 de julio 2023 aprobaron “Disposiciones transitorias especiales para ordenar el procedimiento de imputados detenidos en el marco del régimen de excepción “y “Reformas a la ley contra el crimen organizado” (populismo carcelario). Estas reformas vulneran el debido proceso, la presunción de inocencia, la separación de poderes; en todos los campos de la vida, se deben mostrar pruebas, evidencias, documentos y testimonios. La fiscalía se atribuye la función de agrupar (competencia de un juez, rompe la independencia judicial). El fiscal puede solicitar en cualquier parte del proceso al juez la declaración anticipada de testigos víctima o peritos, y el juez estará obligado a ordenar la práctica de la diligencia, con solo la vista de la solicitud (¿si faltare un requisito, que pasa?). Como se dijo “otros pasa papeles”. Aprobaron disposiciones para permitir mantener en la cárcel por (2) años sin hacer juicio a los indiciados, además de someterlos sin prueba alguna a juicios y juzgados a la par de clicas sin tener que ver (ya liberaron 5,000 mil inocentes por no existir prueba). NO APRUEBO PASARSE POR ENCIMA LA CONSTITUCIÓN, por la incapacidad de sancionar los delitos.


“Ponga atención” ¡Todo se aplaude hasta que no se sufre en pellejo propio, y lo que hoy aplauden mañana lo llorarán ¡Le puede afectar a usted y a cualquier ciudadano! Sin controles, cualquiera puede ser afectado sin ser parte de estas estructuras: Si usted es capturado, va a esperar dos años en la cárcel, para que la fiscalía lo agrupe en un tipo de estructura.

POPULISMO PENAL. Es inadmisible que a través de una misma prueba se agrupe a varios imputados, donde se debería demostrar la culpabilidad individual, solo así se podría condenar. Cualquier información relevante vinculada a los delitos, obtenida por las autoridades, constituye prueba documental, así como el acta de la entrevista policial será valorada como prueba, eliminando principios básicos del derecho penal, individualización del delito, quién es el responsable (Es regresar a un modelo inquisitorio), si la FGR no lo determina en ese tiempo, usted saldrá libre ¡dos años después ¡¿Quién le responderá por la acusación falsa? Sin garantías judiciales, nos dirigimos al uso excesivo de la fuerza, la corrupción, incluidas muertes bajo custodia del estado. ¿o no está pasando? PREGUNTO.


Todo a partir de él régimen de excepción: 70 mil capturados. 18 meses. Se les advirtió en su momento, que se saturarían las instituciones del sistema de justicia penal, hacinamientos, violencia, abuso de fuerza, convirtieron las cárceles en bodegas humanas. Que las medidas planteadas eran insostenibles, por el volumen de trabajo, y no iban a poder dar respuesta efectiva en la resolución de los casos, populismo penal, (el tiempo no hace preguntas da respuestas).


La FGR no ha podido individualizar los delitos que dieron pie al régimen de excepción, en lugar de asumir su responsabilidad, toman atajos, se inventan reformas, que simulan justicia, vulnerando principios, acusaciones sin fundamento, arbitrariedades de fiscales, fortaleciendo la función de policías, soldados, y fiscales, ( equivale a permitir que se condene a inocentes sin prueba alguna, eliminando el control judicial). El fiscal puede solicitar en cualquier parte del proceso al juez, la declaración anticipada de testigos, víctimas o peritos, y el juez estará obligado a ordenar la práctica de la diligencia, con solo la vista de la solicitud, (¿si faltare un requisito, que pasa?). Como dijo la magistrada “otros pasa papeles”. Hacen referencia al procedimiento, como “transicional”, nada que ver, con lo que se determina como justicia transicional. Es lamentable, y hasta perverso, lo que han aprobado; en los procesos penales no se pueden cambiar las reglas del juego en el camino, de manera antojadiza, porque se pierde la seguridad jurídica. Sería como decir, comenzado el partido, que se continuara a partir de ese momento sin portero.


Los gobernantes, y los gobernados debemos cumplir las reglas, se llama “ESTADO DE DERECHO”.

General de la Fuerza Armada (r)

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