Lunes 5 de julio
Mala aplicación de la Ley

Parecería que el principio que reza "la detención debe ser la excepción y no la regla" ha pasado al olvido de algunos aplicadores de la justicia que se han dado a la tarea de perseguir y amedrentar a ciudadanos honestos

El Diario de Hoy

Si bien es cierto que la justicia es, por principio constitucional, equitativa e igualitaria, también lo es que no se le puede dar el mismo trato a un violador o asesino con un largo historial criminal, que a una persona que enfrenta una denuncia de carácter patrimonial o de índole económico o por accidente de tránsito.

De ser así, bastaría que cualquier ciudadano con sed de venganza o intereses oscuros, acudiera a la Policía o Fiscalía a interponer una denuncia para destruir el buen nombre y el prestigio de una persona, actitudes que no son de dominio exclusivo de personas adineradas.

Astor Escalante Saravia, ex fiscal y reconocido abogado de la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP), se muestra preocupado por la actitud que están asumiendo algunos jueces y ex colegas.

Escalante confirma la existencia de casos de muy mala aplicación de la ley cuando se hace presión a nivel penal en situaciones que, eventualmente, pueden tener una salida distinta al ámbito penal, es decir, el mercantil civil.

Acepta que este censurable método es usado por abogados incapaces de poder llegar a un acuerdo conciliatorio, incluso, de manera extrajudicial.

A ello agrega recientes actuaciones de la Fiscalía General, que se ha dado a la tarea de solicitar en todo requerimiento la instrucción con detención provisional.

En algunos casos los jueces actúan en complicidad con la Fiscalía, al no analizar en forma más detenida las posibilidades concretas de la naturaleza del delito y si los presupuestos de la detención en esencia se dan o no se dan. Esto puede llevar a revertir las decisiones judiciales en los primeros momentos de la siguiente etapa del proceso, que es la instrucción, apuntó.

"La actitud de algunos jueces yo la puedo resumir en que existe un uso indiscriminado de procesamientos y decretos de detención provisional contra las personas", indica el abogado acusador de ANEP en casos de secuestros.

En cuanto al papel de los fiscales, propone que estos deben capacitarse puesto que es muy importante la racionalización de la política criminal y del ejercicio del poder penal del Estado en cuanto a requerir y perseguir el delito.

Para el caso, afirma que la Fiscalía tiene otro grave problema que se refiere a presentar acusaciones, a veces por tres, cuatro o cinco delitos, a una persona, cuando sólo tiene base para requerir por uno.

"Tiran un atarrayazo para ver cuál cae. Es una política no de todos los fiscales pero sí de muchos", asegura.

Presionan por dinero

La jueza 11a. de Paz, Paula Patricia Velásquez, acepta haber tenido casos en los que ha detectado que los denunciantes quieren aprovecharse de la situación de los imputados para obtener provecho económico. Sin embargo, asegura que los jueces no se deben extralimitar en sus funciones y deben saber actuar apegados a derecho.

Menciona los artículos 292 y 293 del Código Procesal Penal que se refieren a la detención provisional de una persona.

Antes de ordenar el arresto es necesario valorar la conducta que ha tenido el acusado, su situación social y laboral, porque no es lo mismo procesar a una persona sin trabajo y con antecedentes delincuenciales, que a una persona con trabajo, familia y arraigo social. El abogado Oscar López Jerez afirma que la Fiscalía pretende, en ocasiones, arreglar por la vía penal asuntos mercantiles, para coaccionar al acusado a pagar lo que de entrada no sabe si debe.


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