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Agentes del CAM-multas

Multan a 3 personas por ingerir bebidas alcohólicas en lugar público

La ordenanza para la convivencia también establece sanciones para las personas que participen o promuevan escándalos en estado de ebriedad.

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Resumen del artículo:

Tres personas fueron sancionadas por el Cuerpo de Agentes Metropolitanos (CAM) tras ingerir bebidas alcohólicas en una gasolinera ubicada sobre el bulevar Constitución, informó La Prensa San Salvador Centro. La acción está contemplada en el artículo 46 de la Ordenanza para la Convivencia Ciudadana de San Salvador Centro, que prohíbe el consumo de alcohol en aceras, parques, vías, parqueos y otros lugares públicos. La normativa también establece multas que van desde los 51 hasta los 900 dólares. Además, contempla sanciones para quienes participen o promuevan escándalos o desórdenes en estado de ebriedad en espacios públicos o privados.

La Prensa San Salvador Centro informó que el Cuerpo de Agentes Metropolitanos (CAM) multó a 3 personas por ingerir bebidas alcohólicas en una gasolinera del bulevar Constitución, una práctica prohibida en la Ordenanza para la Convivencia Ciudadana de San Salvador Centro.

De acuerdo con la publicación, las sanciones fueron impuestas por consumir bebidas alcohólicas en un lugar no autorizado. La ordenanza establece restricciones para ingerir este tipo de bebidas en espacios públicos dentro del municipio.

Lugares prohibidos para ingerir alcohol

El artículo 46 de la Ordenanza para la Convivencia Ciudadana de San Salvador Centro prohíbe ingerir bebidas alcohólicas en:

  • Aceras
  • Parques
  • Vías
  • Parqueos
  • Cualquier otro lugar público
La ordenanza también sanciona a la venta y suministro de cualquier tipo de bebida alcohólica sin contar con la autorización correspondiente por parte de esta Municipalidad. / Foto IA

Multas por consumo de alcohol en lugares no autorizados

El mismo artículo señala que la sanción puede oscilar entre los cincuenta y un dólares y los novecientos dólares de los Estados Unidos de América.

La normativa también establece que la sanción aplica para las personas que:

  • Provoquen desórdenes en lugares públicos o privados
  • Perturben la tranquilidad pública de los habitantes
  • Participen o promuevan escándalos en estado de ebriedad
CAM-bebidas alcoholicas
El consumo de bebidas alcohólicas en aceras, vías, parqueos y otros espacios públicos está prohibido por la Ordenanza para la Convivencia Ciudadana de San Salvador Centro. / Foto IA
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