Empleados del Ministerio de Cultura podrán trabajar como docentes en la Dirección Nacional de Formación en Artes
Una reforma a la Ley de Compras Públicas aprobada por la Asamblea Legislativa permitirá contratar a empleados del Ministerio de Cultura como docentes por horas clase en la Dirección Nacional de Formación en Artes. Te contamos los detalles
Por
Leidy Puente
Publicado el 22 de enero de 2026
La Asamblea Legislativa aprobó una reforma a la Ley de Compras Públicas que permitirá contratar a empleados del Ministerio de Cultura como docentes por horas clase en la Dirección Nacional de Formación en Artes. La modificación adiciona un literal al artículo 3 de la normativa para excluir este tipo de contratación de los procedimientos de compras públicas, siempre que no se afecte la jornada laboral ni las obligaciones de la plaza que ya desempeñan los trabajadores. La medida busca ampliar la cobertura de la educación artística, especialmente en horarios vespertinos y nocturnos, y optimizar el uso del talento especializado disponible en el Estado.
La Asamblea Legislativa aprobó una reforma al artículo 3 de la Ley de Compras Públicas que habilita la contratación de empleados del Ministerio de Cultura como docentes por horas clase en la Dirección Nacional de Formación en Artes, de acuerdo con su especialidad profesional o formación artística.
La modificación fue avalada mediante dispensa de trámites y quedó plasmada en un decreto legislativo que adiciona el literal “p” al artículo 3 de la normativa, el cual detalla los supuestos excluidos de la aplicación de la Ley de Compras Públicas.
Con este cambio, se permitirá incorporar como docentes a profesionales especializados en música, danza, artes plásticas, artes dramáticas y otras ramas artísticas que forman parte de la oferta estatal de formación.
Según el texto aprobado, la disposición aplica tanto a personal que ocupe plazas compatibles como a quienes cuenten con plazas regulares, ya sea bajo el régimen de la Ley de Salarios o mediante contratación de servicios personales.
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En todos los casos, la contratación deberá realizarse sin afectar el cumplimiento de la jornada laboral ni las obligaciones propias de la plaza que ya tengan dentro del Ministerio de Cultura.
El decreto establece de forma expresa que esta exclusión de la Ley de Compras Públicas aplica únicamente cuando la contratación sea necesaria para impartir cátedras artísticas en el marco de los programas que desarrolla la Dirección Nacional de Formación en Artes, institución encargada de la enseñanza y promoción de disciplinas artísticas a nivel estatal.

Talento humano especializado
En la iniciativa que dio origen a la reforma se señala que el Ministerio de Cultura concentra una parte significativa del talento humano especializado en disciplinas artísticas, incluyendo profesionales con amplia experiencia técnica, pedagógica y artística. Muchos de estos perfiles, además, forman parte de elencos nacionales o se desempeñan en distintas dependencias de la cartera de Estado.
No obstante, la legislación vigente limitaba la posibilidad de que estos profesionales impartieran horas clase adicionales, aun cuando existiera compatibilidad de horarios y no se comprometiera el cumplimiento de sus funciones principales. Esta restricción, según lo expuesto en el decreto, ha incidido en la capacidad del Estado para ampliar la cobertura de la educación artística, especialmente en horarios vespertinos y nocturnos.
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De acuerdo con el documento aprobado, la Dirección Nacional de Formación en Artes enfrenta limitaciones operativas para atender la demanda educativa existente, debido a que muchos de los perfiles idóneos para impartir clases ya mantienen un vínculo laboral con el Ministerio de Cultura, lo que anteriormente impedía su contratación como docentes bajo el marco legal de compras públicas.
Con la reforma, el Legislativo busca optimizar el uso del talento humano especializado disponible dentro del Ministerio de Cultura, garantizando al mismo tiempo el respeto a la jornada laboral, las obligaciones del cargo y los principios de legalidad y eficiencia administrativa que rigen la función pública.

Educación artística
Durante la sesión plenaria en la que se aprobó la reforma, ningún diputado intervino para debatir o comentar la iniciativa antes de la votación. El decreto fue avalado con los votos de las fracciones de Nuevas Ideas, PCN y PDC.
La modificación amplía el listado de exclusiones ya contempladas en la Ley de Compras Públicas, que incluye otros supuestos como convenios interinstitucionales, servicios financieros, adquisiciones estratégicas y contrataciones realizadas por entidades deportivas, entre otros casos específicos previstos en la normativa.
En el decreto también se subraya que la educación artística constituye un componente relevante para la formación integral de la población, al contribuir al fortalecimiento de la identidad cultural, al estímulo de la creatividad y a la promoción de valores sociales que inciden positivamente en la convivencia y el desarrollo humano.
La reforma entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial, momento a partir del cual el Ministerio de Cultura podrá aplicar este nuevo marco legal para la contratación de docentes por horas clase en la Dirección Nacional de Formación en Artes.
