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Imagen donde aparece un perro, un gato, un perico y animales silvestres

¿Sabías que en El Salvador el maltrato animal se castiga con cárcel?

Quien maltrate a un animal puede enfrentar de 2 a 4 años de prisión, sanciones que aumentan si hay ensañamiento o se da frente a menores de edad, según la ley salvadoreña.

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Por Karla Rodas
Publicado el 15 de agosto de 2025

 

TU RESUMEN

En El Salvador, la Ley Especial de Protección y Bienestar Animal, vigente desde 2022, sanciona el maltrato con penas de 2 a 4 años de prisión, aumentadas si hay ensañamiento o frente a menores. La norma protege tanto animales de compañía como silvestres, prohíbe su tráfico, caza ilegal y tenencia inadecuada. Establece faltas leves, graves y muy graves, con multas de $408 a $4,080 según la infracción, como no recoger excrementos o abandonarlos. También castiga delitos como zoofilia y organización de peleas. Tras la disolución del Instituto de Bienestar Animal en 2025, el MAG, Medio Ambiente y la PNC atienden denuncias.

En El Salvador, maltratar a una mascota o cualquier otro animal silvestre no solo es un acto multado, también es un delito penado. La Ley Especial de Protección y Bienestar Animal que fue aprobada en enero del 2022, establece que toda acción u omisión que cause sufrimiento, dolor, lesiones o incluso la muerte de un animal será sancionada.

Esta normativa, creada en respuesta al creciente número de denuncias por maltrato animal, reconoce a los animales como seres vivos capaces de sentir alegría, miedo y dolor. Su objetivo es proteger tanto a los animales de compañía como a los silvestres, y asegurarles una vida digna.

“La incorporación de esta ley responde en primer lugar al deber constitucional de proteger la salud pública, en un contexto donde una gran parte de la población convive diariamente con animales, pero carece de una cultura de cuidado, conciencia y un control responsable”.

Asociada senior de la firma Consortium Legal, Nemesis Guevara.

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Además añadió: “Esta situación puede generar riesgos sanitarios que afectan a toda la población y también puede afectar la convivencia social. Entonces, la ley busca fomentar el respeto por toda la forma de vida y promueve una mayor conciencia social y protección hacia los animales”.

Esta ley también incluye a los animales silvestres; para tal caso, el abogado Pablo Rusconi aseguró que aunque la ley protege principalmente a los animales de compañía (perros, gatos), también abarca a la fauna silvestre en cautiverio. 

Si bien la ley exige que estos animales sean mantenidos en hábitats adecuados que simulan el entorno natural de su especie, así mismo prohíbe su tenencia inadecuada, tráfico ilegal, caza no autorizada y uso en espectáculos sin permisos. El rescate, reubicación y liberación de animales silvestres se regulan en coordinación con el Ministerio de Medio Ambiente.

En este grupo entran, por ejemplo, animales libres que entran a las viviendas, y que no deben ser maltratados por quienes habitan el lugar; tal es el caso de culebras, zarigüeyas, mapaches, tenguereches, etc.

Sanciones por maltrato:

La Ley de Protección y Bienestar Animal establece en los artículos del 61 al 63, las faltas administrativas que pueden ser sancionadas con multas económicas:

Faltas Leves
Multas de 1 a 3 salarios mínimos, es decir, entre
Multa: $408 – $1,224
  • No identificar al animal con placa o microchip.
  • No recoger los excrementos del animal.
Faltas Graves
Multas de 4 a 6 salarios mínimos, entre
Multa: $1,632 – $2,448
  • No presentar cartilla de vacunación si se solicita.
  • Transportarlos de forma inadecuada.
  • Provocar molestias vecinales (ruidos, sueltos en la calle).
  • Vender animales sin regulación.
Faltas Muy Graves
Multas de 7 a 10 salarios mínimos, es decir, entre
Multa: $2,856 – $4,080
  • Vender o comprar cachorros menores de 45 días.
  • Abandonar animales en la vía pública o propiedades.
  • No proporcionar comida, agua o atención veterinaria.

Delitos penales:

Además, el Código Penal, en el artículo 261-A regula que a consecuencia de las acciones de maltrato animal que sobrepasan a las faltas graves, estas sí pueden convertirse en delito, por lo que establece penas de prisión de 2 a 4 años. 

  • Maltrato animal: con resultado de muerte o lesiones permanentes.
  • Zoofilia:  se configura en la acción de sexo con un animal, práctica que está tipificada como delito.
  • Organización de peleas de animales: que puede implicar prisión y multa.

Además, si un animal de compañía muere por maltrato, el agresor puede ser inhabilitado para tener mascotas y sancionado con multas adicionales. No obstante, si la pena es menor a tres años, podría sustituirse por trabajo comunitario o multa, según el Código Penal, ya que la ley promueve el rescate antes que el exterminio.

Es importante destacar que en el caso que una vivienda ingrese un animal se debe de contactar de inmediato al ministerio de Agricultura y Ganadería o al Ministerio de Medio Ambiente para que sea retirado y reubicado sin daño.

Pasos para denunciar un caso de maltrato animal

Las autoridades han habilitado distintos canales para denunciar el maltrato animal:

  • Unidad de Bienestar Animal (MAG): 2210-3334
  • Ministerio de Medio Ambiente:: 7856-0266

Son válidas: fotos, videos, audios, testimonios con nombre y fecha, grabaciones de cámaras de seguridad, informes veterinarios y publicaciones en redes que documenten el maltrato. Estas evidencias se pueden presentar ante la UBA del MAG, la PNC o la Fiscalía y ayudan a sustentar la denuncia.

No son válidas las pruebas obtenidas de forma ilícita (como ingresar sin permiso a propiedad privada). Los testimonios deben incluir identificación del testigo, fecha y detalles de los hechos para ser considerados.

En enero del 2022, cuando fue aprobada esta ley, también nació el Instituto de Bienestar Animal, que fungía como ente regulador, pero este fue diluido  el 8 de marzo de 2025 por una decisión del presidente Nayib Bukele, tras denuncias de maltrato animal en un refugio de animales en Ilopango. Nuestra redacción comprobó esta información realizando un monitoreo de redes sociales en las que están inactivos desde dicho mes y las llamadas a la institución no son respondidas, lo que confirma su inactividad.

Por tanto, actualmente son las autoridades de la seguridad pública, del MAG y de Medio Ambiente las que cuentan con la potestad legal para intervenir, rescatar y decomisar animales en situaciones de maltrato, con el fin de protegerlos.

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