Quitar los seguros a la Constitución pone en riesgo derechos fundamentales

La actual Constitución está hecha para que sea complicado modificarla, esto con la finalidad de que no esté sujeta a vaivenes coyunturales.

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Por Enrique Miranda

2021-08-22 9:30:26

Uno de los riesgos que, según abogados, encarna modificar la Constitución para que mediante referéndum pueda ser modificada es que la Carta Magna pueda estar sujeta a cambios que vayan contra derechos fundamentales o tratados internacionales.

Actualmente, la Constitución puede ser reformada por la Asamblea Legislativa en dos períodos consecutivos. La primera aprobación de la reforma requiere la mayoría simple, es decir 43 votos. En la siguiente legislatura el cambio debe ser ratificado con mayoría calificada, es decir 56 votos.

Este sistema impone dos seguros: uno de tiempo, pues requiere como mínimo tres años para que el cambio entre en vigencia. El segundo es el del consenso, pues desde 1992 en que se firmaron los Acuerdos de paz que son considerados el inicio de la democracia en el país, ningún partido político había acumulado la mayoría calificada en la Asamblea Legislativa como desde este 1 de mayo lo tiene el partido oficialista Nuevas ideas.

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Pero una de las propuestas del equipo que lidera el vicepresidente Félix Ulloa para los cambios a la Constitución implica que las reformas a la Carta Magna sean ratificadas mediante un referéndum, es decir que la gente vote si está a favor o en contra de determinado tema siempre y cuando el tema a decidir haya sido una propuesta de campaña del funcionario de elección popular que la impulse, es decir el Presidente de la República o bancada legislativa, aunque estos detalles no han sido revelados por el equipo Ad hoc.

Esta propuesta haría más laxos los controles temporales y de consenso, pues abogados consideran que un referéndum se presta a campañas encaminadas a orientar el voto de la ciudadanía omitiendo información o manipulándola.

Para Eduardo Escobar, de Acción Ciudadana, el legislador sirve de moderador entre las peticiones de la población y el entramado jurídico del país que busca garantizar los derechos fundamentales de los salvadoreños y además de las minorías, es decir, la pluralidad de pensamiento.

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“Pongamos por caso que se quiere incluir la pena de muerte. ¿Qué pasaría en ese caso con el proceso actual de reforma? Aunque la voluntad popular pueda ser aprobemos la pena de muerte, la asamblea como sabe que hay convenios internacionales que lo prohíben, y jurisprudencia que lo prohíbe el legislador aunque la gente lo pida no lo va aprobar”, razonó el abogado.

Y añade: “El procedimiento actual implica modular los deseos populares que pueden ir en contra de la protección de los derechos fundamentales, para eso sirve el legislador porque conoce mejor las implicaciones jurídicas e internacionales de una decisión de ese tipo, por eso no todo se aprueba, porque hay una implicación”, detalló.

Por eso, esta propuesta de quitar rigidez a la Constitución no es bien vista por el director de Acción Ciudadana pues abre la puerta a la manipulación.

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“Lo que están proponiendo de que ponga referéndum al final puede provocar que pierda carácter de permanencia y vuelva e l proceso no rígido. Una correlación coyuntural puede cambiar la constitución con una buena campaña que tergiverse o aprovechando la popularidad de un personaje ratificar la reforma se abre la posibilidad de cambiarla al antojo”, opinó el experto.

En términos similares se expresó el abogado constitucionalista Francisco Bertrand, quien no se cierra a la posibilidad de referéndums para conocer la opinión de las mayorías, pero que las consultas no sean vinculantes, es decir que solo sean de referencia o insumo para que los funcionarios tomen decisiones.

“No me parece, la ratificación debe ser hecha vía congreso. Nada quita que se pueda hacer una consulta popular para ver que piensa la gente pero que sea vinculante no me parece que sea conveniente”, opinó el letrado.

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Bertrand recordó que la Constitución salvadoreña permite el referéndum para casos puntuales como la anexión del territorio de El Salvador a Centroamérica, pero no para temas generales.

“Lo permite para casos puntuales, cuando habla de someter reforma no es un caso puntual entonces no es tan sencillo como someter un solo punto, ese tipo de juegos de palabras no son saludables”, concluyó el abogado.