¿Ganás menos de $550? Hacienda advierte que igual debés declarar renta antes de este 30 de abril
El cambio en el monto mínimo de retención ha generado confusión, pero el Ministerio de Hacienda recalca que no elimina la obligación de presentar la declaración. Tomá nota
Por
Leidy Puente
Publicado el 29 de abril de 2026
Hacienda advirtió que el aumento del monto mínimo sujeto a retención, de $472.01 a $550.01, no elimina la obligación de presentar la declaración de renta. El director de Impuestos Internos, Marvin Sorto, llamó a no confiarse y cumplir antes del 30 de abril para evitar sanciones. Además, destacó que este año el sistema incluye ingresos, costos y gastos precargados gracias a la factura electrónica, lo que facilita el proceso. Las autoridades insisten en exigir comprobantes fiscales para aplicar deducciones. El trámite puede realizarse en línea o en centros habilitados, que operarán con horario extendido hasta la medianoche.
El ajuste en el monto mínimo sujeto a retención del Impuesto sobre la Renta ha dejado una duda clave entre los salvadoreños: ¿quiénes deben declarar? La respuesta de Hacienda es directa, el cambio no exime a nadie de cumplir con esta obligación.
El director general de Impuestos Internos, Marvin Sorto, explicó -en la entrevista Frente a Frente de TCS- que durante una parte de 2025 el monto mínimo para retención fue de $472.01, pero a partir del 1 de mayo subió a $550.01, cifra que sigue vigente actualmente.
Sin embargo, el funcionario insistió en que este incremento no debe interpretarse como una liberación del trámite fiscal.
"Del 1 de enero de 2025 al 30 de abril, el monto sujeto a retención era de $472.01, pero del 1 de mayo al 31 de diciembre ese dato cambió y el monto mínimo para poder ser sujeto de retención es de $550.01, que es el que está vigente hasta el día de hoy", dijo Sorto.
Sin embargo, “no se confíe; el hecho de que ya esté vigente el nuevo monto no significa que no tenga la obligación de presentar su declaración de impuestos sobre la renta. Ambos montos están obligados a presentar la declaración”, enfatizó el funcionario.

Plazo máximo
La advertencia llega en la recta final del periodo para declarar renta, cuyo plazo vence este 30 de abril a la medianoche. Hacienda ha reiterado que incluso quienes creen no estar obligados deben verificar su situación para evitar sanciones.
En paralelo, el ministerio destacó mejoras en el sistema que buscan facilitar el proceso. Para este ejercicio fiscal 2025, los contribuyentes ya no solo encuentran sus ingresos precargados, sino también costos y gastos asociados.
“El año pasado (…) lo único que encontraban de manera precargada eran los ingresos. Ahora (…) tienen a disposición los ingresos, los costos y gastos relacionados con el usuario”, detalló Sorto.
Este avance ha sido posible gracias a la factura electrónica, una herramienta que permite registrar de forma más completa la actividad económica de los contribuyentes y agilizar la declaración.

Por ello, Hacienda insiste en la importancia de exigir comprobantes fiscales, ya que estos respaldan los gastos que pueden deducirse.
A pocas horas del cierre, las autoridades mantienen el llamado a no dejar el trámite para último momento. El proceso puede realizarse en línea o en los centros de atención habilitados, que operarán en horario extendido.
De esta manera, aunque el monto de retención haya cambiado, la obligación de declarar sigue vigente y no cumplirla puede salir caro.
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