"La
resolución no destima que existan
indicios"
Patricia Velásquez, jueza
décimo primera de paz, aseveró que
según su interpretación la FEDEFUT
no es una institución pública,
avalando la resolución que diera el
jueves por la noche sobre los requerimientos
presentados por la Físcalía
General de la República.
Rodrigo
Baires
Patricia Velásque, jueza décimo
primera de paz, no tiene dudas: La
Federación Salvadoreña de
Fútbol (FEDEFUT) no es una
institución pública y los miembros
de la junta directiva de 1996-1998, acusados por
la Físcalía General de la
República, no pueden ser juzgados por
delitos especiales como el peculado o la
malversación de fondos.
Evidentemente cansada y con la el tono
pausado de voz con el que había
leído la resolución la noche del
jueves, la jueza Velásquez explico que en
la ley de formación de la FEDEFUT, que
data de 1968, los legisladores fueron
categóricos en definir al ente deportivo
como una institución pública.
Esto cambió en la actual ley, de
noviembre de 1975, donde se modificó el
carácter de la Federación a una
institución de 'utilidad pública'
de caracter 'autónomo'.
Según dijo, de acuerdo al derecho
administrativo, una institución ejerce
una función pública si cumple
requisitos de continuidad en el servicio, la
utilidad que presta a los ciudadanos, el uso de
fondos públicos y la obligatoriedad de
prestar este servicio, además que la
titularidad del servicio tiene que estar en
manos del Estado.
"En el caso de la FEDEFUT es claro que estos
requisitos no se reunen", recalcó. De
acuerdo a la juez Velásquez, la
Fiscalía no pudo probar que el organismo
deportivo tuviera ingresos de las arcas
públicas, además que que la
FEDEFUT no satisface ninguna necesidad de
interés general y la titularidad del
servicio no es el Estado.
"Yo estoy convencida de que la
Federación no es y esto desvirtua todos
los argumentos de la representación
físcal", dijo.
Puntos menos
Durante la audiencia inicial, el ministerio
público se aferró a que la
Federación es auditada por la Corte de
Cuentas de la República y brinda cuentas
al Ministerio de Educación para afirmar
que entra en la categoría de
institución pública.
Sin embargo, para la funcionaria esto no
constituía un acto provatorio ya que
existen organismo que, sin ser públicos,
pueden ser auditados por el ente contralor. "Ley
de las asociaciones y fundaciones sin fines de
lucro, donde están una serie de ong's,
refiere que la Corte de Cuentas puede intervenir
y auditar", ejemplificó.
Del otro lado de la moneda, para la jueza
también existen instituciones privadas
que reciben fondos públicos como la
Asociación de Transportes Públicos
(ATP). Con lo que las teorías
físcales quedaron sin base legal y la
jueza cambió la opinión que
vertiera en la fase de 'incidentes'.
En un principio Velásquez avaló
la posición fiscal pero los alegatos de
la defensa profundizaron en este punto. "Se dio
una comparación de la ley que dio vida al
a FEDEFUT con relación a la ley vigente y
se hizo otra comparación amplia de las
leyes que reluan una entidad privada y las que
regulan una pública", afirmó.
A pesar de ello, la funcionaria fue
enfática al decir que si bien quedaron
sin lugar los delitos especiales pero que en
ningún momento esta "argumentando que no
ha existido un faltante de dinero".
"No puedo ni tengo la capacidad
técnica ni profesional para hacer esas
afirmación. Es la Corte de Cuentas cuando
terminen sus juicio de cuentas quien pueden
establecer si existe un faltante", dijo.
"Por su puesto que existe la posibilidad de
haya otros delitos de caracter privado.
Podríamos hablar de una
administración fraudulenta, por ejemplo.
Pero eso no está en mis manos sino en la
Corte de Cuentas", finalizó.
¿Derecho a réplica?
Para la juez décimo primera de paz,
Patricia Velásquez, no es cierto que no
se brindara el derecho a replica a la
representación físcal. "Yo les
dije a todos -defensores y fiscales- que
quería vers si se podía establecer
si se va a hacer uso del derecho de replica",
afirmó la funcionaria.
De acuerdo a la jueza en ese momento un
representante de todos los defensores
expresó que ' si la representación
fiscal no hiciera uso del derecho a
réplica' no lo harían ellos. "En
ese momento Ulises Villatoro, fiscal del caso,
tomó la palabra y me dijo que era
demasiado prematuro renunciar a este derecho,
sin embargo se iba a ver en el transcurso de las
intervenciones si lo harían", dijo.
Al final de los alegatos, relató la
jueza Velásquez, ella preguntó a
la Fiscalía si había algún
'recurso' y ellos dijeron que 'no', por lo que
nunca se les violentó el derecho a
replica, tal como lo manifestó Villatoro
a El Diario de Hoy.
"En todo caso ellos (los fiscales) estaban en
la obligación de señalar que
querían usar este derecho. Si hubiesen
tenido mejores argumentos a lo mejor hubieran
podido haber impugnado la resolución",
finalizó.