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Los días que no podés pedir tus vacaciones anuales en El Salvador y cuánto deben pagarte

Las vacaciones anuales no solo son un derecho laboral, también están reguladas. El Código de Trabajo establece cuándo pueden iniciar, en qué fechas está prohibido y cuánto dinero debés recibir. Aquí te explicamos

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Por Leidy Puente
Publicado el 23 de enero de 2026

 

TU RESUMEN

Las vacaciones anuales son un derecho laboral regulado por el Código de Trabajo en El Salvador. Tras un año continuo de labores, los trabajadores tienen derecho a 15 días de descanso pagados con su salario ordinario más un 30 % adicional. Estas no pueden iniciar en días de descanso semanal ni en asuetos nacionales, aunque sí pueden incluirlos dentro del período. El pago debe realizarse antes de comenzar las vacaciones. La ley prohíbe compensarlas en dinero, acumularlas o fraccionarlas de forma individual. En el caso de vacaciones colectivas, existen reglas especiales sobre duración y división del período.

Tomarse vacaciones no es un favor del patrono ni una concesión especial, es una obligación legal. En El Salvador, toda persona que ha trabajado de forma continua durante un año para un mismo empleador tiene derecho a un período de descanso anual pagado, con una remuneración adicional que va más allá del salario ordinario.

Sin embargo, este beneficio tiene reglas específicas que conviene conocer para evitar abusos o malentendidos.¿Cuántos días de vacaciones corresponden y cómo se pagan?

De acuerdo con el Código de Trabajo, al cumplir un año continuo de labores, el trabajador adquiere el derecho a 15 días de vacaciones anuales. Estos días no son solo tiempo libre, van acompañados de un pago especial.

La ley establece que las vacaciones deben remunerarse con el salario ordinario correspondiente a ese período, más un recargo del 30 %. Es decir, no se trata únicamente de recibir lo mismo que una quincena normal, sino un monto adicional como compensación por el descanso.

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Los días que no podés pedir tus vacaciones anuales y cuánto deben pagarte. Foto/ Freepik

En los casos en que el patrono proporciona alimentación y/o alojamiento, la ley contempla un ajuste adicional. Si estos beneficios se suspenden durante el período de vacaciones, la remuneración debe incrementarse en un 25 % por cada prestación interrumpida.

Un punto clave, el pago de las vacaciones debe hacerse antes de que el trabajador inicie su descanso y debe cubrir todos los días comprendidos entre la salida y el regreso al trabajo.

Los días en los que está prohibido iniciar las vacaciones

Uno de los errores más comunes es creer que las vacaciones pueden comenzar cualquier día. La ley es clara, las vacaciones no pueden iniciar en días de descanso semanal ni en días de asueto.

Esto significa que, si una persona descansa regularmente sábado y domingo, sus vacaciones deben empezar un día hábil, por ejemplo, un lunes. Los días de descanso pueden quedar dentro del período vacacional, pero nunca al inicio.

Tampoco está permitido iniciar las vacaciones en días de asueto nacional. En El Salvador, estos son:

  • 1 de enero
  • Jueves, viernes y sábado de Semana Santa
  • 1 de mayo
  • 10 de mayo
  • 17 de junio
  • 6 de agosto (y en San Salvador también el 3 y 5 de agosto)
  • 15 de septiembre
  • 2 de noviembre
  • 25 de diciembre

Si alguno de estos días cae en medio del período vacacional, no se extiende la duración de las vacaciones. Es decir, los 15 días se mantienen.

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Una familia salvadoreña observa el atardecer en la playa durante Semana Santa, una de las temporadas más esperadas del año.
Vacaciones anuales en El Salvador. / Foto Freepik.

¿Quién decide cuándo se toman las vacaciones?

La ley establece que el patrono es quien fija la época en que el trabajador debe gozar de sus vacaciones. Sin embargo, también está obligado a notificar la fecha de inicio con al menos 30 días de anticipación.

Este aviso previo permite al trabajador organizar su tiempo, sus finanzas y cualquier actividad personal o familiar que tenga prevista.

El Código de Trabajo también prohíbe prácticas que aún se repiten en algunos centros laborales. Por ejemplo, no está permitido sustituir las vacaciones por dinero o bienes, ni siquiera si el trabajador está de acuerdo.

Tampoco se permite acumular ni fraccionar las vacaciones de forma individual. Así como el patrono tiene la obligación de concederlas, el trabajador tiene el deber de tomarlas.

¿Y qué pasa con las vacaciones colectivas?

Cuando una empresa decide otorgar vacaciones de forma colectiva, la normativa cambia ligeramente. En estos casos, no es necesario que el trabajador haya cumplido un año completo de servicio para gozar del descanso.

Además, si las vacaciones son colectivas, el patrono puede acordar con la mayoría de los trabajadores fraccionarlas en varios períodos dentro del año laboral. Eso sí, existen mínimos que deben respetarse:

  • Si se dividen en dos períodos, cada uno debe durar al menos 10 días.
  • Si se fraccionan en tres o más períodos, cada uno debe ser de mínimo siete días.

Conocer estas reglas no solo te ayuda a planificar mejor tu descanso, también te permite defender tus derechos laborales. Las vacaciones son una garantía legal pensada para proteger la salud, el bienestar y la estabilidad económica del trabajador salvadoreño.

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