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Buses darán servicio hasta tener 30 años

Los diputados del FMLN y PCN eliminaron la restricción de circulación para las unidades mayores de 15 años.

Alexandra Bonilla
El Diario de Hoy

nacional@elsalvador.com

Unidades de transporte de más de quince años seguirán circulando siempre y cuando pasen las inspecciones mecánicas. Foto EDH

En octubre próximo, los buses con más de 15 años de fabricación debían ser retirados de circulación. Esto no sólo ya es historia, sino que en las áreas urbana, interurbana y departamental se permitirá que vehículos del transporte colectivo continúen ofreciendo el servicio hasta cumplir tres décadas de fabricación

Cuarenta y nueve diputados de oposición aprobaron ayer ala inclusión del artículo 34-A a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.

Dicha reforma avala que los buses dedicados al servicio ordinario sigan circulando hasta cumplir 30 años de haber sido fabricados.
Este decreto viene a ser el complemento de la reforma al artículo 34 de la misma ley, que permitirá que las unidades de más de 15 años presten servicio, siempre y cuando tengan una certificación técnica de un taller autorizado por el Viceministerio de Transporte.

De acuerdo con este decreto, el estado en que se encuentre el bus pesará más que su antigüedad, la cual no puede ser mayor a 30 años.



Cada seis meses, los vehículos dedicados al servicio de transporte de pasajeros deberán someterse a una revisión mecánica.
Dichas inspecciones serán requisito para matricular las unidades.

Los propietarios de los talleres acreditados para realizar las revisiones mecánicas tendrán responsabilidad civil y penal por daños a terceros.

Además, podrán ser sancionados con una multa de cinco a 50 salarios mínimos urbanos.

Tras una negociación entre el partido en el gobierno ARENA y la oposición, la Asamblea Legislativa también aprobó con 73 votos que las concesiones de rutas sean otorgadas por un plazo de 10 años prorrogables y que los permisos de líneas sean renovables cada tres años.


Azulgrana regula años de fabricación
El decreto reglamenta el tiempo que pueden circular los buses de acuerdo con el servicio que prestan.
- Las unidades de servicio ordinario no podrán tener más de 30 años.
- Los buses de servicio directo podrán prestar servicio hasta cumplir 20 años de haber sido fabricados.
- El servicio preferencial, especial y selectivo tendrá unidades que no superen los 10 años de fabricación.
 

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