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Asamblea aprobó ley que eleva precios a trámites de productos médicos

La DNM vio necesario actualizar los pagos en concepto de derechos por servicios, licencias de los productos y establecimientos regulados.

Por Jessica García | Sep 19, 2023- 16:58

Según Inquifar, la industria farmacéutica en el país ha invertido unos $90 millones para modernizarse desde 2014. Foto: Archivo

La Asamblea Legislativa aprobó la Ley Especial de Precios por servicios de la Dirección Nacional de Medicamentos que incrementa y añade costos a los registros sanitarios, análisis y auditorías a productos médicos, cosméticos, químicos y productos de limpieza. La medida obtuvo 66 votos a favor.

Uno de los nuevos cobros que hará la institución serán los cobros de mantenimiento para la vigilancia en el mercado, por un valor de $35 para productos cosméticos y de $100 para los productos médicos.

Según las gremiales de la industria farmacéutica y los diputados serán las empresas quienes asumirán “cualquier costo adicional” y no los consumidores, por lo que han hecho énfasis en que no subirá el costo de los medicamentos. Lo que no se especificó es que el aumento sí lo vayan a asumir los productos cosméticos o de limpieza.

Una de las modificaciones hechas para los derechos anuales de comercialización de productos farmacéuticos es que antes los productos de carácter nacional Tenían un costo de $50 y los extranjeros de $75, mientras que ahora el dicho proceso costará entre 1000 a 1500 dólares.

También, la liberación o extensión de lotes de productos biológicos estaba pensada para que costara $96 pero su valor incrementó a $100, según la propuesta aprobada.

La Dirección Nacional de Medicamentos (DNM) redujo un poco el costo de algunos servicios, tal como fue el caso de la próxima cuota anual de mantenimiento de vigilancia, el cual inicialmente se propuso que costara $120, pero solicitó que solamente fueran $100 anuales.

La nueva le, cuya vigencia iniciará de manera progresiva en 2024, permitirá estar exentos del pago de los derechos previstos en esta ley todas las instituciones públicas nacionales incluidos el Instituto Salvadoreño del Seguro Social.

Además, estarán exentos, con previa autorización de la DNM, las asociaciones y fundaciones sin fines de lucro debidamente inscritas en el ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial, cuyo objeto o finalidad sea la prestación de servicios de salud debidamente autorizados y de forma gratuita, sin perjuicio de la vigilancia y control que deberá realizar la DNM.

Asimismo, estarán exentos de pago los trámites relacionados a medicamentos huérfanos y los presentados por los pacientes cuando el medicamento o dispositivo médico no se encuentre en el mercado. García explicó que es para aquellas personas con enfermedades extrañas, cuyos medicamentos no se encuentren en el país, por lo que no pagarán la inscripción en la DNM.

Además, la importación de artículos para uso personal estará exentos de los pagos previstos en la ley cuando el monto de la misma no supere el valor de un salario mínimo mensual ($365).

Las cuotas anuales de mantenimiento para la vigilancia de mercado contempladas en la propuesta de ley se aplicarán solamente para aquellos productos registrados, importados o de fabricación nacional que estén siendo comercializados en territorio nacional.

La justificación.

Según la DNM era necesario actualizar los pagos en concepto de derechos por servicios, licencias de los productos y establecimientos regulados por la dirección Nacional de medicamentos, garantizando la seguridad, calidad y eficacia de los productos.

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