VMT realiza pruebas de alcohol y drogas a conductores ¿Qué pasa si dan positivo?
La Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial establece en el artículo 66 que se prohíbe conducir cualquier vehículo tras haber consumido estupefacientes o medicamentos.
El Viceministerio de Transporte informó este 1 de junio que realizó pruebas de alcoholemia y de consumo de drogas a conductores de autobuses y microbuses en diferentes terminales del transporte público colectivo. La institución señaló que estas acciones se ejecutan “a fin de garantizar que brinden el servicio de manera adecuada y segura”.
La Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial establece en el artículo 66 que se prohíbe conducir cualquier vehículo tras haber consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para manejar. La Ley también prohíbe conducir vehículos tras haber ingerido alcohol en cualquier concentración por litro de sangre o en aire espirado.
El mismo artículo indica que todo conductor de vehículo automotor, cuando la autoridad competente lo requiera, está obligado a someterse a pruebas directas en sangre o indirectas en aire espirado. Estas pruebas buscan determinar si el conductor ha consumido alcohol, drogas, estimulantes, estupefacientes u otras sustancias análogas.

Qué ocurre si la prueba resulta positiva
El artículo 66-A establece que las pruebas para detectar consumo de alcohol, drogas, estimulantes, estupefacientes u otras sustancias análogas serán realizadas por personal médico del Viceministerio de Transporte y por médicos del sector público autorizados por la Dirección General de Tránsito.
La normativa señala que las pruebas toxicológicas se realizarán con dispositivos bajo control metrológico debidamente calibrados. El resultado será certificado por el perito que realizó la prueba y será considerado plena prueba para el proceso judicial y administrativo correspondiente.
El mismo artículo indica que, si la prueba resulta positiva, se configura el delito de conducción peligrosa contemplado en el Código Penal. En ese caso, el conductor será remitido al Ministerio Público para el procedimiento correspondiente.

Multas por conducir bajo efectos de alcohol o drogas
La Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial clasifica las infracciones de tránsito y seguridad vial en leves, graves y muy graves, según el artículo 117. En el apartado de multas muy graves se incluye negarse a la realización de pruebas establecidas para detectar posibles intoxicaciones por alcohol, drogas, estimulantes, estupefacientes u otras sustancias análogas.
La ley señala que negarse a la realización de esas pruebas contempla una multa de $150, sin perjuicio de otras consecuencias jurídicas establecidas en la normativa. También incluye como multa muy grave conducir bajo los efectos de bebidas embriagantes, estupefacientes o enervantes.
La infracción aplica “sin perjuicio del grado de alcoholemia o el grado de intoxicación o sustancia consumida”. La multa consignada para esta conducta es de $150.
