Corte falla contra
recurso que impugnaba por veto
El veto del Presidente de la
República es incuestionable. Si él
veta un decreto... nada, ni nadie, lo puede
refutar legalmente. La Corte Suprema de Justicia
no puede hacer nada para impugnarlo.
Julio
Calderón
El Diario de
Hoy
Lo
anterior se deduce de la interpretación
de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que
explica que el veto presidencial no es ley, no
es decreto ni es actuación que genere
situación jurídica de tipo
general.
"El veto no es ley en sentido formal, sino
sólo un instrumento político que
el jefe de Estado tiene", dijo un vocero que la
Unidad de Comunicaciones a nombre del presidente
de la Corte, Eduardo Tenorio.
Esa respuesta obedece a la petición de
un ciudadano, que buscaba impugnar el veto que
el presidente Francisco Flores aplicó a
los aumentos salariales que favorecían a
los empleados del Órgano Judicial. El
alza fue aprobada por Decreto Legislativo de la
Asamblea.
Contrario a lo que se esperaba, la Corte
Suprema de Justicia declaró improcedente
un recurso de inconstitucionalidad presentado
por el ciudadano Guido Miguel Arturo Castro
Duarte.
El quería que se declarara
inconstitucional la decisión del
mandatario, pero no lo logró.
Los magistrados de la Sala de lo
Constitucional de la Corte Suprema resolvieron
ayer que el recurso presentado por Castro Duarte
es improcedente, ya que la petición no
encaja en la Constitución de la
República.
Aunque
todavía no se ha notificado al
demandante, ya que la decisión se
tomó durante la tarde de ayer, los
magistrados argumentan que, por la razón
anterior, "lo que se impugna no es ley, tampoco
es decreto ni un reglamento".
Walter Raudales, de la Unidad de
Comunicaciones, dijo que el Presidente de la
Corte Suprema explicó que el veto
presidencial no es una actuación que
genere situación jurídica de tipo
general. "O sea que no es ley en el sentido
formal, sino más que instrumento
político que el jefe de Estado tiene",
acotó.
Esa, en resumen, es una facultad otorgada por
la Constitución al Órgano
Ejecutivo.
El veto
Por decreto de la Asamblea Legislativa, a
petición del Órgano Judicial, se
autorizaron aumentos salariales para los
empleados de dicho Órgano. Ese decreto
debía pasar por las manos del presidente
Francisco Flores, para que hiciera
observación al mismo, lo vetara o lo
sancionara .
La Asamblea Legislativa aprobó, el 19
de noviembre pasado, el Decreto 757.
El mandatario analizó el decreto y, en
pocas semanas, lo vetó, de acuerdo con
las facultades que le otorga la
Constitución Política.
El 26 del mismo mes, Flores envió al
Congreso el decreto, que contenía la
Reforma a Ley de Presupuesto.
"Al respecto y haciendo uso de la facultad de
veto que me otorga la Constitución de la
República, en su Artículo 137
inciso primero; y al tener suscrito, objeciones
por razones de inconveniencia, lo devuelvo a esa
honorable Asamblea Legislativa, en el ejercicio
de la facultad constitucional antes citada",
argumentó.
Ante tal situación, Tenorio
citó el apoyo de los demás
magistrados de la Corte, criticó el veto
de Flores y formuló un inmediato
señalamiento, aduciendo injerencias del
Órgano Ejecutivo en asuntos del
Órgano Judicial. Los aumentos se iban a
dar con base en reajustes de fondos
internos.