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La UCA denuncia audiencias masivas en régimen

Informe del OUDH afirma que dichas audiencias “afectan el derecho de acceso a la justicia”

Por El Diario de Hoy | Ago 12, 2022- 21:21

Durante los primeros 100 días del régimen de excepción, 18,215 personas capturadas en ese marco fueron llevadas ante un juez en audiencias masivas.

Así lo consigna el informe del Observatorio Universitario de Derechos Humanos (OUDH), donde se advierte que “la masividad de las audiencias daña el ejercicio del derecho de defensa y la presunción de inocencia de las personas detenidas ya que, por lo general, las y los abogados no tienen acceso previo a los expedientes, y en muy pocas ocasiones han logrado que en el momento mismo de las audiencias se les permita la lectura de las diligencias”.

El informe asegura que esa fue la experiencia de abogados del Instituto de Derechos Humanos de la UCA (IDHUCA) en los tribunales y que “esa misma circunstancia impide que los jueces y juezas realicen un examen apropiado de los casos, al tiempo que se corrobora, entre otros, una imposición mecánica de la detención provisional”.

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El informe recuerda también que el 16 de junio, el Fiscal General de la República dijo que 456 personas durante el régimen de excepción habían sido liberadas tras la primera audiencia. Pero no dio detalles sobre las condiciones en las que estas personas fueron liberadas, pues podrían haber salido con medidas alternativas a la detención provisional o podría habérseles decretado un sobreseimiento, “lo cual se relaciona a la deficiencia probatoria para fundamentar la acusación, así como, la certeza de la inexistencia del hecho o la participación del imputado”.

“Un abogado defensor que participó en una audiencia masiva señaló que la resolución del juez se produjo sin que todos los abogados defensores lograran tener participación”.

Informe 100 días de régimen de excepción en El Salvador, OUDH - UCA

Como un ejemplo de lo que ocurre en el contexto de las audiencias masivas, el informe incluye un caso consignado por este periódico. Se trata de Carlos C., quien estuvo detenido durante 45 días y recuperó su libertad después de que la Cámara de lo Penal de la Primera Sección de Occidente, en Santa Ana, le ordenó al juzgado de Instrucción de Chalchuapa ponerlo en libertad, pues determinó que a Carlos se le había violado el derecho de audiencia y de defensa técnica.

Eso ocurrió por que la oficina fiscal de Santa Ana no agregó a la acusación formal (requerimiento) el poder que Carlos le dio a una abogada particular para que lo defendiera. El derechos de audiencia le fue vulnerado, según explica el informe del OUDH, “porque el juzgado ante el cual la Fiscalía acusó a Carlos no le notificó (intimó) oportunamente los cargos por los que se le inició el proceso judicial” y por los que había sido capturado.

También: Familiares de detenidos en régimen de excepción piden que jueces actúen apegados a la ley

Monitoreo de audiencias

El OUDH monitorizó la información publicada sobre audiencias judiciales durante el régimen en las cuentas oficiales de redes sociales del Órgano Judicial, verificando criterios como el número de imputados procesados por audiencia, los delitos atribuidos (particularmente “agrupaciones ilícitas”) y los casos en que se hace referencia expresa a capturas en el marco de la implementación del régimen de excepción. El informe detalle que en abril fueron procesados 7,396 imputados en 39 audiencias masivas; en mayo fueron 8,194 imputados en 35 audiencias; en junio, 2,472 imputados en 17 audiencias; y los días 1 y 4 de julio, hubo 153 imputados en 2 audiencias masivas.

En la zona central hubo 45 audiencias masivas, 27 en la occidental, 19 en la oriental y en 2 no fue posible determinar el lugar, pues no se dio esa información en la publicación del Órgano Judicial.

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