Sala de lo Constitucional frenó ola de decretos de Bukele por violar derechos de ciudadanos

Los magistrados dicen en su fallo que nunca se presentó documentación adecuada por la pandemia. Además, el Ejecutivo, usurpó funciones que le correspondían a la Asamblea.

descripción de la imagen
Foto EDH / Archivo

Por Óscar Iraheta

2020-06-09 9:40:14

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia le declaró inconstitucional todos los decretos emitidos por el presidente Nayib Bukele relacionados a la emergencia por el COVID-19, debido a la falta de documentación y a la violación a las libertades y derechos de los ciudadanos, según el último fallo la noche del lunes.
Paralelamente, durante toda la emergencia, el tribunal constitucional le ordenó al Ejecutivo garantizar la salud y no violentar los derechos de los ciudadanos al detenerlos y enviarlos a los más de 80 centros de retención que creó el gobierno. Esa orden no fue acatada por el gobierno.

En el más reciente fallo, los magistrados reiteraron las ilegalidades que el Ejecutivo hizo en los nueve decretos que emitió durante la emergencia desde el 30 de marzo, que se emitió el decreto 14, hasta el 2 de junio, donde se publicó el decreto 29.

En síntesis, la Sala dice que el Ejecutivo “no documentó y ni acreditó suficientemente las razones que justificaban la suspensión de los derechos constitucionales concernidos en los decretos como la medida idónea para garantizar el derecho a la salud de la población salvadoreña en el contexto de pandemia”.

Para los magistrados, “el Órgano Ejecutivo en el ramo de salud carece de competencia para emitir una normativa que suspenda derechos fundamentales de los ciudadanos”.

El pasado 8 de abril, una semana después de que el gobierno emitió el primer decreto que ordenaba a la Policía capturar a las personas que incumplieran la orden, la Sala le prohibió al Presidente de la República, a la Policía Nacional Civil, a la Fuerza Armada y a cualquier otra autoridad, “que tenían constitucionalmente prohibido privar de libertad en la forma de confinamiento o internamiento sanitario forzoso a las personas” que incumplieran la orden de cuarentena domiciliar, mientras la Asamblea Legislativa no emitiera una ley formal en la que se establezca dicha medida legal.

Una semana después, los magistrados reiteraron que la Policía no debía detener arbitrariamente a personas ni proceder al decomiso de vehículos, entre otras medidas restrictivas.

Te puede interesar: Sala prohíbe a Gobierno declarar emergencia por su cuenta

Los magistrados le ordenaron a la Asamblea crear una nueva ley que regulara los procesos y le afirmaron que sus fallos no eran peticiones ni estaban sujetos a interpretaciones, sino que eran de obligatorio cumplimiento”, algo que el Ejecutivo y la Asamblea no cumplieron.

El presidente Bukele no solo desafió la orden judicial de estricto cumplimiento, sino que acusó a los magistrados “de ordenarle dejar morir a gente”.

Los cercos ilegales

El 17 de abril, el Ejecutivo publicó en el Diario Oficial una orden ministerial donde se realizó un cerco sanitario, por 72 horas, sin la autorización de la Asamblea. También ordenó restringir el derecho al libre tránsito en las 262 municipalidades.

Cinco días después, la Federación Internacional de Derechos Humanos y Justicia (FIDHJ) presentó una demanda, a la Sala para que suspendiera los cercos militares y toques de queda impuestos por el Gobierno.

Sin embargo, la Sala no se pronunció en la demanda, pero días atrás había establecido en su resolución 148-2020, que “detener a una persona por el hecho de incumplir la cuarentena domiciliar ordenada por el Gobierno era privación de libertad y no es permitida por ninguna ley y tampoco puede ser avalada por un decreto ejecutivo”.

Otro revés que dieron los magistrados al Ejecutivo fue el 18 de junio, cuando la Sala declaró inconstitucional el decreto número 18, por el que el Gobierno de Bukele amplió el estado de emergencia, usurpando funciones de la Asamblea Legislativa.

Ese mismo día, los magistrados admitieron otra demanda que presentó el Fiscal General de la República, Raúl Melara, para declarar la inconstitucionalidad del referido decreto, en el cual se había establecido el “Estado de emergencia nacional de la pandemia por COVID-19 por 30 días más”.

Ayer, el fiscal general Melara reiteró que la Fiscalía velará por el cumplimiento del fallo de la Sala sobre la inconstitucionalidad de la cuarentena domiciliar que ya superó los 80 días.

“La Sala se ha pronunciado sobre la legalidad y efectos de toda la normativa emitida con respecto a la pandemia. Ahora, nuestra misión es asegurarnos que nadie incumpla lo ordenado; y si esto sucede, actuaremos de manera inmediata en contra de los infractores”, afirmó Melara en su cuenta de Twitter.