EPAPER Reformas a la Constitución | Precios de la gasolina | Torneo Clausura 2024 | Espectáculos

Asamblea retira de agenda reforma a ley de CEFAFA para que pueda fabricar productos farmacéuticos

Se excluirá de la aplicación de la Ley de Compras Públicas los suministros al Sistema de Sanidad Militar que se realicen con fondos provenientes de las utilidades de CEFAFA

Por Susana Peñate | Feb 28, 2024- 12:10

La reforma a la ley de CEFAFA incluye que pueda producir y fabricar productos farmacéuticos y hospitalarios. Imagen Cortesía

La Comisión de Defensa de la Asamblea Legislativa aprobó este martes el dictamen favorable para que se reforma la Ley de Creación del Centro Farmacéutico de la Fuerza Armada (CEFAFA) que le otorgaría nuevas nuevas funciones en producción, fabricación, distribución de productos farmacéuticos, hospitalarios e insumos médicos.

El dictamen, que retoma la propuesta enviada por el ministro de la Defensa, René Francis Merino Monroy, se agendó en la sesión plenaria de este miércoles; pero pasadas las 6:00 de la tarde a petición del diputado Caleb Navarro, se retiró el dictamen de la agenda y se continuó con la aprobación de dos piezas de correspondencia por dispensa de trámites..

De acuerdo al articulado leído en la sesión de la comisión del lunes, con algunas diferencias respecto a la propuesta que ingresó el 16 de enero de 2024 al órgano Legislativo, el CEFAFA tendría autonomía administrativa, técnica, normativa, económica y financiera.

Se agrega al artículo 1 que la finalidad principal es “suministro de productos farmacéuticos y hospitalarios, dispositivos e insumos médicos y similares que se requieran para la atención médica integral de los miembros de la Fuerza Armada y su grupo familiar; asimismo, la producción, fabricación, suministro, distribución, importación, exportación, almacenamiento, comercialización, entre otras actividades relativas a las farmacias, droguerías y laboratorios de productos farmacéuticos y hospitalarios”.

Se mantiene en sus funciones el suministro para el apoyo a la Sanidad Militar en dispositivos, insumos médicos, productos farmacéuticos y hospitalarios.

CEFAFA también podrá colaborar en el mantenimiento de infraestructura del sistema de Sanidad Militar, incluso en la construcción, remodelación y mejoras.

En cuanto a la actividad comercial, la ley vigente establece funciones de comercialización de productos farmacéuticos, similares y otros productos vendidos en establecimientos farmacéuticos. Con la reforma se le permitirá la comercialización de medicamentos, insumos médicos o dispositivos, productos farmacéuticos, hospitalarios, materia prima a través de sus farmacias, droguerías, laboratorios y botiquines.

También la podrá hacer implementar el suministro de todos esos productos a través de convenios interinstitucionales que suscriba. “CEFAFA podrá realizar cualquier actividad y operación comercial que tenga relación directa o indirecta para el cumplimiento de sus fines”, indica el proyecto.

DE INTERÉS: "El Cecot es parte de la tregua con las pandillas": Ingrid Escobar

La reforma excluye a CEFAFA de aplicar la Ley de Compras Públicas en los casos de donaciones para el suministro al sistema de Sanidad Militar y al programa de rehabilitación integral al personal de la Fuerza Armada que se realicen de fondos provenientes de sus utilidades acumuladas.

El procedimiento especial de compras “estará regulado en políticas internas” sujetas a auditorías.

“De igual forma, se podrá omitir la Ley de Compras Públicas en los casos que no exista suministro en los almacenes de medicamentos y por razones de urgente necesidad se deba atender a los elementos de la Fuerza Armada y sus familiares”, añade la modificación.

En cuanto a las exenciones tributarias de las que ya tiene, se agregan exenciones para actividades institucionales de operaciones, ingresos o “rentas de toda índole” en apoyo a Sanidad Militar, incluye la exención del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA); y también para obras de infraestructura.

Además, la reforma deroga el artículo 18 de la ley que dice que los gastos administrativos y de venta del CEFAFA durante un ejercicio fiscal, se cubrirán con una cantidad no superior al 35% del presupuesto de su Plan Operativo Anual.

MÁS SOBRE ESTE TEMA

KEYWORDS

Asamblea Farmacias Ministro De Defensa Nacional Política Ver Comentarios

Patrocinado por Taboola

Te puede interesar

Ver más artículos

Inicio de sesión

Inicia sesión con tus redes sociales o ingresa tu correo electrónico.

Iniciar sesión

Hola,

Bienvenido a elsalvador.com, nos alegra que estés de nuevo vistándonos

Utilizamos cookies para asegurarte la mejor experiencia
Cookies y política de privacidad