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Ordenanza eleva hasta $2,900 multa por tirar basura en lugares no autorizados

La Libertad Este reformó la ordenanza contravencional de Antiguo Cuscatlán para incorporar al resto de distritos

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Por Susana Peñate
Publicado el 11 de marzo de 2025


Hasta $2,920 sería la multa máxima por lanzar basura, desperdicios o ripio en lugares públicos o espacios públicos no autorizados en días y horarios no habilitados para su recolección en los distritos de La Libertad Este, de acuerdo con la reforma a la Ordenanza de Convivencia y Contravencional del Municipio de Antiguo Cuscatlán.

Anteriormente, la sanción a esa infracción era una multa desde los $20.14 hasta $128.57 y con la modificación al artículo 83 se establece la sanción desde los tres ($1,095) hasta los ocho ($2,920) salarios mínimos del sector comercio. Pero agrega que, además de ordenar recoger la basura o ripio a cuenta del infractor, se certificará dicha contravención al Juzgado ambiental y a la Fiscalía General de la República para el proceso penal correspondiente.

Mientras que la multa por abandonar desechos de cualquier clase en espacios no autorizados, que pongan en peligro "directa o indirectamente el medio ambiente" o que altere en funcionamiento normal del alcantarillado oscilará entre $20.14 y $128.57.

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La reforma se aprobó en noviembre de 2024 y aparece publicada en la edición del 3 de marzo de 2025 del Diario Oficial, por lo que su vigencia comienza a partir de este martes. La ordenanza sustituye el nombre de Antiguo Cuscatlán por La Libertad Este, por lo que las disposiciones abarcarán a todos los distritos que conforman el municipio (Antiguo Cuscatlán, Huizúcar, Nuevo Cuscatlán, San José Villanueva y Zaragoza).

Diario oficial reforma ordenanza
La reforma a la ordenanza se publicó en la edición del 3 de marzo de 2025 del Diario Oficial

Otra disposición tiene que ver con el daño a espacios públicos como áreas verdes, áreas de recreación y parques, que se sancionará con multa entre $60 hasta $571.43 más la reparación del daño cometido. Anteriormente la multa mínima era de $34.29.

La reforma agrega una nueva disposición a la ordenanza relacionada a la venta de bebidas alcohólicas en espacios administrados por la municipalidad, festivales y festividades; la cual establece que la comercialización de este tipo de bebidas en mercados municipales o espacios públicos que administre la municipalidad o con motivo de festividades, deberá contar con una autorización por escrito del alcalde, con las respectivas prohibiciones o condiciones. No cumplir con esta medida será motivo de una multa entre $342.06 y $2,920.

Otras disposiciones actualizadas tienen que ver con la obstaculización de la vía pública, realizar espectáculos públicos sin autorización, hostigamiento a menores de edad y adultos mayores.

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