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Discuten la conveniencia de una reserva
Extradición frena al FMLN y a ARENA a votar tratado

Los diputados recurrirán a sus asesores legales para tomar una decisión. El trato permite que El Salvador ponga condiciones a la hora de ratificarlo.

Ana Giralt
El Diario de Hoy

nacional@elsalvador.com

Los miembros de la Comisión de Relaciones Exteriores postergaron para la sesión del lunes la discusión del futuro del convenio internacional. Foto Omar Carbonero

Un monosílabo podría determinar el futuro de los salvadoreños que cometan delitos en otros países.

Si los diputados dicen sí al texto de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, se abriría la puerta para extraditar a los nacionales que fabriquen y trafiquen con armas de fuego, efectúen trata de blancas, tráfico de personas y delitos del crimen organizado en otras naciones.

Si dicen no, los infractores —capturados tras la entrada en vigor de la convención— serían juzgados en los Estados donde cometieron el delito y estarían bajo las leyes y penas de éstos.

ARENA y el FMLN no saben qué es lo mejor, a pesar de que el Ministerio de Relaciones Exteriores se pronunció por la ratificación del tratado con reservas (el mismo convenio lo permite).

El Ejecutivo se opone a las cláusulas sobre extradición, ya que contradicen el Artículo 28, de la Constitución, que establece que para poder reclamar a un salvadoreño a otro gobierno, debe existir un tratado bilateral.

Disyuntiva

“Yo no estoy convencida de la reserva. ¿Vamos a hacer algo bueno para el país o vamos a quedar mal?”, confiesa la arenera Milena Calderón.

Sus dudas surgieron luego de los alegatos de la efemelenista Blanca Flor Bonilla y el pecenista Mario Ponce.

La primera visualiza la extradición como un arma para impedir la impunidad.

“La única ventaja de la reserva es que se podrá juzgar a los extranjeros que cometan delitos aquí... ¡pero con la justicia que aquí se aplica...!”, aduce Bonilla.

Ponce, en cambio, teme que El Salvador no pueda exigir que al delincuente se le castigue con penas similares a las que recibiría aquí.

“¡No vamos a permitir que a un salvadoreño se le imponga la pena de muerte!”, expresó.
Sólo el Ministerio de Relaciones Exteriores puede negociar —después de ratificado el convenio— con todas las naciones firmantes la situación penal de un salvadoreño si existe la posibilidad de la pena capital.

Por eso, otra de las reservas que el Ejecutivo quiere que se apruebe es la de solución de controversias.

La convención faculta a la Corte Internacional de Justicia a dirimir las diferencias entre los países. El Salvador pretende reservarse el derecho de acudir a esa institución, si antes la representación diplomática de cada nación no llega a un acuerdo.

Los peros del documento

El tratado está compuesto por cuatro protocolos, los cuales están sujetos a un documento base que desarrolla sus alcances.

Art. 16.- Delitos. El presente artículo se aplicará a los delitos comprendidos en la presente convención o a los casos en que un delito lo cometa un grupo delictivo
organizado, blanqueo, corrupción y obstrucción de la justicia, siempre y cuando el
delito por el que se pide la extradición sea punible. A continuación, algunos incisos del artículo:

2.- Cuando la solicitud de extradición se base en varios delitos graves distintos —y si uno no lo comprende el convenio— el Estado parte podrá aplicar el artículo.

3.- El Estado que supedite la extradición a la existencia de un tratado, puede considerar la convención como la base jurídica respecto a los delitos que se aplica el artículo.

4.- Al momento de aceptar la convención, el Estado debe informar al Secretario General de la ONU si acepta o no la parte correspondiente a la extradición.

Art. 17.- Los estados podrán considerar la posibilidad de celebrar acuerdos bilaterales o multilaterales sobre el traslado a su territorio de toda persona que haya sido condenada a pena de prisión o a otra pena de privación de libertad por algún delito, a fin de que complete allí su pena.

Art. 18.- Los estados se prestarán la más amplia asistencia judicial recíproca respecto de investigaciones, procesos y actuaciones judiciales relacionados con los delitos comprendidos en la presente convención, con arreglos a lo dispuesto en el Artículo 3 (clasificación de los delitos).

Sólo una cosa tienen claro

En lo único que coinciden los diputados de las tres principales fracciones es en la conveniencia de aprobar la Convención.

“El tema es urgente, pero queremos lo mejor para el país”.
Milena de Calderón ARENA

“Ninguna nación podría reclamar a su gente que delinque aquí”.
Blanca Flor Bonilla
FMLN

“La reserva debe de ir acorde con las leyes penales salvadoreñas”.
Mario Ponce
PCN

 

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