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Sala de lo Constitucional no ha resuelto habeas corpus del régimen de excepción

Familiares presentaron 416 solicitudes en la secretaría de la Sala, del 27 de julio al 28 de agosto, de las cuales no resolvió ninguna en el periodo observado.

Por Lissette Lemus | Sep 22, 2022- 21:30

En mayo, decenas de madres de detenidos llegaron ante la CSJ para presentar recursos de habeas corpus a favor de sus hijos. La escena se ha repetido varias veces. Foto EDH / archivo

Un total de 1,825 peticiones de habeas corpus han sido presentadas ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) desde que inició el régimen de excepción hasta la cuarta prórroga, según datos recopilados por la Oficina de Asesoría Legal y Anticorrupción de El Salvador (Alac).

Entre el 27 de julio y 28 de agosto, correspondiente a la cuarta prórroga, fueron presentadas ante la CSJ 496 peticiones de habeas corpus, de los cuales 89% (442) no fueron resueltas al finalizar el periodo, señaló Alac.

En las peticiones correspondientes a esa fase, la sede judicial que registró más solicitudes fue la secretaría de Sala de lo Constitucional con un total de 416 solicitudes, de las cuales no resolvió ninguna en el periodo observado.

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No es la primera vez que la Sala de lo Constitucional deja sin resolver, al final de cada período, las peticiones presentadas por los ciudadanos.

En la tercera prórroga, del 27 de junio al 27 de julio, la Sala de lo Constitucional recibió a través de su secretaría 565 peticiones de habeas corpus, de las cuales estaban pendientes de resolver 563, al final de esa fase.

En tanto, en la segunda prórroga del régimen, la Sala recibió 173 solicitudes, en la primera prórroga 197 y en el régimen inicial 86, de las cuales hasta el 27 de julio no había resuelto ninguna de esas solicitudes.

Wilson Sandoval, coordinador de Alac, considera que la Sala de lo Constitucional ha asumido una postura política con consecuencias jurídicas, que busca ser coherente con la política de seguridad pública del Ejecutivo.

“No resolver habeas corpus viene a complementar esta narrativa que indica que todos los que están siendo detenidos son pandilleros o están asociados con un acto ilícito”.

Además: "No queremos un país que va rumbo a la dictadura": Salvadoreños marcharon contra abusos en régimen de excepción

Para Sandoval, esto es preocupante porque ya la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ha reiterado que los habeas corpus no pueden aplazarse, es decir, la ciudadanía debe tener garantías para defenderse ante una detención ilegal.

“La Sala de lo Constitucional juega un rol en propiciar que la política de Seguridad del Ejecutivo, pueda implementarse sin ningún obstáculo, a pesar de que se tiene evidencia que es atentatorio contra los derechos humanos”, puntualizó.

Para Celia Medrano, defensora de Derechos Humanos, dar respuesta a recursos de habeas corpus interpuestos por personas afectadas y dañadas por el régimen de excepción, cuestiona al régimen mismo.

“Es un talón de Aquiles de esta medida: la injusticia y la arbitrariedad de las detenciones que se han efectuado”, asegura.

Medrano agrega que una autoridad electa arbitrariamente, no reconocerá violaciones a derechos humanos cometidas por los poderes que la eligieron.

Según el último informe de Cristosal, en conjunto con otras organizaciones sociales, hasta el 31 de agosto, fueron registradas 3,186 denuncias por violaciones a los derechos humanos, cometidas por agentes del Estado durante el régimen de excepción.

Además, organizaciones sociales y medios de comunicación han contabilizado hasta la fecha la muerte de 79 personas mientras permanecían en custodia del Estado.

También: Procurador de Derechos Humanos reconoce que hay muertes de personas detenidas dentro del régimen de excepción

¿Qué es un habeas corpus?

El habeas corpus es una herramienta que permite solicitar auxilio ante la Corte Suprema de Justicia, cuando una persona ha sido detenida de manera ilegal o injusta, es decir que usted ha sido encarcelado sin haber cometido un delito.

La petición debe hacerse por escrito y puede ser presentada por cualquier ciudadano en la secretaría de la Sala de lo Constitucional o en las Cámaras de Segunda Instancia, de la Corte Suprema de Justicia.

El escrito debe incluir datos como el nombre del detenido, el delito del que lo acusan y el relato de cómo fue detenido.

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