Jueves 25 de enero 2001


Corte estudia fallo en caso de la Cordillera

La ordenanza sólo protege la cordillera en la parte de Nueva San Salvador

Mario Martínez
El Diario de Hoy

El terremoto posiblemente permitirá que se adelante una resolución de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), sobre la demanda que una empresa constructora presentó contra una ordenanza de la Alcaldía de Nueva San Salvador, la cual prohíbe más edificaciones en la Cordillera del Bálsamo.

El recurso de amparo, interpuesto por la empresa POSAMACO, menciona que la ordenanza municipal vulnera los derechos de la constructora. Esa firma fue favorecida antes por una resolución anterior de la Corte.

En esa resolución, la Corte determinó que la Alcaldía de Nueva San Salvador había sobrepasado sus atribuciones al detener una urbanización y condenó al municipio a pagar una indemnización a la constructora.

Nueva realidad

El Dr. Mario Solano, Magistrado de la Sala de lo Constitucional, dijo ayer que aun cuando no hay una sentencia, se deberá tomar en cuenta la nueva realidad del país luego del terremoto del 13 de enero.

Agregó que el derecho se tiene que interpretar a la luz de las nuevas realidades, objetivo que también deben de buscar todos los tribunales del país.

"Si la resolución de la cordillera... se hubiera dado el día 12 de enero, probablemente ...sería de un modo (diferente) a la ... que tenga que darse hoy, después del terremoto", dijo.

Durante la administración de la alcaldesa Haydeé Zometa, la municipalidad de Nueva San Salvador detuvo, mediante una ordenanza, la construcción de la Lotificación Utila III o Terranova en la Cordillera de El Bálsamo, iniciada en 1998.

En julio pasado, la Sala de lo Constitucional falló a favor de la empresa e impuso una multa a la Alcaldía,ya que ésta ignoró los permisos otorgados por la OPAMSS a la constructora.

Solano dijo que luego del terremoto, se deben dar saltos de calidad en el campo del derecho. Esa es la lógica de lo razonable, aseguró el magistrado.

El funcionario dijo que el país tiene tendencia centralizadora y autoritaria, y se cree que el derecho a aplicar es el que procede de la Asamblea Legislativa.

Indicó que en cambio, los organismo locales tienen su propia normativa, facultad que les otorga la Constitución de la República.

Señaló que se deben reconocer los derechos locales y provinciales Agregó Solano que las disposiciones para algunos lugares no eran buenas para otros.


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