La Sala declara inconstitucional la cuarentena domiciliar y le deja vigencia de 4 días

Sin embargo, mantiene viva la actual cuarentena por cuatro días para que Presidencia y Asamblea aprueben una ley que no riña con la Constitución. Inhabilita al Ejecutivo a seguir emitiendo decretos que limiten derechos ciudadanos.

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Foto EDH /Archivo

Por Ricardo Avelar

2020-06-09 6:35:32

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró inconstitucional el decreto ejecutivo 29 con el cual el Ejecutivo busca que se rija actualmente la cuarentena domiciliar obligatoria, y mediante el que se extendieron por otros 15 días las mismas medidas de restricción de derechos ciudadanos.

Sin embargo, no significa que la cuarentena se rompa desde este martes. El tribunal constitucional le dio cuatro días a las autoridades para emitir una nueva ley apegada a la Constitución, libre de los vicios que tenían los decretos que la respaldan y que se prestaban a restringir ilegalmente derechos fundamentales de los salvadoreños. Esto porque es “consciente de que existe una pandemia en el país, que debe ser afrontada responsablemente, pero en el marco del respeto a la Constitución…”.

La Sala establece que esto se debe a que el “Órgano Ejecutivo en el ramo de salud carece de competencia para emitir una normativa que suspenda derechos fundamentales“.

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Si después de ese plazo de 4 días el Ejecutivo y el Legislativo no han acordado un proyecto amparado en la Constitución y el reconocimiento de derechos, “se permitirá la libre circulación inmediata y se generaría el riesgo razonable de diseminación de COVID-19”, dice la Sala.

El máximo tribunal declaró inconstitucionales varios decretos, tanto legislativos como ejecutivos, que respaldaban el régimen de excepción que se declaró al inicio de la cuarentena, pues no se justificó suficientemente las razones para suspender derechos fundamentales de los salvadoreños.

Entre ellos figuran los decretos que el Ejecutivo emitió en abierta usurpación de funciones a la Asamblea Legislativa.

“Decláranse inconstitucionales por conexión, de un modo general y obligatorio, los Decretos Ejecutivos n° 5, 12, 18, 22, 24 y 25 (normas de desarrollo de los decretos legislativos emitidos en el contexto de la pandemia por COVID-19 con efectos de cuarentena domiciliar obligatoria en todo el país) y los Decretos Ejecutivos n° 14, 19, 21 y 26 y la Resolución Ministerial n° 101 (normas autónomas que producen efectos de cuarentena domiciliar obligatoria en todo el país), por violación al artículo 131 ordinal 27° de la Constitución”, dice la sentencia emitida la noche del lunes.

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Finalmente, la Sala de lo Constitucional inhabilita al Ejecutivo a replicar los aspectos señalados como inconstitucionales. Es decir, no podrá seguir emitiendo decreto tras decreto ejecutivo limitando derechos constitucionales.

Advierte la Sala de lo Constitucional: “De replicarse (estos decretos), no producirán efecto jurídico constitucional alguno”.

A juicio de la Sala, estos decretos rompen lo que ordena el numeral 27 del artículo 131 de la Constitución que desarrolla las atribuciones de la Asamblea Legislativa y expresa que esta debe “suspender y restablecer las garantías constitucionales”.

La Sala también declaró inconstitucional la Ley de Restricción Temporal de Derechos Constitucionales (estado de excepción) por no haberse documentado lo suficiente las razones de suspender derechos “como medida idónea” para proteger a la gente de COVID-19.

El Diario de Hoy quiso conocer vía Whatsapp la opinión del asesor jurídico de la Presidencia, Javier Argueta, pero al cierre de esta nota no había contestado.

En su cuenta de Twitter, Argueta se quejó de que la Sala había dejado al país sin emergencia y sin cuarentena, ignorando que este tribunal le dio 4 días de vigencia al decreto 29, mientras Ejecutivo y Legislativo se ponen de acuerdo. “Sean responsables de lo que viene”, le dijo el funcionario de Casa Presidencial al tribunal constitucional.

80 días de cuarentena con decretos sin apego a la Constitución

Este martes 9 de junio se cumplen los 80 días de confinamiento estricto en el territorio nacional. El Salvador no es solo uno de los países con las medidas de cierre más largas, sino que también ha ingresado a la negra lista de países que han respondido a la crisis con excesos de poder y sin un plan de normalización como han advertido analistas políticos y económicos.

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El constitucionalista Enrique Anaya, quien advierte que ninguno de los decretos ejecutivos emitidos desde el 21 de marzo, cuando el presidente ordenó este confinamiento, ni la misma Ley de Cuarentena aprobada por el Legislativo han sido apegados a la Constitución.

“Los alegatos jurídicos de Casa Presidencial y sus asesores son burdas mentiras, ofensivas mentiras y groseras distorsiones”, expresó categóricamente Anaya, quien añadió que el ramo Ejecutivo no tiene potestad para decretar cuarentena ni restringir derechos fundamentales.

El Salvador vive una “decretitis”. Desde el 21 de marzo, se ha emitido 74 instrumentos normativos para regular la cuarentena y la emergencia que terminan confundiendo a la población. Estos se dan a conocer en redes sociales, en ocasiones pocas horas antes de su entrada en vigencia, con lo que no hay suficiente publicidad para garantizar que la ciudadanía se entere de las restricciones y tome las medidas necesarias.