En la Corte de Cuentas, magistrados discrepan con la presidenta por reformas a ley

La primera magistrada y el segundo magistrado del ente contralor afirman que algunas de las reformas pueden atentar contra la independencia de otras instituciones.

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Por Katlen Urquilla

2019-10-17 9:35:24

Los dos magistrados que también dirigen la Corte de Cuentas de la República discrepan con la presidenta del ente contralor por el pliego de reformas a la ley interna que ella ha divulgado, ya que afirman que hay cambios que transgrederían facultades de otras instituciones o que ya están normadas en otras leyes, y además porque no ha sido un proyecto consensuado como organismo colegiado.

La primera magistrada María del Carmen Martínez Barahona y el segundo magistrado Roberto Antonio Anzora Quiroz afirman que el anteproyecto ha sido preparado por su colega Carmen Elena Rivas Landaverde, quien preside la Corte, sin hacerles partícipes desde un inicio, sino que los incorporó hasta que ellos solicitaron la formación de una comisión técnica institucional para discutir las reformas.

Sin embargo, la presidenta de la Corte afirma a El Diario de Hoy que en un inicio les hizo el llamado a sus colegas para que como Organismo de dirección se sumaran al proyecto, pero que al ver que no tuvo el acompañamiento decidió poner a sus asesores a trabajar en el plan. Incluso, indicó que les pidió que instruyeran a la Dirección Jurídica para preparar las reformas, pero que vio una “actitud pasiva” de los magistrados.

Tanto los dos magistrados como la presidenta integran el Organismo de dirección de la Corte y sus decisiones deben ser tomadas por mayoría o por unanimidad, según la ley.

“Les he reiterado en muchas notas a los señores magistrados que se sumaran a este esfuerzo; sin embargo, no he tenido el eco. Es una lástima, porque es una reforma integral a la Corte de Cuentas que le va a dar una gran innovación”, dice la funcionaria.

El Diario de Hoy publicó el pasado 7 de octubre el pliego de reformas difundido por la presidenta el cual buscaría, entre otros puntos, incluir en la ley la fiscalización de las embajadas y consulados salvadoreños en el exterior, así como a todas las entidades, sin excepción, que usen fondos públicos; eso abarcaría a las empresas de economía mixta, es decir las que se constituyen como empresas pero usan dinero estatal.

Sin embargo, los dos magistrados consideran que fiscalizar las embajadas y las empresas de economía mixta ya se hace porque está contemplado en la ley. Ambos hacen observaciones a la mayoría de reformas plasmadas en el documento.

Anzora admite que la ley sí necesita una reforma, pero opina que debe ser estructural, que separe la función jurisdiccional de la administrativa, lo que a su juicio no se contempla en el anteproyecto divulgado por la presidenta, y además se necesitaría una reforma constitucional.

“Es una diferencia de fondo entre lo que se tendría que haber concebido y discutido primero en el Organismo de dirección y la reforma que está planteada”, dice Anzora.

El funcionario añade que “el reto principal está en definir el modelo de institución fiscalizadora que requerimos hoy por hoy. Allí es donde consideramos que era bien fundamental discutir en el Organismo de dirección y establecer la misión del modelo de institución que necesitamos desarrollar en el país”.

La magistrada Martínez coincide con su colega y considera que las reformas que han conocido no plantean cambios estructurales para lo que se necesita en el país en el proceso de fiscalización.

“Hay un clamor de muchas instituciones públicas y de la ciudadanía de que se haga una separación de la fase de fiscalización, que es la auditoría, del juicio de cuentas. Pero para ello se necesitaría una reforma constitucional. Quizá debió comenzar con la propuesta de una reforma constitucional y luego hacer un cambio estructural en la ley de la Corte de Cuentas”, dice la magistrada.

Un aspecto que destaca la funcionaria es que previamente no se tomó en cuenta la opinión de cada una de las áreas internas de la Corte de Cuentas, como las unidades de auditoría, el área de juicio de cuentas, ya que la opinión de los jueces de cuentas, de los auditores, y de los que ven la parte administrativa también es importante, así como la de organizaciones consultadas.

Pero la presidenta de la Corte asegura que sí ha participado personal de auditoría y administrativo, además de jueces. Incluso, asegura que “el proyecto ha sido bien acogido por la sociedad civil” y por organismos internacionales.

Martínez Barahona afirma que la comisión técnica es la que determinará si la reforma es viable y “si esa propuesta está acorde a nuestra realidad, si le hace frente a la necesidades que como país tenemos como el combate a la corrupción, respeto a la independencia de los poderes del Estado y no invadir competencias de otras entidades”.

Lo que sí ve positivo la magistrada dentro del proyecto de reforma es que se incorpore el juicio abreviado de cuentas, para que los procesados no deban esperar hasta dos años por una sentencia. Ella considera que ese proceso se podría realizar en casos cuando los montos cuestionados sean de menor cuantía.

También avala que la Fiscalía pueda retomar el ejercicio de dar inicio al proceso de juicio de cuentas “porque eso vendría a darle más transparencia a esta clase de juicios”, ya que por ahora está en manos de la Dirección de auditoría remitir informes con hallazgos que dan pie al inicio del juicio.

Ante los cuestionamientos de sus colegas, la presidenta de la Corte dice que espera que se sumen y lamenta que tengan una percepción negativa del proyecto de reformas.

“Esperemos, todavía estamos a tiempo, no lo hemos presentado a la Asamblea Legislativa, que ellos se sumen a este esfuerzo y no se vea como que son una piedra en el camino, sino que trabajemos en una misma dirección como el organismo de dirección que somos de la Corte de Cuentas”.

Rivas Landaverde dice que pretende presentar el proyecto a finales de este mes ante la Asamblea.

Puntos que no comparten los magistrados:

1. Auditores nombrados por la Corte:
Anzora:
“Garantizar que las unidades de auditoría interna sean independientes y tengan la capacidad de realizar efectivamente su trabajo y crear alguna relación más fuerte con las contralorías, es importante. Pero en lo que no coincidimos es que la Corte de Cuentas sea la que haga los nombramientos de los auditores internos, porque son parte de la estructura de control interno de las entidades y eso corresponde a cada institución”.

2. Nuevos tipos de auditorías:
Anzora:
“De acuerdo al artículo 32 de nuestra ley, hoy por hoy, podemos realizar auditorías financieras, operativas o de gestión, y exámenes especiales. Ahora podemos hacer auditorías de desempeño, es decir si el funcionario cumplió o no con los objetivos propuestos… y hacer auditorías de cumplimiento. Eso es positivo”.

3. Fiscalizar entidades que no auditaban:
Anzora:
“Aunque sea una ley viejita, en la de Sociedades de Economía Mixta se le da la facultad a la Corte de que las audite, lo que pasa que pone ciertas limitantes, pero sí la Corte puede auditarlas. No es necesario cambiar la ley”.

4. Fiscalizar embajadas y consulados:
Anzora:
“Eso históricamente se ha hecho. No es nuevo en la ley. En la ley no se va encontrar como embajadas y consulados, pero las embajadas son territorio nacional estén donde estén. Y los fondos públicos para que ellos operen van del presupuesto a través de Cancillería”.

5. Dar facultad a presidencia sobre deuda pública:
Martínez Barahona:
“Esa atribución tiene que regularse como está en la actual ley, porque con la reforma de la ley de la Corte de 2016 las decisiones se toman como organismo colegiado. Dentro de esas atribuciones le corresponde al Organismo de dirección hacer ese tipo de refrendas, porque la autoridad máxima después de esa reforma ya no es la presidencia. Quitarle esa facultad al Organismo de dirección y trasladarlo solo a presidencia estaría en contra del espíritu de la reforma de 2016 y violentaría el espíritu del legislador cuando hizo la reforma”.

Anzora:
“Implicaría una evasión a la máxima autoridad que ahora dirige la Corte. La representación la tiene presidencia, pero está basada en decisiones tomadas por la máxima autoridad”.

6. Calificar y autorizar firmas privadas de auditoría:
Anzora:
“Nos corresponde tener un registro de firmas privadas para que auditen instituciones públicas. La facultad que ejercemos es controlar el ejercicio de auditoría… Eso ya lo tenemos en la ley”.

Martínez Barahona:
“Eso ya lo tenemos normado, lo que pasa que no está descrito en la ley pero ya nuestro reglamento nos indica ese procedimiento”.

7. Supervisar y verificar los traspasos de gobierno:
Martínez Barahona:
“Ya lo implementamos y lo hemos realizado mediante un acuerdo, porque no es una auditoría sino que la Corte pretende coadyuvar a un traspaso transparente. Pero eso lo hacemos como un acompañamiento. La ley es un marco de referencia, no podemos poner hasta el último detalle en la ley. En esta gestión ya lo hicimos en dos ocasiones”.

Anzora: “Si lo hacemos es porque ya existe en la ley esa facultad”.

8. Transferencia de 2% a la corte de proyectos de $5 millones:
Anzora:
“No debería ser un mecanismo que quede en la ley, porque la situación financiera del país no es uniforme en el tiempo. El manejo de las finanzas públicas no debe quedar amarrado. Se debe garantizar la independencia de la institución; no es adecuado que la independencia presupuestaria se les quite a las instituciones. No para todos los proyectos vamos a requerir de especialistas o de equipos especializados”.

Martínez Barahona.
“Esa medida puede atentar contra la independencia presupuestaria de cada entidad, no pueden por cada proyecto dejar un 2% para la Corte. Allí se tendría que pensar quién lo va a administrar, cómo y en qué se va a invertir. No me parece que ese 2% se regule en la ley para capacitación o para adquisición de equipos tecnológicos, porque se supone que la Corte tiene su propio presupuesto y dentro de ese se puede prever la compra de equipo o contratar talento humano capacitado, ¿por qué se lo vamos a cargar a otra entidad?”

9. candidatos deben tener finiquitos:
Anzora:
“Eso ya está regulado en el Código Electoral; lo que debería hacerse es una integración de ambos cuerpos normativos, porque cualquier candidato a un puesto de elección popular tiene que presentar su constancia o su finiquito”.