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Cómo funcionarán las nuevas multas por residuos en El Salvador

El Salvador ya tiene un procedimiento transitorio para recibir denuncias, investigar posibles infracciones y aplicar multas relacionadas con la gestión de residuos.

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Resumen del artículo:

El Salvador estrenó un régimen transitorio para que ANDRES reciba denuncias, investigue posibles infracciones y aplique sanciones relacionadas con la gestión de residuos. Las denuncias podrán presentarse de forma escrita, verbal o digital, incluso de manera anónima. El presunto infractor tendrá diez días hábiles para defenderse y aportar pruebas. El Tribunal también podrá ordenar medidas preventivas y celebrar audiencias. Las multas graves y muy graves se calcularán con base en el salario mínimo del sector comercio y servicios. Si una multa firme no se paga en 30 días hábiles, generará un interés moratorio anual del 4% sobre el monto adeudado.

Desde el 8 de agosto de 2026 están vigentes las Disposiciones Transitorias del Tribunal Sancionador de la Autoridad Nacional de Residuos Sólidos (ANDRES), publicadas un día antes en el Diario Oficial. Las reglas explican cómo se debe actuar desde que se conoce una posible infracción hasta que se emiten y ejecutan las multas.

El Acuerdo No. 57 aplica a personas naturales y jurídicas, instituciones públicas, empresas privadas, sociedades de economía mixta, entidades de gobierno y otros generadores de residuos que puedan haber incumplido la Ley Especial de Recolección, Aprovechamiento y Disposición Final de Residuos.

Las disposiciones estarán vigentes de forma transitoria, mientras este tema no sea regulado en el Reglamento General de esa ley.

"Recolectores El Salvador", como se hace llamar ANDES en redes sociales, realizan labores de limpieza de la colonia Las Margaritas en Soyapango
ANDRES cuenta con un procedimiento transitorio para investigar y sancionar infracciones relacionadas con la gestión de residuos en El Salvador. Foto retomada de @recolectoressv

Denuncias podrán presentarse incluso por medios digitales

Una de las principales novedades es que el Tribunal Sancionador podrá conocer posibles infracciones de diferentes maneras.

El proceso puede comenzar de oficio, por una denuncia ciudadana o por un oficio emitido por el director general de ANDRES.

Además, el Tribunal podrá tener conocimiento de un caso por información difundida en medios de comunicación, redes sociales, correos electrónicos u otros medios.

Las denuncias podrán presentarse de forma escrita, verbal, electrónica o digital. El acuerdo menciona correos, aplicaciones de mensajería, videos, fotografías, material de redes sociales, sistemas de videovigilancia y centros de monitoreo.

También se permiten las denuncias anónimas. En esos casos será necesario explicar qué ocurrió, identificar a la supuesta persona infractora y señalar el lugar donde sucedieron los hechos.

Cuando se reciba una denuncia anónima, el Tribunal deberá ordenar una inspección dentro de las 72 horas para comprobar lo denunciado y decidir si corresponde iniciar un procedimiento sancionador.

Las municipalidades, la Policía Nacional Civil, la Fiscalía General de la República, la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos y otras entidades públicas también podrán intervenir cuando tengan conocimiento de una posible infracción.

Así será el proceso antes de imponer una sanción

Si el Tribunal decide iniciar un procedimiento, deberá emitir una resolución en la que explique brevemente los hechos, identifique al presunto infractor y señale de forma preliminar qué infracción pudo haberse cometido.

La persona señalada tendrá diez días hábiles, contados desde el día siguiente a la notificación, para presentarse, ejercer su defensa y ofrecer pruebas.

Si no comparece después de haber sido notificada legalmente, podrá ser declarada rebelde y el proceso continuará.

Después de la etapa de defensa, el procedimiento se abrirá a pruebas por un período de entre ocho y veinte días hábiles.

Posteriormente, el Tribunal deberá señalar una audiencia oral para conocer las pruebas.

Las reglas permiten utilizar distintos medios probatorios. Entre ellos están documentos, testimonios, peritajes, fotografías, videos y otros elementos que sean legalmente admitidos.

ANDRES podrá ordenar medidas preventivas

El Tribunal también podrá ordenar medidas preventivas o cautelares cuando considere que son necesarias para evitar que continúen los efectos de una posible infracción.

Según las disposiciones, estas medidas pueden utilizarse para prevenir daños a la salud, los recursos naturales y los ecosistemas.

La norma señala que deben aplicarse de acuerdo con la intensidad y las necesidades de cada caso.

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Las denuncias anónimas también podrán activar inspecciones para verificar posibles infracciones relacionadas con residuos. Foto: IA.

¿De cuánto serán las multas?

El Acuerdo No. 57 no establece una tabla con montos específicos en dólares para cada infracción.

Lo que sí indica es que el Tribunal deberá imponer una multa por cada infracción que se compruebe.

Para las infracciones graves y muy graves, el monto se calculará tomando como base el salario mínimo mensual vigente del sector comercio y servicios en el momento en que ocurrió la infracción.

En el caso de algunas infracciones leves, la multa podrá ser sustituida por asistencia obligatoria a programas de sensibilización y educación ambiental o por trabajo comunitario no remunerado, según las condiciones establecidas en las disposiciones.

Qué pasa si una multa no se paga

Cuando una sanción por una infracción grave o muy grave quede firme, el Tribunal emitirá un Mandamiento de Ingreso.

Si la sanción consiste en una multa, la persona infractora tendrá un máximo de 30 días hábiles para pagarla.

Si no realiza el pago dentro de ese plazo, se aplicará un interés moratorio del 4 % anual sobre el monto pendiente, calculado desde el día siguiente al vencimiento hasta que la deuda sea cancelada.

Si una resolución firme no se cumple total o parcialmente, el Tribunal podrá certificar las actuaciones y solicitar al fiscal general de la República la ejecución de la sanción.

Las nuevas disposiciones estarán vigentes hasta que el procedimiento sancionador sea regulado en el Reglamento General de la Ley Especial de Recolección, Aprovechamiento y Disposición Final de Residuos.