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¿Rayar o ensuciar una infraestructura? Esto es lo que te puede costar en San Salvador

La Ordenanza para la Convivencia Ciudadana señala que la persona que deteriore bienes públicos por cualquier medio podrá recibir una sanción económica.

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Resumen del artículo:

Las personas que manchen, rayen o ensucien infraestructura pública en San Salvador Centro pueden recibir multas de entre $51 y $900, según establece el artículo 49 de la Ordenanza para la Convivencia Ciudadana. La normativa también indica que quienes causen daños deberán asumir la reparación del deterioro ocasionado. Las sanciones aplican además para quienes no respeten los espacios de expresión artística habilitados por la municipalidad o realicen manifestaciones que generen agravio. El documento municipal no detalla en este apartado cuáles serán los criterios para definir el monto específico de la multa dentro del rango establecido.

La Ordenanza para la Convivencia Ciudadana del municipio de San Salvador Centro establece sanciones económicas para quienes manchen, rayen o ensucien infraestructura pública.

Según la ordenanza, las sanciones aplican a quienes no respeten las paredes y espacios autorizados por la municipalidad o realicen manifestaciones que generen agravio.

De cuánto es la multa

El artículo 49 señala que la persona que deteriore bienes públicos por cualquier medio podrá recibir una sanción económica que puede ir desde los 51 hasta los 900 dólares de los Estados Unidos de América.

Las acciones que ameritan sanción según el Artículo 49 son:

  • Manchar
  • Rayar
  • Ensuciar infraestructura pública
Arcoiris en el Centro Historico
La ordenanza municipal contempla sanciones económicas para quienes deterioren o manchen infraestructura y bienes públicos en San Salvador Centro. Foto/ elsalvador.com

Además de la sanción económica, el artículo establece que la persona deberá asumir la reparación del daño o deterioro causado.

Espacios de expresión artística

La misma disposición señala que también recibirán la misma multa quienes no respeten las paredes y espacios de expresión artística habilitados por la municipalidad. El artículo incluye además a quienes, haciendo uso de esos espacios, realicen manifestaciones que generen agravio.

La ordenanza añade que estas sanciones se aplican “sin perjuicio de la sanción penal que pueda resultar pertinente”. El documento no amplía en este artículo cuáles serían las conductas que podrían derivar en otro tipo de proceso.

Limpieza-aseo-pasarela-desechos solidos
La ordenanza de San Salvador Centro establece que las personas sancionadas por dañar infraestructura pública también deberán asumir la reparación del deterioro causado.
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