EPAPER Puente de Baltimore | Precios de la gasolina | Eclipse parcial solar | Selecta

¿Cuándo te toca recibir el aguinaldo y cómo puedes calcularlo?

El Código de Trabajo establece los parámetros del pago del aguinaldo, incluyendo la cantidad que le corresponde a los trabajadores. Conoce aquí los detalles:

Por Juan Carlos Mejía | Dic 04, 2022- 12:58

Foto EDH / Archivo

Una de las cosas que más esperan los trabajadores salvadoreños en el mes de diciembre es, además de las propias celebraciones, el aguinaldo que se recibe tanto en el sector público como en el privado.

Sin embargo, muchas de las personas que reciben este beneficio, y sobre todo aquellas que son nuevas en el mundo laboral desconocen algunos detalles generales acerca de esta prestación.

La fecha en que se va a recibir es muy importante para las personas que desean llevar en orden sus finanzas y presupuestos, por lo que también es necesario conocer desde cuándo las empresas e instituciones deben comenzar a pagarlo.

Puede interesarle: ¿Cómo pagará las pensiones el Gobierno? Este será el mecanismo

El Código de Trabajo de El Salvador establece que el pago del aguinaldo se debe realizar entre el 12 y el 20 de diciembre de cada año y además, el porcentaje a recibir dependerá del tiempo que tenga el empleado en la empresa o institución a esa fecha.

Específicamente, el Art. 200 de dicha ley establece que "la prima que en concepto de aguinaldo debe entregarse a los trabajadores que tienen derecho a ella, deberá pagarse en el lapso comprendido entre el doce y el veinte de diciembre de cada año".

Y ante esto, también es importante saber cómo se calcula.

En primer lugar, hay que recordar que la cantidad que recibe cada empleado varía dependiendo del tiempo laborado en la empresa y de la cantidad de salario asignado.

El Código de Trabajo establece estos parámetros para calcular el monto que corresponde:

1- Los trabajadores que tengan de uno a tres años de antigüedad en la misma empresa tienen derecho a un aguinaldo equivalente a 15 días de salario.

2 - Los empleados con un tiempo de tres a 10 años de antigüedad deben recibir un aguinaldo equivalente a 19 días.

3 - Los trabajadores con 10 o más años de laborar para la misma empresa deben recibir un aguinaldo equivalente a 21 días de salario.

El Artículo de Trabajo establece que las empresas e instituciones deben pagar el aguinaldo a los trabajadores entre el 12 y 20 de diciembre, Foto EDH/ Archivo

¿Pero qué pasa si un empleado tiene menos de un año de laborar para una empresa o institución?

En este caso, el Art. 197 del Código de Trabajo señala que los empleados que tengan menos de un año de laborar tienen derecho a que se les pague proporcionalmente la cantidad que les tocaría si hubieran completado ya un año de servicios. Es decir, proporcional a 15 días.

Como ejemplo supongamos que un empleado gana $500 al mes pero solo lleva 4 meses de trabajo, los cuales equivalen a 120 días trabajados (es decir, 30 días x 4 meses).

Entonces el cálculo se hace sacando primero el aguinaldo completo, como ya vimos, luego se divide entre 365 días del año y se multiplica por los días laborados en el período a pagar.

Además: Mesa para una Pensión Digna critica proyecto: "La montaña parió un ratón"

En números:
$500 / 30 = $16.667 (Este es el salario correspondiente a cada día de trabajo)
$16.667 x 15 = $250 (Este sería el aguinaldo completo si el trabajador ya tuviera un año o más laborando).
$250 / 365 días del año (Acá se divide el aguinaldo total entre los días totales que tiene un año)
$0.6849 x 120 días trabajados (El resultado anterior se multiplica por los días trabajados, en este caso son 120).
=$82.19 (Y este sería el aguinaldo que debería recibir una persona que solo tiene 4 meses laborando para una empresa y cuyo salario es de $500).

Para esto es necesario señalar que el aguinaldo se calcula según el salario base, por lo que horas extras o bonificaciones no entran en la fórmula para calcularlo.

MÁS SOBRE ESTE TEMA

KEYWORDS

Aguinaldo Negocios Prestaciones Redes Sociales Salario Salario Mínimo Ver Comentarios

Patrocinado por Taboola

Te puede interesar

Ver más artículos

Inicio de sesión

Inicia sesión con tus redes sociales o ingresa tu correo electrónico.

Iniciar sesión

Hola,

Bienvenido a elsalvador.com, nos alegra que estés de nuevo vistándonos

Utilizamos cookies para asegurarte la mejor experiencia
Cookies y política de privacidad