Santa Ana 20oC   87% H San Salvador 23oC   94% H San Miguel 23oC   94% H Surf City 23oC   94% H
  mapa
EDH

Temporada de Navidad Conciertos en El Salvador Festivales Turismo en El Salvador Noticias

Banner versión desktop Banner versión móvil
   CONTENIDO DE ARCHIVO: ¡Estás navegando en el pasado! 🚀 Da el salto a la nueva versión de elsalvador.com. Te invitamos a visitar el nuevo portal país donde coincidimos todos.
Alcaldía de San Salvador Este

San Salvador Este exime de intereses y multas a contribuyentes

La alcaldía condonará parte de deudas con Soyapango, Ilopango, San Martín y Tonacatepeque. No aplican las impuestas por el CAM

Avatar del autor

Por Jessica García
Publicado el 18 de julio de 2025


La alcaldía de San Salvador Este (Soyapango, Ilopango, Tonacatepeque, San Martín) emitió una ordenanza transitoria de exención de intereses y multas provenientes de deudas por tasas, impuestos municipales y contribuciones especiales, así como el otorgamiento de facilidades para la obtención de licencias de funcionamiento y renovaciones.

La disposición estará vigente para quienes adeuden a la administración de mercados, de cementerios, para comerciantes en espacios públicos, entre otros. Las medidas aparecen en el Diario Oficial del 4 de julio y su vigencia comenzó el pasado 12 de julio. La alcaldía determinó que su vigencia llegue hasta el 31 de diciembre de este año.

"La municipalidad considera necesario brindar a la población de San Salvador Este, en todos sus distritos, incentivos para solucionar la mora tributaria que permita, realizar convenios de pago y la extinción de la obligación tributaria generada", justifica la comuna.

La normativa establece que se dispensarán los intereses por mora y multa, siempre y cuando se extinga la totalidad de la deuda líquida de las tasas iniciales de hasta un 30 % correspondiente al monto total de la deuda líquida y estableciendo lo restante a plazos.

Puede leer: Concejal que solicitó rendición de cuentas en San Salvador Este fue destituido

El beneficio no aplicará a los contribuyentes cuyo procedimiento sancionatorio ya fue iniciado mediante la notificación de emplazamiento y respecto de las multas impuestas tras su debido proceso.

Para la suscripción del convenio o plan de pago es indispensable que se abone como pago inicial hasta un 30 % del total del monto adeudado, lo restante será dividido en cuotas, que en cualquier caso no podrán ser superiores a 12 meses, contados a partir de la entrada en vigencia de la norma municipal.

"Serán los encargados Distritales Municipales de la Unidad de Cuentas Corrientes y Gestión de Mora, Unidad de Registro Tributario, Mercados, Cementerios y Espacios Públicos los que estipularán los plazos de los planes de pago", se determinó.

Además, las solicitudes de pago serán formalizadas por medio de convenios de pago.

En los casos de deuda por licencias, permisos y matrículas, para poder gozar de los beneficios previstos en esta ordenanza, los contribuyentes deberán de presentarse en las oficinas distritales de la Unidad de Registro Tributario, a fin de brindarles la información necesaria al contribuyente, el cual deberá de manifestar por escrito su voluntad de apegarse a la ordenanza.

Vea: Concejales dicen que empleados municipales amenazan a ciudadanos de San Salvador Este

Los plazos extraordinarios de pago caducarán cuando el deudor hubiere dejado de pagar dos cuotas consecutivas de su plan o convenio de pago que le fuere concedido.

"Los beneficios cesarán de inmediato e incorporará nuevamente los intereses por mora, multas y sanciones correspondientes", añade el documento. 

Sin embargo, se exceptúan las multas o contravenciones impuestas por el Departamento de Registro Tributario, Catastro Distrital o Mercados Distritales o las multas impuestas por el Cuerpo de Agentes Metropolitanos pendientes de pago.

💡
¿Qué deseas ver ahora?