Asamblea Legislativa juramenta a magistrados suplentes de la Corte Suprema de Justicia
La Asamblea Legislativa eligió y juramentó a tres magistrados suplentes de la Corte Suprema para cubrir ausencias temporales en el sistema judicial.
La Asamblea Legislativa eligió y juramentó a Claus Arthur Flores Acosta, Joaquín Osmar Vallejos Díaz y Jesús Ulises García como magistrados suplentes de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), quienes serán asignados a distintas salas según las necesidades del órgano judicial.
La elección se realizó con 57 votos, en cumplimiento del artículo 131 de la Constitución, que establece la facultad del Órgano Legislativo de nombrar a los magistrados mediante votación nominal y pública.
Los nuevos funcionarios tendrán como función cubrir ausencias temporales de magistrados propietarios, con el objetivo de mantener la continuidad del trabajo en la CSJ.

Cómo fue el proceso de elección
Según lo expuesto durante la sesión, el proceso incluyó entrevistas públicas y la revisión de hojas de vida, las cuales estuvieron disponibles para consulta.
Perfil de los magistrados suplentes
Claus Arthur Flores Acosta será designado para la Sala de lo Constitucional. Cuenta con experiencia como magistrado de cámara en materia de familia en la zona occidental y ha ejercido como juez en distintas jurisdicciones. Su periodo como suplente concluirá el 15 de noviembre de 2027.
Joaquín Osmar Vallejos Díaz es abogado y notario, con formación académica en la Facultad de Ciencias y Humanidades de la Universidad de El Salvador. Su cargo finalizará en 2033.
Por su parte, Jesús Ulises García tiene trayectoria dentro del sistema judicial desde 1981, especialmente en labores de formación en la Corte Suprema de Justicia. Su periodo también concluirá en 2033.
Requisitos para el cargo
De acuerdo con el artículo 176 de la Constitución, los aspirantes a magistrados deben ser salvadoreños por nacimiento, mayores de 40 años, abogados de la República y contar con moralidad y competencia notorias.
También deben acreditar experiencia como magistrados de segunda instancia durante seis años, como jueces de primera instancia por nueve años o haber ejercido la abogacía por al menos 10 años, además de estar en el pleno goce de sus derechos ciudadanos en los seis años previos a su elección.
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