Reforma de ley incorpora nuevos rangos militares
El decreto también modifica el tiempo y los años para ejercer los grados militares
General de Ejército, General del Aire y Almirante son los nuevos grados más altos para los oficiales del Ejército, la Fuerza Aérea y la Marina Nacional que el Ministerio de la Defensa Nacional propuso incorporar a la Ley de la Carrera Militar. La reforma se aprobó este viernes en la sesión plenaria número 35, con 56 votos.
La propuesta de reforma a la Ley se presentó a la Asamblea Legislativa el 17 de diciembre 2024 y el objetivo sería “incorporar nuevos grados a las jerarquías militares, así como establecer disposiciones para conferir dichos grados militares, aprovechando de mejor forma la experiencia y los conocimientos que estos alcanzan a través de la carrera militar”.
El dictamen favorable fue aprobado la noche de este jueves por la Comisión de Seguridad Nacional y Justicia.
La correspondencia suscrita por el ministro, René Francis Merino Monroy, señala que la reforma también busca “regular de mejor manera los aspectos relacionados con la preparación académica de los militares en la categoría de las armas, todo con el fin de contribuir a una mejor expedición del servicio”.
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Actualmente, los grados son conferidos desde Subteniente hasta el de General de Brigada y General de División, en el caso del Ejército; hasta General de Brigada Aérea y General de Aviación, en el caso de la Fuerza Aérea; y hasta Contralmirante y Vicealmirante, en el caso de la exFuerza Naval ahora Marina Nacional.
La propuesta agrega dos nuevos rangos en el grado de oficiales generales en cada rama militar. En el Ejército, de menor a mayor así: Brigadier, General de Brigada, General de División y General de Ejército.
En la Fuerza Aérea los grados oficiales de menor a mayo: Brigadier, General de Brigada Aérea, General de Aviación y General del Aire.
En la Marina Nacional los oficiales de menor a mayor serían: Comodoro, Contralmirante, Vicealmirante y Almirante.
“Los oficiales en el grado de Coronel o Capitán de Navío, que fueren nombrados como Comandantes en Jefe del Ejército y Fuerza Aérea se reconocerán con el grado de Brigadier y de Comodoro para la Marina Nacional. Dichos nombramientos serán a propuesta del Ministro de la Defensa Nacional”, dice el artículo 57-A del proyecto de reforma.
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Los Generales de Brigada que desempeñen los cargos de Viceministro de la Defensa o Jefe del Estado Mayor Conjunto de la Fuerza Armada podrán recibir el ascenso a General de División, General de Aviación o Vicealmirante. Y el General de División o su equivalente que ejerza el cargo de Ministro de la Defensa Nacional podrá ser ascendido al grado de General de Ejército, General del Aire o Almirante.

Coronel Ennio Rivera, viceministro de la Defensa Nacional, expuso a la comisión que consideran necesario hacer ajustes a la Ley de la Carrera Militar y se adecuen los años de servicio en cada grado.
“No puede ser que un ministro tenga el mismo grado General que ostenta un jefe de una rama, un comandante de una brigada, que puede ser general de brigada y él puede llegar a ser General de División cuando su homologo en cualquier país es un general de cinco estrellas, es decir, un General de Ejército”, dijo.
En el nivel de suboficiales, se añaden los grados de Sargento Mayor de División, Sargento Mayor de Aviación y Maestre de Flota. Y en el nivel de Tropa se agregan al Ejército y la Fuerza Aérea el grado de Dragoneante.
El proyecto de reforma también modifica el tiempo de servicio para los oficiales, así:
- Subteniente de 5 años a 3 años
- Teniente de 6 años a 4 años
- Capitán de 6 años a 5 años
- Mayor mantiene los 7 años
- Teniente Coronel de 6 años a 7 años
- Coronel de 6 años a 10 años
Mientras que se establecen 7 años para el Sargento Mayor de División y Sargento Mayor de Brigada, 6 años para el Sargento Mayor Primero y Sargento Mayor y 5 años para el Sargento Primero y Sargento.
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También se reforman las edades en los respectivos rangos para que sean transferidos de la situación activa a situación de reserva:
- Subteniente 31 años
- Teniente 37 años
- Capitán 44 años
- Mayor 53 años
- Teniente Coronel 62 años
- Coronel 68 años
- General de Brigada 70 años
- Sargento 35 años
- Sargento Primero 40 años
- Sargento Mayor 45 años
- Sargento Mayor Primero 53 años
- Sargento Mayor de Brigada 61 años
- Sargento Mayor de División 68 años
Otro de los componentes de la reforma tiene que ver con los requisitos académicos para ascenso, en el caso del Subteniente entró con el título de Bachiller y que quiera ascender a Teniente deberá finalizar la carrera de Licenciatura en Administración Militar.
Los oficiales subalternos que sean comisionados para iniciar una carrera universitaria serán transferidos a la categoría de Servicios y no podrán solicitar su baja administrativa sino hasta haber cumplido un tiempo de servicio equivalente al doble de la duración de sus estudios.

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