Feria de Universidades Empleos El Salvador Viviendas El Salvador Centro Histórico Mundial 2026 Conciertos

Banner versión desktop Banner versión móvil
VMT-pruebas de alcoholemia y de consumo de drogas

VMT realiza pruebas de alcohol y drogas a conductores ¿Qué pasa si dan positivo?

La Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial establece en el artículo 66 que se prohíbe conducir cualquier vehículo tras haber consumido estupefacientes o medicamentos.

Avatar del autor
0:00
Escuchar artículo
Resumen del artículo:

Los controles en terminales del transporte colectivo incluyen pruebas para detectar consumo de alcohol y drogas en conductores de autobuses y microbuses, según informó el Viceministerio de Transporte. La normativa vigente prohíbe conducir después de ingerir alcohol en cualquier concentración o tras consumir estupefacientes, medicamentos u otras sustancias que disminuyan la aptitud para manejar. La ley también obliga a los conductores a someterse a pruebas cuando lo requiera la autoridad competente. Si el resultado es positivo, se configura el delito de conducción peligrosa. Además, negarse a la prueba o conducir bajo esos efectos contempla una multa de $150.

El Viceministerio de Transporte informó este 1 de junio que realizó pruebas de alcoholemia y de consumo de drogas a conductores de autobuses y microbuses en diferentes terminales del transporte público colectivo. La institución señaló que estas acciones se ejecutan “a fin de garantizar que brinden el servicio de manera adecuada y segura”.

La Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial establece en el artículo 66 que se prohíbe conducir cualquier vehículo tras haber consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para manejar. La Ley también prohíbe conducir vehículos tras haber ingerido alcohol en cualquier concentración por litro de sangre o en aire espirado.

El mismo artículo indica que todo conductor de vehículo automotor, cuando la autoridad competente lo requiera, está obligado a someterse a pruebas directas en sangre o indirectas en aire espirado. Estas pruebas buscan determinar si el conductor ha consumido alcohol, drogas, estimulantes, estupefacientes u otras sustancias análogas.

pruebas de alcoholemia y de consumo de drogas-VMT
La Ley de Transporte Terrestre prohíbe conducir tras haber consumido alcohol, estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para manejar. / Foto: Cortesía Viceministerio de Transporte

Qué ocurre si la prueba resulta positiva

El artículo 66-A establece que las pruebas para detectar consumo de alcohol, drogas, estimulantes, estupefacientes u otras sustancias análogas serán realizadas por personal médico del Viceministerio de Transporte y por médicos del sector público autorizados por la Dirección General de Tránsito.

La normativa señala que las pruebas toxicológicas se realizarán con dispositivos bajo control metrológico debidamente calibrados. El resultado será certificado por el perito que realizó la prueba y será considerado plena prueba para el proceso judicial y administrativo correspondiente.

El mismo artículo indica que, si la prueba resulta positiva, se configura el delito de conducción peligrosa contemplado en el Código Penal. En ese caso, el conductor será remitido al Ministerio Público para el procedimiento correspondiente.

Si una prueba resulta positiva, la ley establece que se configura el delito de conducción peligrosa y el conductor será remitido al Ministerio Público. / Foto: Cortesía Viceministerio de Transporte

Multas por conducir bajo efectos de alcohol o drogas

La Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial clasifica las infracciones de tránsito y seguridad vial en leves, graves y muy graves, según el artículo 117. En el apartado de multas muy graves se incluye negarse a la realización de pruebas establecidas para detectar posibles intoxicaciones por alcohol, drogas, estimulantes, estupefacientes u otras sustancias análogas.

La ley señala que negarse a la realización de esas pruebas contempla una multa de $150, sin perjuicio de otras consecuencias jurídicas establecidas en la normativa. También incluye como multa muy grave conducir bajo los efectos de bebidas embriagantes, estupefacientes o enervantes.

La infracción aplica “sin perjuicio del grado de alcoholemia o el grado de intoxicación o sustancia consumida”. La multa consignada para esta conducta es de $150.

💡
¿Qué deseas ver ahora?