Sábado 4 de noviembre 2000


"La resolución no destima que existan indicios"

Patricia Velásquez, jueza décimo primera de paz, aseveró que según su interpretación la FEDEFUT no es una institución pública, avalando la resolución que diera el jueves por la noche sobre los requerimientos presentados por la Físcalía General de la República.

Rodrigo Baires

Patricia Velásque, jueza décimo primera de paz, no tiene dudas: La Federación Salvadoreña de Fútbol (FEDEFUT) no es una institución pública y los miembros de la junta directiva de 1996-1998, acusados por la Físcalía General de la República, no pueden ser juzgados por delitos especiales como el peculado o la malversación de fondos.

Evidentemente cansada y con la el tono pausado de voz con el que había leído la resolución la noche del jueves, la jueza Velásquez explico que en la ley de formación de la FEDEFUT, que data de 1968, los legisladores fueron categóricos en definir al ente deportivo como una institución pública.

Esto cambió en la actual ley, de noviembre de 1975, donde se modificó el carácter de la Federación a una institución de 'utilidad pública' de caracter 'autónomo'.

Según dijo, de acuerdo al derecho administrativo, una institución ejerce una función pública si cumple requisitos de continuidad en el servicio, la utilidad que presta a los ciudadanos, el uso de fondos públicos y la obligatoriedad de prestar este servicio, además que la titularidad del servicio tiene que estar en manos del Estado.

"En el caso de la FEDEFUT es claro que estos requisitos no se reunen", recalcó. De acuerdo a la juez Velásquez, la Fiscalía no pudo probar que el organismo deportivo tuviera ingresos de las arcas públicas, además que que la FEDEFUT no satisface ninguna necesidad de interés general y la titularidad del servicio no es el Estado.

"Yo estoy convencida de que la Federación no es y esto desvirtua todos los argumentos de la representación físcal", dijo.

Puntos menos

Durante la audiencia inicial, el ministerio público se aferró a que la Federación es auditada por la Corte de Cuentas de la República y brinda cuentas al Ministerio de Educación para afirmar que entra en la categoría de institución pública.

Sin embargo, para la funcionaria esto no constituía un acto provatorio ya que existen organismo que, sin ser públicos, pueden ser auditados por el ente contralor. "Ley de las asociaciones y fundaciones sin fines de lucro, donde están una serie de ong's, refiere que la Corte de Cuentas puede intervenir y auditar", ejemplificó.

Del otro lado de la moneda, para la jueza también existen instituciones privadas que reciben fondos públicos como la Asociación de Transportes Públicos (ATP). Con lo que las teorías físcales quedaron sin base legal y la jueza cambió la opinión que vertiera en la fase de 'incidentes'.

En un principio Velásquez avaló la posición fiscal pero los alegatos de la defensa profundizaron en este punto. "Se dio una comparación de la ley que dio vida al a FEDEFUT con relación a la ley vigente y se hizo otra comparación amplia de las leyes que reluan una entidad privada y las que regulan una pública", afirmó.

A pesar de ello, la funcionaria fue enfática al decir que si bien quedaron sin lugar los delitos especiales pero que en ningún momento esta "argumentando que no ha existido un faltante de dinero".

"No puedo ni tengo la capacidad técnica ni profesional para hacer esas afirmación. Es la Corte de Cuentas cuando terminen sus juicio de cuentas quien pueden establecer si existe un faltante", dijo.

"Por su puesto que existe la posibilidad de haya otros delitos de caracter privado. Podríamos hablar de una administración fraudulenta, por ejemplo. Pero eso no está en mis manos sino en la Corte de Cuentas", finalizó.

¿Derecho a réplica?

Para la juez décimo primera de paz, Patricia Velásquez, no es cierto que no se brindara el derecho a replica a la representación físcal. "Yo les dije a todos -defensores y fiscales- que quería vers si se podía establecer si se va a hacer uso del derecho de replica", afirmó la funcionaria.

De acuerdo a la jueza en ese momento un representante de todos los defensores expresó que ' si la representación fiscal no hiciera uso del derecho a réplica' no lo harían ellos. "En ese momento Ulises Villatoro, fiscal del caso, tomó la palabra y me dijo que era demasiado prematuro renunciar a este derecho, sin embargo se iba a ver en el transcurso de las intervenciones si lo harían", dijo.

Al final de los alegatos, relató la jueza Velásquez, ella preguntó a la Fiscalía si había algún 'recurso' y ellos dijeron que 'no', por lo que nunca se les violentó el derecho a replica, tal como lo manifestó Villatoro a El Diario de Hoy.

"En todo caso ellos (los fiscales) estaban en la obligación de señalar que querían usar este derecho. Si hubiesen tenido mejores argumentos a lo mejor hubieran podido haber impugnado la resolución", finalizó.


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