Corte estudia fallo en
caso de la Cordillera
La ordenanza sólo protege la
cordillera en la parte de Nueva San
Salvador
- Mario
Martínez
- El Diario
de Hoy
El terremoto posiblemente permitirá
que se adelante una resolución de la
Corte Suprema de Justicia (CSJ), sobre la
demanda que una empresa constructora
presentó contra una ordenanza de la
Alcaldía de Nueva San Salvador, la cual
prohíbe más edificaciones en la
Cordillera del Bálsamo.
El recurso de amparo, interpuesto por la
empresa POSAMACO, menciona que la ordenanza
municipal vulnera los derechos de la
constructora. Esa firma fue favorecida antes por
una resolución anterior de la Corte.
En esa resolución, la Corte
determinó que la Alcaldía de Nueva
San Salvador había sobrepasado sus
atribuciones al detener una urbanización
y condenó al municipio a pagar una
indemnización a la constructora.
Nueva realidad
El Dr. Mario Solano, Magistrado de la Sala de
lo Constitucional, dijo ayer que aun cuando no
hay una sentencia, se deberá tomar en
cuenta la nueva realidad del país luego
del terremoto del 13 de enero.
Agregó que el derecho se tiene que
interpretar a la luz de las nuevas realidades,
objetivo que también deben de buscar
todos los tribunales del país.
"Si la resolución de la cordillera...
se hubiera dado el día 12 de enero,
probablemente ...sería de un modo
(diferente) a la ... que tenga que darse hoy,
después del terremoto", dijo.
Durante la administración de la
alcaldesa Haydeé Zometa, la municipalidad
de Nueva San Salvador detuvo, mediante una
ordenanza, la construcción de la
Lotificación Utila III o Terranova en la
Cordillera de El Bálsamo, iniciada en
1998.
En julio pasado, la Sala de lo Constitucional
falló a favor de la empresa e impuso una
multa a la Alcaldía,ya que ésta
ignoró los permisos otorgados por la
OPAMSS a la constructora.
Solano dijo que luego del terremoto, se deben
dar saltos de calidad en el campo del derecho.
Esa es la lógica de lo razonable,
aseguró el magistrado.
El funcionario dijo que el país tiene
tendencia centralizadora y autoritaria, y se
cree que el derecho a aplicar es el que procede
de la Asamblea Legislativa.
Indicó que en cambio, los organismo
locales tienen su propia normativa, facultad que
les otorga la Constitución de la
República.
Señaló que se deben reconocer
los derechos locales y provinciales
Agregó Solano que las disposiciones para
algunos lugares no eran buenas para otros.